DGA explica de qué se trata la propuesta de ley que regula los proyectos de desalinización

Mar 22, 2024

El jefe del Dpto. de Personas presentó en el Congreso Acades 2024 los pormenores del Plan Estratégico de Recursos Hídrico, y la indicación de considerar el agua resultante de la desalación como un bien nacional de uso público.

Representando al director de la Dirección General de Aguas (DGA), Rodrigo Sanhueza, el jefe del Departamento de Personas de la DGA, Nicolás Ureta, expuso en el Congreso Acades 2024 que gran parte del país se encuentra en una escasez hídrica. Pero, ¿en qué se diferencia de escenarios similares del pasado?

«(La actual crisis hídrica) es extensa, ya que vamos a cumplir 15 años con ella en algunas regiones, y también se ha ido extendiendo territorialmente, como por ejemplo hasta la Región de Los Lagos», explicó.

El profesional detalló que esto ha provocado que la DGA se sitúe en una situación extrema y en un desafío importante. Es por ello que el Ejecutivo junto a varios ministerios han trabajado en virtud de buscar nuevas fuentes de agua distinta a las tradicionales.

Una de ellas es el ingreso del boletín N° 11.608-09, entre 2018 y 2019, el cual aún se encuentra en estado de tramitación.

¿Qué establece el boletín N° 11.608-09?

  1. Establecer que las aguas resultantes del proceso de desalinización constituyen bienes nacionales de uso público.
  2. Crear una Estrategia Nacional de Desalación, con la finalidad de establecer las orientaciones y prioridades en el uso del agua de mar y la instalación de plantas desaladoras.
  3. Modificar el procedimiento de solicitud y caducidad de las concesiones marítimas y establecer la prevalencia del uso de las aguas para el consumo humano, doméstico, y el saneamiento.
  4. Disponer que los proyectos sobre instalación de plantas desalinizadoras deberán someterse siempre al Informe de Sistema de Evaluación Ambiental.

Las indicaciones sustitutivas:

  • Actualmente, se encuentre en estudio en la Comisión de Recursos Hídricos del Senado.
  • 30 artículos y 4 disposiciones transitorias, distribuidas en 2 títulos, uno referido a la «Concesión de extracción de agua de mar para su desalinización«, y el segundo referido a «Disposiciones Finales» que incluye modificación a la ley N° 19.200 y la Ley General de Urbanismo y Construcciones en lo referido a ordenamiento territorial.
  • Artículos transitorios se refieren a los plazos para dictar los reglamentos, el régimen de las concesiones marítimas, y un procedimiento simplificado para la evaluación ambiental, durante 15 años, para proyectos de desalinización destinados a consumo humano.

Proyecto de ley que regula los proyectos de desalinización

Ureta detalló que el Ejecutivo se encuentra trabajando en un proyecto de ley que regule de manera íntegra los proyecto de desalinización de agua de mar, con la finalidad de agilizar su tramitación y dar certeza a la inversión, con miras a:

  • Aumentar la disponibilidad hídrica en las zonas más afectadas por la sequía, en función del consumo humano y saneamiento (derecho humano).
  • Cuidar el equilibrio entre la función productiva (economía) y ecosistémica de las aguas (recuperación de fuentes naturales).

Durante su presentación, el jefe del Departamento de Personas de la DGA consideró que no se ha prestado suficiente atención a la Ley N°21.639, puesto que «modifica normas para el desarrollo de proyectos de infraestructura hídrica y desalinización, con el fin de destinar agua al cumplimiento de la función de sistema y de riego».

Previo a finalizar su intervención, Ureta comentó que la Dirección General de Agua, antes de la reforma, tenía la atribución de generar planes, pero dentro de lo indicativo. Ahora, con el Plan Estratégico de Recursos Hídricos – PERHC, cada cuenca, es un plan que se aprueba por decreto y está firmado por varios ministerios, desarrollado por la DGA.

Su objetivo es «coordinar la inversión, coordinar las acciones de los actores públicos, pero también de los privados, con objetivos súper claros de preservar la sustentabilidad de la cuenca y dar seguridad hídrica«, explicó.

A modo adicional, el contexto normativo del Plan Estratégico de Recursos Hídricos – PERHC, publicado en 2022, es:

  • Reforma al Código de Aguas (Ley N°21.435, Art.239 bls)
  • Ley Marco de Cambio Climático (Ley N°21.455, Art. 13)
  • Su finalidad es avanzar hacia la seguridad hídrica a través de la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos (GIRH).
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