Cierre de Faenas: Regulación y cumplimiento de la Ley 20.551

Mar 25, 2024

El Sernageomin en conjunto con el Ministerio del Medio Ambiente, son las entidades encargadas de velar porque las compañías mineras cumplan con la norma.

Han transcurrido más de 11 años desde que comenzó la Ley 20.551, “la cual obliga a que todas las faenas mineras cuenten con un plan de cierre aprobado por el Servicio Nacional de Geología y Minería, previo al inicio de las operaciones mineras y que debe contener la totalidad de las instalaciones de la faena”, así se plasma en el sitio web del Sernageomin.

En la actualidad, solo dos países de la región cuentan con una ley específica para el cierre de minas: Chile y Perú.

Frente a la interrogante de cómo lograr cumplir con los desafíos que se le presentan a la gran y mediana minería en esta materia, Patricio Aguilera, director Nacional en el Sernageomin, sostiene que “la implementación ha significado un importante trabajo para el sector minero del país y Sernageomin. Como autoridad competente de la ley consideramos necesario indicar algunos importantes logros, como la participación de manera activa en dos modificaciones a la ley y su reglamento. Y estamos haciendo lo propio en una tercera, mediante el proyecto de ley que establece una «Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales», la cual fue anunciada por el Presidente de la República, el 10 de enero de 2024”.

Del mismo modo, Aguilera destaca que “hemos dado mayores certezas a la industria minera a través de un set de guías metodológicas, sobre elaboración, presentación, evaluación y aprobación de planes de cierre, evaluación de riesgos, estabilidad química, estabilidad física, plan de cierre parcial, garantías, entre otras”.

A partir de los importantes avances mencionados, varios son los desafíos que se están abordando, por ejemplo: “incorporar en la evaluación de riesgos y en el diseño de medidas de cierre la variable cambio climático, tema que requiere del mayor esfuerzo y que Sernageomin se encuentra trabajando con apoyo técnico de la CEPAL, BGR y Cooperación Alemana, en el marco del programa Minsus”, resalta el director Nacional del Servicio.

A su vez, añade que “otro desafío es la ejecución de los planes de cierre de manera oportuna y cumplimiento de otras obligaciones como auditorías y actualizaciones, desarrollar e incentivar el cierre parcial y progresivo, y contar con estrategias de permisos ambientales y sectoriales, considerando principios de transparencia y coordinación con comunidades y autoridades”.

En esa línea, Achim Constantín, director del Proyecto MinSus-BGR, expone que “las auditorías son un mecanismo importante. En Chile existen cuatro tipos de auditorías: primero, la periódica, que se realiza cada cinco años y con costos de la empresa; segundo, la auditoría extraordinaria; tercero, la auditoría voluntaria, que ofrece la empresa (debe anunciar a la autoridad que se realizará); y por último, la auditoría que se realiza al final de la ejecución del plan de cierre”.

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