Colombia elabora proyecto para exigir a mineras licencia ambiental en la etapa de exploración

Ene 16, 2014

Actualmente, este trámite sólo es exigido para la segunda etapa de los proyectos mineros –la de explotación– a pesar de que hay evidencias de que las actividades exploratorias ya generan un impacto importante en los recursos naturales.

(AméricaEconomía) Las reglas de juego para las empresas mineras en Colombia están a punto de cambiar. Al menos así lo está contemplando la ministra de Ambiente, Luz Helena Sarmiento, quien acaba de anunciar que el gobierno está trabajando en la elaboración de un proyecto de Ley para exigirles nuevamente una licencia ambiental en la etapa de exploración.

En una entrevista al diario El Tiempo, Sarmiento señaló que este cambio busca proteger el medio ambiente y darles claridad a los inversionistas. Actualmente, este trámite sólo es exigido para la segunda etapa de los proyectos mineros –la de explotación– a pesar de que hay evidencias de que las actividades exploratorias ya generan un impacto importante en los recursos naturales.

 

«En la fase de exploración se determina la presencia del mineral y los mecanismos adecuados para extraerlo, pero igual se está interviniendo el territorio de manera muy fuerte», explica Rodrigo Negrete, abogado especialista en temas ambientales.

¿Por qué las normas que rigen a este sector se fueron debilitando hasta omitir la licencia ambiental, un trámite primordial para la conservación de los recursos? La ley 99 de 1993 obligaba a las mineras a tener una licencia ambiental tanto para las actividades de exploración como de explotación (para ambas se necesita, previamente, un título minero).

En 1995, siendo ministro de Minas y Energía Jorge Eduardo Cock Londoño, y ministra del Medio Ambiente Cecilia López Montaño, fue aprobado un decreto (501 de 1995) en el que se eliminó la exigencia de una licencia ambiental durante la exploración (que puede darse hasta por cinco años) y las mineras quedaron sujetas sólo a la presentación de un plan de manejo ambiental. Por exploración se entiende: tala de árboles, descapote del suelo, apertura de vías, construcción de campamentos y talleres, y perforaciones con taladro del suelo y del subsuelo.

«Tanto ese decreto, como el 1481 de 1996, apuntaron a lo mismo: el ‘deslicenciamiento’ de la exploración», explica Negrete. Los dos decretos fueron firmados por el entonces presidente Ernesto Samper.

El otro gran golpe al control de las mineras sucedió en 2001, con la creación del Código de Minas avalado por el ministro de Minas y Energía de ese momento, Ramiro Valencia Cossio, y el presidente Andrés Pastrana. Ese año se estableció que el único requisito para la exploración minera era seguir unas guías minero-ambientales, definidas por los ministerios de Minas y Ambiente.

Según Negrete, las reglas del juego que habían primado hasta ese momento, que exigían un plan de manejo ambiental, no eran las ideales (lo ideal era la exigencia de una licencia ambiental) pero sí eran más complejas; estaban sometidas a una evaluación y decisión de las autoridades ambientales sobre si se podía o no adelantar la actividad.
Hoy siguen rigiendo las normas establecidas en 2001. Si una compañía quiere explorar un territorio las autoridades sólo hacen una estudio del recurso que va a necesitar (bosque, agua, aire) pero no se evalúa integralmente todo el proyecto.

Ya la Contraloría ha advertido que desde la etapa de exploración se pueden generar efectos negativos sobre los ecosistemas. Según el ente de control, algunos ejemplos son las actividades exploratorias adelantadas en el páramo de Santurbán (Santander) y en Cajamarca (Tolima), donde se encuentran indicios de contaminación de aguas, ocupación de causes con maquinaria e inestabilidad de taludes; además de un creciente conflicto social.

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