Ministerio del Medio Ambiente da inicio a proceso de revisión de normas de calidad ambiental

Jul 28, 2023

Cualquier persona natural o jurídica podrá aportar antecedentes técnicos, científicos, sociales y económicos sobre la materia.

El Ministerio del Medio Ambiente publicó en el Diario Oficial la Resolución exenta número 706, de 2023, por medio de la cual se da inicio al proceso de revisión de normas de calidad ambiental que indica.

Es así como estable iniciar el proceso de revisión de las siguientes normas de calidad ambiental:

a) DS N° 4, de 1992, del Ministerio de Agricultura, que “Establece Normas de Calidad del Aire para material particulado sedimentable en la cuenca del Río Huasco III Región”;

b) DS N° 136, de 2001, Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que “Establece Norma de Calidad Primaria para plomo en el aire”;

c) DS N° 22, de 2009, de Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que “Establece Norma de Calidad Secundaria de aire para anhídrido sulfuroso (SO2)”;

d) DS N° 104, de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente, que “Establece Norma de Calidad de aire para Dióxido de Azufre (SO2)”;

e) DS N° 115, de 2002, de Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que “Establece Norma Primaria de Calidad de aire para Monóxido de Carbono (CO)”; y,

f) DS N° 112, de 2002, de Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que “Establece Norma Primaria de Calidad de aire para Ozono (O3)”.

En la Resolución del MMA se detalla que se formará un expediente público separado para cada uno de los procesos de revisión.

Además, se fija un plazo de tres meses, contados desde la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, como fecha límite para la recepción de antecedentes sobre la revisión de las Normas de Calidad Ambiental señaladas en el resuelvo primero.

Se define que cualquier persona natural o jurídica podrá, dentro del plazo señalado precedentemente, aportar antecedentes técnicos, científicos, sociales y económicos sobre la materia.

Dichos antecedentes deberán entregarse por escrito en la Oficina de Partes del Ministerio del Medio Ambiente o de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región Metropolitana, o bien, en formato digital en las casillas electrónicas habilitadas para tales efectos:

– Rev.secundaria.huasco@mma.gob.cl

– Rev.primaria.plomo@mma.gob.cl

– Rev.secundaria.SO2@mma.gob.cl

– Rev.primaria.SO2@mma.gob.cl

– Rev.primaria.CO@mma.gob.cl

– Rev.primaria.ozono@mma.gob.cl

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