SMA formuló nueve cargos a minera chileno – japonesa Atacama Kozan

Abr 16, 2021

Se trata de una infracción gravísima, cinco graves y tres leves tras determinar incumplimientos asociados al Plan de Seguimiento Ambiental del proyecto en relación con aguas superficiales y subterráneas. Sólo por esta falta, la empresa arriesga multas por más de U$8 millones además del cierre definitivo de la faena.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló nueve cargos contra “Sociedad Minera Atacama Kozan”, titular del proyecto “Faena Minera Atacama Kozan” (AK), por infracciones a las disposiciones establecidas en sus Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA), en diversas obras del proyecto emplazadas en la comuna de Tierra Amarilla y Copiapó.

De los nueve, uno fue clasificado como gravísimo, 5 graves y 3 como leves, por lo que la empresa podría ser objeto de una multa de hasta 38.000 Unidades Tributarias Mensuales (UTA), Revocación de su Resolución de Calificación Ambiental (RCA) o clausura del proyecto.

El superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, señaló que “para la institución es prioritario fiscalizar los instrumentos que disminuyen los efectos ambientales generados por la actividad productiva y tomar acciones que le permitan a los regulados volver al cumplimiento ambiental.

En este contexto -De La Maza sostuvo- “es importante recordar que en diciembre del año pasado y en visita oficial a la región de Atacama -comuna de Tierra Amarilla-declaramos esta Zona como Prioritaria dada la alta vulnerabilidad ambiental en la que se encuentra, producto de la intervención histórica realizada en dicha área por una serie de actividades productivas».

Cargos formulados

En relación al cargo gravísimo, se trata de hechos, que han impedido deliberadamente la fiscalización, encubierto una infracción o evitado el ejercicio de las atribuciones de la SMA, ya que el titular no cumplió el Plan de Seguimiento Ambiental del proyecto en relación con aguas superficiales y subterráneas, particularmente no cargando en el Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA, los monitoreos de aguas subterráneas en el sector tranque y los monitoreos de las mismas asociados a los pozos de captación de agua fresca.

Adicionalmente, la formulación de cargos considera infracciones asociadas a incumplimientos al Plan de Manejo Biológico dispuesto como medida para hacerse cargo de la pérdida de vegetación, intervención del cauce del río Copiapó, la construcción del sistema de manejo de aguas lluvias asociado al tranque de relaves de filtrado sin tramitar los permisos sectoriales con la DGA e iniciar la operación de este tranque no habiendo construido la totalidad de las obras y/o medidas asociadas para su operación.

Con relación a los cargos graves, el primero de ellos se refiere a que “el edificio donde se encuentran emplazados los chancadores secundarios y terciarios no se encuentra cerrado completamente, ni con presión negativa”, medida que al no ser ejecutada contribuye al deterioro de la calidad de aire de la zona y perfectamente puede verse como una fuente aportante de material particulado.

Este procedimiento sancionatorio incorpora una serie de denunciantes, que informaron a la SMA respecto a incumplimientos en que habría incurrido el titular, sobre distintas materias, entre las que destacan contaminación con material particulado, incidente de rotura de relaveducto y modificación del régimen de abastecimiento de agua fresca del proyecto, entre otros aspectos.

Lo último
Te recomendamos

REVISTA DIGITAL