MOP invita a participar en consulta pública del nuevo reglamento de aguas subterráneas

Dic 30, 2025

El proceso estará abierto hasta el viernes 16 de enero.
La Dirección General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas (MOP) inició el proceso de consulta pública para actualizar el reglamento sobre normas de exploración y explotación de aguas subterráneas, de acuerdo a las nuevas disposiciones que estableció la modificación al Código de Aguas de abril de 2022.
La consulta digital estará disponible hasta el 16 de enero en el sitio web de la DGA, donde las personas podrán revisar el contenido dispuesto en dos capítulos con cada uno de sus artículos y emitir sus observaciones y aportes.
El director general de Aguas del MOP, Rodrigo Sanhueza, comentó que “la reforma al Código de Aguas otorgó relevancia a las aguas subterráneas y dado que hoy contamos con 144 zonas de prohibición y 120 áreas de restricción, precisamente para proteger las fuentes de aguas subterráneas porque registran un descenso, resulta urgente actualizar el reglamento que se originó hace 11 años y que tuvo un ajuste menor en enero de 2022”.
El cambio climático se ha manifestado con escasas precipitaciones afectando la recarga de los acuíferos o con eventos extremos que muchas veces favorecen la erosión de los terrenos más que la infiltración de agua, y al mismo tiempo, la demanda de agua por el crecimiento demográfico y productivo no se detiene. Esto nos obliga a adecuar el reglamento a la realidad que hoy tenemos en el país, una sequía estructural y expansión demográfica y productiva”, agregó.
El primer reglamento fue publicado en marzo de 2014 y una segunda versión fue publicada en enero de 2022 con modificaciones menores. Esta tercera versión recoge cambios procedimentales y en forma de explotación de los acuíferos, mejora algunos instrumentos para hacer más flexible el ejercicio del derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas.
Asimismo, el documento optimiza el mecanismo de recarga artificial de acuíferos en función de las nuevas disposiciones. Por ejemplo, establece los fines para utilizar este mecanismo, como: resguardar la preservación ecosistémica, incluyendo la mejora o mantención de la sustentabilidad del acuífero; evitar la intrusión salina, aprovechar la capacidad depuradora del subsuelo, infiltrar agua desalinizada o residuos líquidos regulados para la normativa ambiental, y aprovechar la capacidad de almacenamiento y conducción de los acuíferos para posteriormente posibilitar la reutilización de estas aguas. Y, además, especifica los casos que se exceptuarán del permiso de recarga.
Una vez finalizada la consulta pública, la DGA revisará las observaciones y definirá cuáles podrían ser un aporte para su incorporación en el reglamento final que ser ingresado para su revisión en Contraloría.
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