La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) informó que publicó en el Diario Oficial el protocolo para regular aspectos técnicos asociados a la validación de los Sistemas de Monitoreo Continuos de Emisiones (CEMS, por sus siglas en inglés), exigido en el D.S. N°29/13 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece la Norma de Emisión para Incineración, Coincineración y Coprocesamiento.
La entidad indicó que el Decreto Supremo 29 derogó el D.S. N° 45 de 2207 del Ministerio Secretaria General de la República.
Este establece, para todo el territorio nacional, la norma de emisión para las instalaciones de incineración, las instalaciones de coincineración que correspondan a hornos rotatorios de cal o a instalaciones forestales y para las instalaciones de coprocesamiento que correspondan a hornos de cemento, que utilicen combustibles distintos a los tradicionales.
El protocolo publicado por la SMA permite asegurar que los equipos de Monitoreo Continuo de Emisiones entreguen resultados confiables, de acuerdo a metodologías establecidas por la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (US-EPA).
Además, el documento establece los diferentes ensayos que deben aplicarse para validar CEMS instalados en unidades o fuentes afectas al D.S. N°29/13 del Ministerio del Medio Ambiente.