Cinco agricultores de la comuna de Alto del Carmen, Región de Atacama, presentaron una reclamación contra la Superintendencia del Medio (SMA), acción que fue acogida a trámite. La reclamación impugna la decisión de la SMA de rechazar su recurso de reposición respecto de la resolución que dio cumplimiento a la sentencia dictada por el Primer Tribunal Ambiental, mediante la cual se confirmó la sanción de clausura definitiva del Proyecto Pascua Lama, del titular Compañía Minera Neveda SpA., filial de la empresa Barrick.
De acuerdo al informe del Primer Tribunal Ambiental, los antecedentes se remontan al procedimiento sancionatorio seguido por la SMA por diversos incumplimientos asociados a la ejecución del proyecto Pascua Lama. En enero de 2018, el órgano fiscalizador puso término al procedimiento, aplicando más de 30 sanciones a la compañía, determinación que fue reclamada ante este tribunal.
El 17 de septiembre de 2020, el Primer Tribunal Ambiental dictó sentencia en la causa Rol R-5-2018 (acumulada con la causa Rol R -6-2018), confirmando la clausura definitiva del proyecto. Asimismo, acogió parcialmente la reclamación de la empresa, ordenando la reclasificación de los cargos 4 y 23.2, referidos a la intervención de 13,8 hectáreas de la especie Azorella Madreporica y 2,16 hectáreas de vegas altoandinas por sobre lo autorizado, y a la construcción deficiente de obra asociada a un canal perimetral.
En noviembre de 2024, la SMA dictó la Resolución Exenta N° 2.144, mediante la cual reclasificó los cargos referidos como infracciones leves. Además, aplicando el principio de prohibición de la reformatio in peius (el cual impide que quien recurre contra una decisión termine en una posición más desfavorable), determinó que no correspondían imponer nuevas sanciones, por estimar que esto significaría generar consecuencias desfavorables adicionales para la empresa.
Los agricultores solicitaron la reconsideración de esa decisión mediante un recurso de reposición, el que fue rechazado por la SMA en junio de 2026, dando origen a la reclamación actualmente sometida al conocimiento del Primer Tribunal Ambiental.
Los cuestionamientos de los reclamantes
Los reclamantes cuestionan, en primer término, la aplicación del principio de prohibición de la reformatio in peius, considerando que este no permitiría eximir de sanción los cargos 4 y 23.2, y que la sentencia de 2020 habría ordenado no sólo recalificar ambas infracciones, sino también determinar las respectivas sanciones. Asimismo, controvierten la recalificación de ambos cargos como infracciones de carácter leve y sostienen que las resoluciones de la SMA carecerían de fundamentación para descartar su clasificación como graves o gravísimas.
Del mismo modo, el documento expresó que la reclamación también cuestiona el cumplimiento de la sentencia respecto del Sistema de Manejo de Aguas del proyecto Pascua Lama. Los agricultores sostienen que permanece vigente la obligación de construir dicho sistema en los términos establecidos en las autorizaciones ambientales del proyecto y controvierten la interpretación de la SMA, según la cual la clausura definitiva sería incompatible con su implementación íntegra.
De acuerdo con estos antecedentes, los reclamantes solicitan al Primer Tribunal Ambiental acoger la acción, revocar la resolución reclamada y ordenar a la SMA cumplir conforme a derecho lo resuelto en la sentencia del 17 de septiembre de 2020.
La causa fue admitida a tramitación por pate del tribunal, y se solicitó a la SMA informar respecto de los fundamentos de su decisión y acompañar los antecedentes respectivos.