SEA publica instructivo que establece requisitos a proyectos que ingresan al SEIA

Sep 21, 2023

Estas directrices están en sintonía con la implementación del Acuerdo de Escazú, y con la convicción de la institución ambiental de contar con información que se ajuste a esos estándares.

La Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) publicó un nuevo instructivo que establece requisitos más precisos sobre la descripción de proyectos o actividades que se someterán al SEIA, en particular sobre los nombres de las iniciativas, la descripción del proyecto o actividad, el monto estimado de inversión, y la identificación del titular, entre otros aspectos.

De acuerdo a lo manifestado desde la entidad, estas directrices están en sintonía con la implementación del Acuerdo de Escazú, y con la convicción de la institución ambiental de contar con información que se ajuste a esos estándares, para facilitar procesos de participación ciudadana informada y de buena fe, junto con mejorar la evaluación ambiental de los proyectos evaluados en el SEIA.

Con respecto a la denominación de los proyectos, y con el objetivo de facilitar y propiciar una participación ciudadana más informada y temprana, las Direcciones Regionales, o la Dirección Ejecutiva del SEA, según corresponda, deberán asegurar que el nombre del proyecto o actividad refleje claramente el tipo de proyecto que se pretende ejecutar, en un lenguaje sencillo, directo y fácil de comprensión para el público.

De igual modo, en la descripción breve del proyecto o actividad, el titular deberá presentar una reseña concisa, expresando sus principales partes y obras. Se advierte que esta descripción, aunque general y breve, deberá ser concreta, cierta y expresada en un lenguaje sencillo, de modo que cualquier ciudadano pueda alcanzar un entendimiento básico sobre de los principales aspectos del proyecto o actividad evaluado.

En cuanto a los montos estimados de inversión de los proyectos, se exigirá que sea lo más verídico y cercano a la realidad posible, aun cuando se trate de un monto estimado. Si bien el monto de inversión no es un contenido propiamente ambiental, que sea esencial para la evaluación del proyecto, puede facilitar a la ciudadanía el entendimiento sobre la magnitud o entidad de este, siendo un aspecto relevante para fomentar y facilitar la participación ciudadana.

Finalmente, y en relación a la identificación del titular, se exigirá a este que indique los antecedentes societarios necesarios que permitan dar cuenta de una integración empresarial entre diversas sociedades que mantienen vínculos, junto con una dirección unificada, de modo que pueda entregarse información completa a la ciudadanía.

Para más información sobre el instructivo, puede ingresar aquí.

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