La Corte Suprema dictó un fallo que rechaza los recursos de casación en forma y fondo interpuesto por el Colegio Médico en contra de la sentencia del Primer Tribunal Ambiental, que rechazó la reclamación que pretendía dejar sin efecto la aprobación favorable de los proyectos de Minera Sierra Gorda SCM, Ferrocarril Antofagasta-Bolivia (FCAB) y Antofagasta Terminal Internacional (ATI) por el transporte y acopio de mineral en el galpón de ATI.
La sentencia del máximo tribunal declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el recurso de casación en el fondo presentado por el Colegio Médico de Antofagasta y ratificó que “la reclamación aparece como extemporánea, por lo que los jueces han resuelto correctamente la controversia, sin incurrir en el error de derecho denunciado”.
Cabe indicar que en la sentencia del Primer Tribunal Ambiental se estableció la extemporaneidad en la presentación de la reclamación ante dicho órgano, ya que el plazo era de 30 días hábiles luego de agotadas las instancias administrativas ante la Comisión de Evaluación Ambiental y el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) por el rechazo de la solicitud de invalidación de las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) de los proyectos de minera Sierra Gorda, del transporte ferroviario del concentrado de cobre y de la recepción, acopio y embarque del mineral.
Otro de los argumentos esgrimidos por la Corte Suprema en su fallo fue que no se fundamenta la pretensión de nulidad y no se “acredita una efectiva infracción a las reglas de la sana crítica, lo que no ha ocurrido, por lo que el recurso no podrá prosperar”. Esto quiere decir que no se logra fundamentar que el tribunal no haya valorado todas las pruebas, como lo intentaba plantear el Colegio Médico.