(MCH) El envío al Congreso de un proyecto que deroga la Ley Reservada del Cobre, estableciendo un nuevo sistema de financiamiento para las Fuerzas Armadas, es un esperado paso adelante en la normalización de la institucionalidad de Chile. En efecto, la posibilidad de que el financiamiento de la adquisición de armamento no provenga de una fuente específica y que sea tratado dentro del presupuesto nacional agrega transparencia y legitimidad a la acción de las Fuerzas Armadas, tanto en el país como el cada vez más inevitable ámbito internacional.
Tanto o más importante, Codelco quedaría liberado de una limitación evidente que representa una desventaja en aspectos concretos de su acción, así como para su eventual internacionalización en países vecinos.
Los orígenes de la Ley Reservada del Cobre pueden encontrarse en 1938, en las leyes Nº 6.152, 6.159 y 6.160 que ya asignaban de manera reservada recursos específicos a la defensa nacional. Posteriormente, la Ley N° 7.144 en 1942 creó el Consejo Superior de Defensa Nacional (Consudena) y autorizó a la Caja de Amortización de la Deuda Pública a entregarle recursos provenientes de la diferencia de valorización del tipo de cambio aplicado a la Gran Minería del Cobre (inferior al tipo de cambio libre). En 1955, la Ley N° 11.828 conocida como “Nuevo Trato del Cobre”, eliminó el aporte a Consudena pero estableció la entrega de divisas de compañías extranjeras productoras de cobre al Banco Central, sin embargo, en 1958 la Ley N° 13.196 superó la norma anterior introduciendo un gravamen de 15% a las utilidades de la minería del cobre con el fin de financiar directamente a las FF.AA., estableciéndose un mínimo de US$8,5 millones.
Luego de la nacionalización, durante el régimen militar, se estableció por primera vez la versión moderna de esta ley a través del DL 1.530 de 1976, con modificaciones en 1985 y 1987, cuerpos legales que establecieron el tributo especial a Codelco con el 10% del ingreso por exportaciones, con variaciones en el tiempo en cuanto a la inclusión de los subproductos, el piso exigido para el aporte (independientemente de los resultados de Codelco) y el grado de autonomía de las Fuerzas Armadas en la disposición de los recursos.
Este breve repaso del recorrido de esta ley y sus variaciones en el tiempo sugiere que Chile ha acudido a mecanismos especiales para solventar la adquisición de armas para las Fuerzas Armadas, lo que revelaba más bien la precariedad del Estado para acometer esta tarea con normalidad a través de procedimientos presupuestarios regulares. Es por esto que cobra relevancia el paso que se da hoy al otorgar un marco estable y regular a un tema tan importante y sensible para el país. Si bien el marco que se quiere modificar es valorado por algunos sectores por ser cómodo y funcional al generar un flujo anual asegurado, los beneficios para las FF.AA. serían mucho mayores en el largo plazo pues dejarían atrás la precariedad histórica de su fuente de financiamiento de armamento y mejorarían su imagen y la del país.
Finalmente es importante destacar las restricciones que esta Ley Reservada produce en Codelco, con el fin de apreciar las ventajas que obtendría el país al derogarla. En primer lugar, desincentiva la compra de productos no refinados y concentrados en el país, al gravar en 10% los ingresos de la exportación de estos, con lo que Codelco tiene desventajas para adquirir material para sus fundiciones. En segundo lugar, al ser este 10% un impuesto a las ventas y no a las utilidades, genera un impacto mayor que el de otros impuestos sobre la renta porque no tiene relación con los costos totales incurridos en la venta de los productos. Esto es de especial preocupación para Codelco en las épocas de precios bajos del cobre y aumento de los costos, sobre todo porque estos últimos se ajustan de manera más lenta que los primeros. Y en tercer lugar, la imagen internacional de Chile se compromete al no existir debate ni aprobación del presupuesto de las Fuerzas Armadas en el Congreso, lo que resulta inviable en el camino de fuerte posicionamiento internacional de Chile. Esto repercute directamente en Codelco, como empresa que debe competir globalmente y que, por tanto, debe enfrentar un entorno cada vez más activo en el respeto a normas de transparencia. Aún más evidente es esta limitación para Codelco en el caso de querer desarrollarse en los países vecinos.
Fuente / MCH.