Director regional de la OIT plantea que fin de reemplazo en huelga debiera considerar turnos internos

Oct 6, 2014

Señala que si el funcionamiento de la empresa se ve afectado "pone en peligro la fuente de trabajo de los propios empleados". Respecto a la titularidad sindical, indica que es facultad de los sindicatos negociar colectivamente.

(Pulso) Siempre cuando se habla de la legislación laboral, tanto autoridades, como expertos y parlamentarios hacen referencia a los convenios ratificados con la Organización Internacional del Trabajo (OIT). En este sentido, el debate que se ha generado por la reforma laboral que desea impulsar el gobierno no ha sido la excepción.

Pero, ¿qué es lo que realmente recomienda la OIT en materia de reemplazo en tiempos de huelga y titularidad sindical? Estos son algunos de los cuestionamientos que el director de la OIT para el Cono Sur de América Latina, Guillermo Miranda, responde a PULSO.

En síntesis, Miranda señala que se debe poner fin al reemplazo externo en períodos de huelga, pero con la posibilidad de movilidad interna de las empresas para que continúen funcionando. En titularidad sindical, es claro en indicar que la negociación colectiva debe ser de los sindicatos, y sólo en caso de no existir éstos, la negociación podría ser llevada por grupos negociadores.

Respecto a la reforma que prepara el gobierno y los convenios ratificados con la OIT, ¿existe cumplimiento de ellos?

Desde el punto de vista de los convenios, la OIT a través de su órgano de control tiene una mirada respecto a lo que pasa en las relaciones laborales en Chile, y en el tema de los reemplazantes (en huelga) hay una violación a la libertad sindical, y por lo tanto no cumple uno de los convenios. En ese sentido, es necesario hacer cambios en la legislación laboral chilena.

¿Cómo se resuelve cuando hay grandes diferencias entre los actores claves?

Cuando un tema de relaciones laborales está presente permanentemente provoca tensión y conflicto, como el caso de la ampliación de los derechos sindicales, mejoramiento de la negociación colectiva, eliminación de reemplazantes, que han sido temas presentes desde los años ´90 hasta ahora. El sentido común indica que son escollos para tener buenas relaciones laborales y hay que resolverlos, y qué mejor que a través de un diálogo social y tripartito, donde se puedan alcanzar acuerdos.

El gobierno definió un actor preferente, la CUT, para concordar este reforma. ¿No va en otra dirección respecto a lo que Ud. apunta?

Toda reforma laboral propuesta por el Ejecutivo requiere sondeo con los actores. Nosotros recomendamos como OIT un diálogo tripartito.

También está el Parlamento, que es otro espacio de diálogo donde los actores pueden concurrir. A nosotros nos llama la atención que estos temas aparezcan como un evento, como temas de tensión, en vez de ser de resolución de conflictos.

Algunos empresarios han señalado que no es momento de realizar una reforma laboral debido a la desaceleración económica, ¿cuál es su opinión?

La temporalidad de las cosas no tiene que ver con los ciclos económicos, tiene que ver más bien con la necesidad de un país de resolver sus problemas. Si el tema laboral es cuestionado y lleva más de 20 años así, y eso genera tensión, problemas, disputas, y conflictos, yo creo que el tiempo de resolverlo es siempre el tiempo presente.

Ninguna reforma en el mundo es inmediata, todas tienen temporalidad. Esta reforma puede ser aprobada cuando estemos en un período de crecimiento. O podrías hacer una reforma en tiempos de crecimiento y que salga aprobada en período de crisis, entonces estas reformas no tienen que ver con los ciclos económicos.

En cuanto al fin del reemplazo en huelga, ¿qué es lo que propone la OIT?

En las recomendaciones del comité de aplicación de convenio, respecto al tema de reemplazantes establece con claridad que los servicios esenciales en materias del sector público, pudieran tener turnos. En la discusión que uno deriva para el sector privado, uno pudiera buscar acuerdos entre sindicatos y empleadores sobre aquellas cosas que son vitales para el funcionamiento de la empresa; y si se ponen de acuerdo en eso, los reemplazantes internos ya no serían considerados como rompehuelgas, sino como un tema de mantención y existencia de la empresa.

¿Cómo se podría definir esta movilidad interna?

No tenemos recomendaciones al respecto. La OIT considera que el diálogo entre trabajadores y empleadores debe ser un diálogo permanente, los temas y mecanismos de la negociación colectiva forman parte de ese diálogo. Si ocurre así, en cualquier minuto se puede establecer una conversación sobre los dispositivos esenciales para el funcionamiento de la empresa, que no debe ser afectado porque pone en peligro la fuente de trabajo de los propios empleados. Lo importante acá es que exista ese diálogo.

¿Y no debe quedar establecido por Ley?

Hay países en que estos temas no están tan regulados. Por ejemplo, en Uruguay hay acuerdos que generan empleadores, trabajadores y gobierno que no están regulados en el Código del Trabajo. En Chile se intenta regular todo, y por lo tanto el diálogo entre las partes se vuelve mucho más reducido. Tratar que todo esto esté regulado por Ley pensamos que genera discusiones que son demasiado específicas para casos que pueden tener distintas derivaciones.

Y frente a la titularidad sindical, que es otro tema que genera tensión entre trabajadores y empleadores, ¿por dónde deben ir los ajustes?

El convenio de la OIT es uno que promueve el fortalecimiento y desarrollo de la organización sindical, por lo tanto entiende que la negociación colectiva la debe llevar adelante el sindicato. Y señala que sólo en circunstancias de inexistencia de sindicatos pudiera negociar los grupos negociadores, que es una figura local (sólo de Chile).

Entonces, para el fortalecimiento sindical, ¿deberían disolverse esto grupos?

Quien negocia es el sindicato. No se manifiesta de los grupos negociadores.

Y respecto a prohibir que los empleadores extiendan beneficios a los trabajadores no sindicalizados…

Sobre eso no tenemos recomendaciones específicas, pero el convenio potencia la negociación colectiva y libertad sindical, y pone al sindicato como un actor relevante.

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