SMA dice que fallo contra Pascua-Lama no bloquea proyecto subterráneo evaluado por Barrick

Feb 19, 2018

"No pusimos un candado al territorio", comenta el superintendente Cristián Franz. Añadió que la no revocación de la RCA permite seguir monitoreando los compromisos de la iniciativa.

(El Mercurio) Un inicio de año intenso tuvo la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), siendo la resolución de clausura total y definitiva del proyecto minero Pascua-Lama, luego de años de estudios, uno de los principales hitos de la gestión de Cristián Franz al mando del organismo fiscalizador.

La autoridad comenta que fueron años de estudios y trabajo metódico que los llevó a tomar la decisión de clausura de la iniciativa binacional impulsada por la canadiense Barrick. Eso sí, la resolución debe ser ratificada por el Primer Tribunal Ambiental, con sede en Antofagasta.

«Estamos tranquilos con la decisión que tomamos. Esperamos que los tribunales lo confirmen, pero esa es una decisión que le corresponde a otro poder del Estado, y nosotros somos respetuosos de eso», comenta Franz.

La empresa presentó una reclamación en tribunales por la decisión de cierre. Sin embargo, también están concentrados en la evaluación de un desarrollo subterráneo -y no a rajo abierto, como planteó la iniciativa original-, lo que haría factible su ejecución, con menores impactos ambientales.

Franz sostiene que la clausura total y definitiva no influye en un eventual futuro proyecto minero que ingrese la compañía a tramitación. «La resolución sancionatoria, en caso de que sea confirmado por el tribunal ambiental y la Corte Suprema -de llegar a esa instancia-, no tiene relación con un hipotético nuevo proyecto que la empresa quiera desarrollar ahí», sostiene.

Y agrega: «Si la compañía quiere desarrollar un proyecto diferente, está en su legítimo derecho de planificar uno que tenga otras características, someterlo a tramitación y, de obtener una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable, ejecutarlo. No pusimos un candado a ese territorio, nuestras resoluciones no pueden hacer algo así».

Franz también explicó por qué se optó por la medida de clausura y no por la revocación de la RCA, medida solicitada por los detractores a la iniciativa de oro emplazada, por el lado chileno, en la Región de Atacama. A su juicio, la resolución es, en la práctica, lo mismo, ya que paraliza el proyecto, pero sigue existiendo un instrumento fiscalizable por la SMA.

«Un balazo en los pies»

Comenta que es necesario monitorear las acciones solicitadas para impedir la contaminación de las aguas y que, pese a la clausura total y definitiva, siguen vigentes. «Si revocábamos la RCA, nos quedábamos sin instrumentos de gestión ambiental para poder ejercer la fiscalización de esas medidas», señaló.

«Revocar una RCA es un balazo en los pies. En teoría, aparece como la sanción de mayor entidad, pero no lo veo así, porque desde el punto de vista práctico, los efectos son los mismos. Psicológicamente, aparece ante algunas personas que la revocación es como la más fuerte de las sanciones, pero no es así», enfatiza.

Otra de las dudas que generó la sanción fue que la multa aplicada a la minera canadiense fuera de menor cuantía que la de 2013. Esta actuación fue dejada sin efecto por los tribunales, ya que el criterio de agrupar sanciones no se ajustaba a la ley y ordena infraccionar por cada una de ellas por separado.

Bajo este criterio, se esperaba una multa millonaria, pero Franz explica que la nueva sanción no incluye solo multas, ya que seis cargos fueron sancionados con clausura total y definitiva, pero no dinero.

«Si hubiera sido pura plata, habríamos superado muy largamente la multa en dinero a la resolución anterior. Sin embargo, se reemplazó multa por clausura total y definitiva en seis de los cargos de este nuevo proceso», subrayó.

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