Suprema pone fin a litigio sobre legalidad de acuerdo que ejecuta la Estrategia Nacional del Litio

Ene 29, 2026

El máximo tribunal desestimó el recurso interpuesto por la empresa Tianqi y concluyó que no existe irregularidad en los actos administrativos de la CMF relacionados con el acuerdo suscrito entre Codelco y SQM.

La Corte Suprema confirmó la plena legalidad del acuerdo celebrado entre Codelco y SQM en el marco de la Estrategia Nacional del Litio, desestimando en su totalidad el recurso interpuesto por la empresa Tianqi.

Con esta resolución, el máximo tribunal ratificó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que, en noviembre pasado, ya había rechazado el reclamo de ilegalidad presentado contra las decisiones de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) que permitieron avanzar en la explotación conjunta de litio en el Salar de Atacama.

El Consejo de Defensa del Estado (CDE) tuvo un rol central y decisivo en este proceso. La defensa fiscal, liderada desde el más alto nivel institucional, fue acogida íntegra y consistentemente por ambas instancias judiciales. Su presidente, Raúl Letelier, asumió directamente el patrocinio de la causa, atendida la relevancia del litigio para el interés público y para la ejecución de la Estrategia Nacional del Litio.

El CDE sostuvo, de manera técnica y fundada, que los actos de la CMF se ajustaron plenamente a sus competencias y a la normativa vigente, tesis que fue ratificada por el máximo tribunal.

Al respecto, Letelier expresó que «valoramos profundamente la sentencia de la Corte Suprema, que vuelve a confirmar la corrección en el ejercicio de las potestades del Estado de Chile para desplegar una política pública esencial para el desarrollo del país».

A ello, el presidente del CDE añadió que «la sentencia valida nuestra posición jurídica y reafirma que la CMF no incurrió en ilegalidad alguna en validar la forma en que se llevó a cabo el acuerdo entre Codelco y SQM para la explotación de litio», añadió.

La Corte Suprema determinó que el recurso presentado por la empresa Tianqi carecía de uno de los requisitos esenciales para su procedencia: la identificación clara y precisa de las normas supuestamente infringidas. El tribunal apuntó que la apelación no desarrolló adecuadamente las disposiciones legales pertinentes, particularmente aquellas contenidas en la Ley N° 18.046, sobre Sociedades Anónimas, dejando sin sustento jurídico las restantes alegaciones e incurriendo en contradicciones internas.

De esta forma, el máximo tribunal concluyó que no existe ilegalidad en los actos administrativos de la CMF relacionados con el acuerdo suscrito entre Codelco y SQM, validando así el diseño institucional y regulatorio que permite la materialización de la Estrategia Nacional del Litio.

Desde el CDE destacaron que la decisión de la Suprema reafirma la labor del Consejo como garante jurídico del interés público. En un litigio de alta sensibilidad económica y estratégica, el CDE asumió una defensa activa, técnica y consistente, asegurando la continuidad de una política pública de alcance nacional.

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