Corte Suprema rechaza recurso de casación y confirma condena contra Anglo American Sur

Jun 20, 2016

Máximo tribunal dispuso el pago de $600 millones por parte de la minera a modo de reparación por daño ambiental provocado en quebrada El Gallo en la comuna de Nogales.

La Corte Suprema rechazó un recurso de casación y ratificó la sentencia que condenó a la empresa Anglo American Sur S.A. a reparar el daño ambiental provocado en la quebrada El Gallo, ubicada en la comuna de Nogales, y a pagar una indemnización de $ 600.000.000 por la extensión operativa de la mina El Soldado.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal descartó infracción de ley en la resolución impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que dio por desistido el recurso de casación al no entregar la parte recurrida los fondos para la elaboración de compulsas en la causa.

En la sentencia de primera instancia, dictada por el 21° Juzgado Civil de Santiago, se estableció la responsabilidad de la empresa minera en el daño ambiental provocado por la operación de la expansión de la mina El Soldado, ubicada en la comuna de Nogales, y que provocó daños al ecosistema y especies autóctonas, tales como: ejemplares de belloto del Norte, que se encuentra protegido por ley.

«En cuanto a la relación de causalidad entre el hecho y el daño producido, dicha circunstancia, conforme al mérito de la prueba allegada al proceso y los propios dichos de la demandada en su escrito de contestación, así como también los informes periciales expuestos anteriormente, queda claramente establecido que los daños ocasionados al ecosistema tuvieron su origen en que la actividad minera ejecutada al margen de la RCA, provocó la destrucción significativa del ecosistema de la Quebrada El Gallo, por el vertimiento de miles de toneladas de material estéril y roca sobre su fondo y ladera norte”, señala el comunicado de la Corte Suprema.

El máximo tribunal señala que además del pago en dinero, se ordena como medidas de reparación por daño ambiental provocado a “trozar y astillar el material vegetal no regenerado, y acopiarlos de manera apropiada para su futura utilización en laboreo del suelo residual de la ladera, con prácticas y técnicas de conservación de suelos que ayuden a retenerlo y a mejorar la infiltración de las aguas lluvias, dentro del plazo de 45 días. Retirar el material estéril y rocoso ajeno, ubicado en el eje de la Quebrada El Gallo y en su ladera, dentro del plazo de doce meses. Y una preparación y laboreo de suelos de las laderas tributarias dentro de los límites del sector afectado, incluyendo técnicas de conservación de los suelos, que ayuden a retenerlo de mejor forma y a mejorar la infiltración de las aguas lluvias, incorporando en esta fase el material vegetal dañado que fue trozado y astillado”, señala entre otras medidas.

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