Subsecretario de Medio Ambiente y glaciares: “Buscamos dar certeza a quienes tienen que ejecutar proyectos”

Sep 30, 2019

Felipe Riesco abordó los desafíos en este campo, y en particular se refirió al proyecto de ley de protección de glaciares que se tramita en el Congreso, en un conversatorio organizado por la Cámara Chileno Australiana de Comercio (Auscham).

El proyecto de ley sobre protección de glaciares, que está en  manos de la Comisión de Minería y Energía del Senado, ha sufrido diversas modificaciones e indicaciones desde su ingreso en julio de 2018. Entre los temas más discutidos, se encuentra la falta de una definición clara para ciertos términos asociados, tales como ‘permafrost’ y ‘ambiente periglaciar’, además de las implicancias que tendría la aprobación de esta norma para la minería.

En este contexto de la agenda medioambiental, la Cámara Chileno Australiana de Comercio (Auscham) organizó un conversatorio en que se abordaron los detalles sobre este proyecto en particular, así como los de la actual legislación de impuestos verdes. El subsecretario de Medio Ambiente, Felipe Riesco, estuvo a cargo de la ponencia. MINERÍA CHILENA conversó con el ejecutivo.

 

¿Qué cambios han impulsado durante tramitación del proyecto de ley sobre Glaciares?

El Ejecutivo ha presentado una indicación sustitutiva del proyecto ley en la comisión de Minería, que viene a modificar completamente el articulado del proyecto ley de protección de glaciares, haciendo una definición de glaciar que nos parece más objetiva. Esto porque contempla los glaciares que están reconocidos dentro del inventario de la unidad de glaciología de la Dirección General de Aguas (DGA).

Con eso nosotros buscamos dar más de certeza a quienes tienen que ejecutar proyectos, que podrían en algún momento llegar a afectar a estos cuerpos, estableciendo que, si llegara a haber afectación, esto no incida en el régimen hídrico potencial o real del glaciar.

¿Qué otros puntos ven complejos o cuestionables en la iniciativa que impulsa el legislativo?

La retroactividad penal es inconstitucional en Chile; en materia civil puede existir, pero eso no puede implicar vulneración de algunas garantías constitucionales. Ese es uno de los análisis que hay que hacer y lo estamos estudiando para definir cuáles son los mecanismos; nos haremos cargo eventualmente de ese problema.

¿Qué riesgos podría constituir la minería y otras actividades para los glaciares?

Según lo que nosotros tenemos como catastro, no hay ninguna alteración significativa de glaciares por la actividad minera. Si en el pasado podía existir, actualmente la minería no genera impacto directo. Algunos podrían generar ciertos efectos, al parecer, por la depositación de material particulado de las tronaduras, pero en el fondo los impactos en Chile no están prohibidos, aunque tienen que compensarse y mitigarse en la medida de lo posible.

¿Dónde están los glaciares más proclives a verse afectados por la actividad humana?

El 83% de los glaciares (en Chile) están en áreas protegidas, desde la zona central hacia el  sur. El problema tiene que ver con el catastro que tenemos entre las regiones de Atacama y la Metropolitana; muchos de esos glaciares no están en zonas protegidas y es a ellos a los que se apunta con esta legislación. Como gobierno no nos oponemos a la protección de los glaciares, al contrario, pero sí tiene que ser mediante una legislación que permita compatibilizarla con las actividades económicas.

¿Cómo se puede garantizar la protección de estos glaciares?

Hicimos una propuesta que contempla a todos los glaciares que están dentro del inventario de la DGA. Para obtener la autorización ambiental, se debe tener un pase exclusivamente de la Dirección General de Aguas, que verifique que no se vea alterado el escurrimiento potencial o real de los servicios ecosistémicos en materia de hidrología que presta el glaciar. Por lo tanto, es la DGA como órgano técnico quien debe determinar que esa afectación no se genere.

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