(Pulso) En octubre del año pasado, la SVS multó Leonidas Vial y otros ejecutivos con multas que sumaron US$164 millones. Sin embargo, la batalla para impugnar dicha sanción no acaba.
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Esta vez, en medio del proceso que lleva adelante el 21° Juzgado Civil de Santiago, el empresario elevó el tono de sus críticas hacia la demanda que interpusiera en su contra la AFP Provida por perjuicios.
La defensa del empresario reiteró que “las operaciones cuestionadas se realizaron mediante actos, prácticas y mecanismos lícitos y ajustados estrictamente a las normas reglamentarias y bursátiles”.
En plena etapa probatoria la defensa de Vial -liderada por los abogados Marcelo Giovanazzi y Salvador Vial- acusaron a la demandante de estar “parasitando de lo señalado por la SVS”, descartando que su defendido habría llevado a cabo transacciones en acciones que serían engañosas, abusando de los mecanismos de transacción bursátil. “Ni la SVS, en el marco del procedimiento sancionatorio, ni la actora (demandante), han sido capaces de precisar y menos demostrar con hechos concretos, cuáles son los elementos o aspectos ilegítimos o engañosos de que adolecerían las operaciones impugnadas”, sostiene uno de los últimos escritos ingresados a la carpeta por la defensa de Leonidas Vial.
En otro de los escritos, la defensa del empresario recuerda que la administradora de fondos controlada por MetLife, ha sostenido que Vial y otros ejecutivos involucrados en el Caso Cascada recibieron relevantes oportunidades de negocio debido a su participación en un supuesto acuerdo que les habría permitido suprimir la incertidumbre respecto a transacciones futuras en el mercado de valores.
“Dicha conclusión es antojadiza, pues desconoce la experiencia de Leonidas Vial en materias bursátiles y su calidad de inversionista calificado”, consigna el mismo documento. Otro de los argumentos fundamentales en su defensa es que apunta a la prescripción de los eventuales delitos.
El 23 de septiembre de 2010 fue el último día en que una sociedad cascada habría experimentado un “sobre costo” o daño, a consecuencia de ventas de acciones de sociedades cascada. “Si se cuenta el plazo de prescripción de 4 años desde la fecha en que se perfecciona el daño, las últimas acciones con que contaba la actora prescribieron irremediablemente el día 23 de septiembre de 2014”, concluye la defensa de Vial.