Comisión de Trabajo pone fin al reemplazo de trabajadores en huelga

Jun 2, 2015

El diputado Patricio Melero sostuvo que el fin del reemplazo debe mirarse en conjunto con las normas aprobadas “sobre servicios mínimos que los sindicatos tendrán que asegurar para que durante la huelga esa actividad no tenga un daño irreversible y complejo”.

La Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, en la votación particular del proyecto de Reforma Laboral, aprobó la prohibición de los empleadores de realizar un reemplazo de los trabajadores en huelga, por trabajadores propios o externos.

El diputado Tucapel Jiménez (PPD) afirmó que este cambio va a permitir “que los trabajadores por fin tengan un derecho real a huelga”, y añadió que la figura del reemplazo afectaba a los trabajadores, que terminaban desgastados, con represalias y despidos, sin conseguir nada con sus movilizaciones.

El parlamentario recalcó que la huelga es la última instancia y que en todos los países donde existe la negociación colectiva, las huelgas y conflictos laborales son menores, según consigna la nota publicada en el portal de la Cámara Baja.

“Cuando hay buenas relaciones laborales no solo se beneficia a los trabajadores sino que también a los empresarios y aumenta directamente la producción. Un trabajador contento, con condiciones dignas, con buenos sueldos, produce mucho más que un trabajador en malas condiciones”, destacó el diputado Jiménez.

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La ministra del Trabajo, Ximena Rincón, indicó que Chile debe tender “a negociaciones colectivas serias, responsables, en donde exista mejor simetría entre trabajadores y empleadores. (…) En la medida que tengamos un ambiente de trabajo de mayor sintonía, de mayor complicidad desde el punto de vista de los logros, avanzamos hacia un trabajo de mejor calidad”.

Servicios mínimos

Por su parte, el diputado Patricio Melero (UDI) sostuvo que el fin del reemplazo debe mirarse en conjunto con las normas aprobadas “sobre servicios mínimos que los sindicatos tendrán que asegurar para que durante la huelga esa actividad no tenga un daño irreversible y complejo”.

Estos artículos estipulan que la Comisión Negociadora Sindical estará obligada a proveer durante la huelga al personal destinado a atender los servicios estrictamente necesarios que permitan atender las operaciones y evitar un daño grave, actual e irreparable a las instalaciones e infraestructura.

Estos servicios, así como el número de trabajadores y calificación profesional o técnica, deberán ser determinados antes del inicio de la negociación colectiva.

Cabe indicar que la Comisión de Trabajo aún debe pronunciarse sobre los artículos referidos a los pactos de adaptabilidad, donde empleadores y sindicatos podrán negociar materias nuevas como jornadas de trabajo y horas extraordinarias.

El texto sería despachado desde la Comisión de Trabajo esta semana, para ser remitido en segundo trámite a la Comisión de Hacienda, y podría ser votado por la Sala a fines del mes de junio.

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