TA rechaza demanda contra Pascua-Lama por no acreditar daño a glaciares

Mar 23, 2015

La demanda fue interpuesta por pequeños agricultores, ganaderos de la comuna Alto del Carmen y alrededores y el Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales (OLCA). En tanto, Eduardo Flores, director ejecutivo de Barrick Chile, manifestó su satisfacción con este fallo.

El Tribunal Ambiental de Santiago no logró acreditar “una supuesta afectación o menoscabo significativo solo respecto de los glaciares Toro 1, Toro 2 y Esperanza y, por extensión, a la cuenca del río El Toro que es hacia donde escurren las aguas de dichos glaciares”. Por tanto, la entidad rechazó la acción de reparación de daño ambiental interpuesta contra Compañía Minera Nevada SpA. por su proyecto Pascua Lama. La demanda fue interpuesta por pequeños agricultores, ganaderos de la comuna Alto del Carmen y alrededores y el Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales (OLCA).

[SMA no descarta escenario de revocación de RCA para Pascua-Lama]

Según lo detallado por el Tribunal en su sentencia, luego de realizar un acucioso análisis técnico se determinó que “existe una multiplicidad de antecedentes probatorios concordantes entre sí que, apreciados conforme a las reglas de la sana crítica (…), permiten dar por acreditado que no se ha alterado la tendencia histórica de pérdida de masa de los cuerpos de hielo del área de influencia del Proyecto”.

Reacción de Barrick

Eduardo Flores, director ejecutivo de Barrick Chile, manifestó mediante un comunicado su satisfacción con este fallo, que «confirmó lo que la evidencia científica y técnica demuestra, y que es que estos cuerpos de hielo no han sido impactados por las actividades del proyecto Pascua-Lama”. Asimismo, dijo que «el cuidado y protección de los cuerpos de hielo en nuestra área de influencia es parte esencial del trabajo que realizamos día a día en Pascua-Lama. Para ello, contamos con un plan de monitoreo que es único en Chile y uno de los más estrictos del mundo. Este está a cargo de científicos expertos de primer nivel en glaciología, quienes llevan adelante sus investigaciones de manera independiente».

Para determinar la existencia o no del daño ambiental denunciado, el Tribunal Ambiental consideró las pruebas aportadas por ambas partes durante el proceso, y además realizó requerimientos de información y análisis propios respecto de cada uno de los elementos involucrados, aplicando una metodología -recomendada nacional e internacionalmente- que verificó las emisiones y depósito de material particulado en los glaciaretes; el efecto de este material en estos cuerpos de hielo, es decir si el polvo acumulado podría haber ensuciado su superficie, gatillando su derretimiento, y por tanto, una reducción en su masa y tamaño; el balance de masa, y la cantidad y calidad del recurso hídrico, entre otros factores.

Lo último
Te recomendamos

REVISTA DIGITAL

Suscríbase al Newsletter Minería Chilena