MMA aprueba anteproyecto de Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica

Oct 17, 2023

Medida apunta a actualizar el procedimiento, teniendo presentes la experiencia adquirida y los estándares establecidos para otros procedimientos del Estado, en particular aquellos de evaluación ambiental.

En el Diario Oficial se publicó el Extracto de resolución exenta número 1.056, de 2023, del Ministerio del Medio Ambiente, por medio del cual se aprueba el anteproyecto de Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica y se ordena someterlo a consulta pública.

En el texto se detalla que, luego de ocho años de aplicación del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica
(EAE), regulado por el decreto supremo N° 32, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, se ha estimado necesario actualizar el procedimiento, teniendo presentes la experiencia adquirida y los estándares establecidos para otros procedimientos del Estado, en particular aquellos de evaluación ambiental.

Las modificaciones buscan introducir adecuaciones al procedimiento, esencialmente con el propósito de:

a) Establecer un procedimiento reglado y progresivo, con normas claras que fijen el estándar procesal y metodológico de la EAE, de manera de entregar certezas al Órgano Responsable, los servicios y las comunidades, respecto de la forma de alcanzar los objetivos de la evaluación;

b) Propiciar la incorporación de consideraciones ambientales del desarrollo sustentable relativas a la mitigación y adaptación al cambio climático en los procedimientos de EAE;

c) Incorporar el “informe final favorable” descrito por la Ley Marco de Cambio Climático;

d) Favorecer la participación ciudadana y en las etapas de diseño y aprobación;

e) Sincronizar el desarrollo de la EAE con el de la respectiva política, plan o instrumento de ordenamiento territorial;

f) Coordinar la participación de los órganos de la Administración del Estado;

g) Especificar la participación de la Subsecretaría del Medio Ambiente o sus Secretarías Regionales Ministeriales, según corresponda, y

h) Promover un procedimiento simplificado para circunstancias específicas.

Cabe destacar que, dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la publicación del presente extracto en el Diario Oficial, cualquier persona natural o jurídica podrá formular observaciones al Anteproyecto de Reglamento.

Las observaciones deberán ser fundadas y presentadas a través de la plataforma electrónica: http://consultasciudadanas.mma.gob.cl; o en las Secretarías Regionales Ministeriales del Medio Ambiente correspondientes al domicilio del interesado.

El texto del anteproyecto del decreto supremo estará publicado en forma íntegra en el sitio electrónico institucional del Ministerio del Medio Ambiente.

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