Empresa minera de Tarapacá ingresa proyecto al SEIA

La iniciativa se desarrolla en la comuna de Pozo Almonte, provincia de El Tamarugal.

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La Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de Tarapacá acogió a trámite la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de la iniciativa denominada «Modificación del Proyecto Ampliación Planta Producción de Yodo Soledad», presentado por Sociedad Contractual Minera PSol.

Con una inversión de un millón de dólares, dicho DIA tiene como finalidad someter a evaluación ambiental la actual ubicación de la Planta Química, Barrio Cívico e instalaciones auxiliares, incluyendo la Subestación Eléctrica, localizadas en un área distante 150 m al noreste del área de emplazamiento originalmente autorizada, y la operación de la piscina de alimentación (ex piscina Olímpica), indicada como fuera de servicio en la RCA N°1/2013. Lo anterior, en cumplimiento del Plan de Cumplimiento (PDC) aprobado por Res. Ex.  N° 4 / Rol D-208-2024 de la SMA.

En el expediente ambiental se detalla que Faena Soledad es un proyecto minero cuyo origen es anterior a la entrada en vigencia del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La operación de Faena Soledad cuenta con autorización sectorial de Sernageomin, otorgada mediante las Resoluciones Nº1201/1996 y Nº804/1999, que se adjuntan en Anexo 1-2 de la presente DIA.

El año 2013, mediante la RCA N°1/2013, se calificó favorablemente desde el punto de vista ambiental la DIA del proyecto “Ampliación Planta Producción de Yodo Soledad” que consideraba la construcción y operación de las instalaciones necesarias, en las unidades productivas mina, circuito de lixiviación y planta química, para el aumento de producción en planta química de 770 a 2.500 t/año de yodo equivalente, contenidas en la solución concentrada de yoduro.

El proyecto, que se desarrolla en la comuna de Pozo Almonte, provincia de El Tamarugal, se somete a evaluación en virtud del artículo 2, literal g.3) del RSEIA, por cuanto constituye una modificación que introduce “cambios de consideración” al proyecto originalmente aprobado. En seguida, pues constituye una obligación asumida por este titular, en virtud del PDC presentado y aprobado por la Superintendencia del Medio Ambiente, mediante Res. Ex.  N°4 / Rol D-208-2024.

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