(La Tercera)  Su primera encrucijada, tras la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental a fines de octubre, enfrentará hoy el proyecto aurÃfero El Morro, desarrollado por las canadienses Goldcorp (70%) y New Gold (30%).
Quince comunidades indÃgenas del Huasco presentarán dos recursos para detener el proyecto minero ubicado en la Región de Atacama, que contempla una inversión cercana a US$ 4.000 millones.
Con la representación del abogado Lorenzo Soto -que también participó en los casos Pascua Lama, Central Ralco, Central Castilla y Barrancones-, las comunidades presentarán un recurso de reclamación ante el Comité de Ministros.
El comité está integrado por los jefes de las carteras de Medio Ambiente, Salud, EconomÃa, Agricultura, EnergÃa y de MinerÃa y tiene como función resolver los recursos de reclamación que se presenten en contra de las resoluciones que rechacen, establezcan condiciones o exigencias a un Estudio de Impacto Ambiental .
El segundo recurso de reclamación será interpuesto ante la Corte de Apelaciones de Copiapó.
Si bien ambos escritos tienen como objetivo revertir la autorización ambiental, se optó por ambas vÃas, ya que en el Comité de Ministros la tramitación es más lenta y la Corte de Apelaciones de Copiapó puede actuar con mayor rapidez y lograr que el proyecto sea paralizado.
El abogado señaló que el recurso que se interpondrá ante el Comité de Ministros se fundamenta en motivos ambientales, que se relacionan con la instalación de un tranque de relave. Esa infraestructura es utilizada por las mineras para depositar los desechos producidos por un proceso metalúrgico, y en este caso ocuparÃa una superficie de 470 hectáreas, mientras que su ubicación estarÃa cercana a las comunidades diaguitas.
“El rajo de la mina, el depósito de estériles y el tranque de relave están en la misma quebrada en la que habitan las comunidades diaguitas. Es una piscina gigante de la basura que deja la mina. Lo otro es que las comunidades son transumantes, lo que significa que no ocupan un lugar especÃficoâ€, detalló.
Convenio 169
En cuanto a la acción judicial, Soto explicó que se sustenta en el hecho de que el proceso de consulta se realizó sólo con la Comunidad AgrÃcola Diaguita de los Huascoaltinos (CADH), y no consideró a las otras 15 comunidades indÃgenas que él representa. “En virtud de un diálogo unilateral entre la autoridad y esa comunidad, durante un tiempo y excluyendo al resto, se llevó un proceso que fracasó y tuvo como resultado que al final no se consultó nadaâ€, dijo.
En ese sentido, recordó que la Corte Suprema revocó en 2012 la autorización ambiental de El Morro por no realizar la consulta indÃgena que establece el convenio 169 de la OIT, por lo que obligó al titular de la iniciativa a cumplir con este requerimiento. La falta de consulta a las comunidades representadas por Soto serÃa, a su juicio, una nueva falta.

