“Los fallos de tribunales sólo se refieren al cual se pronuncian. Hemos visto que en casos que son aparentemente similares, se dictan fallos distintos”. Las palabras del ministro de Justicia, Carlos Maldonado, son cautelosas sobre el pronunciamiento que efectuará la Tercera Sala de la Corte Suprema en el enfrentamiento por subcontratación entre la Dirección del Trabajo (DT), Codelco y Escondida.
Pero, asesores de las mineras esperan que el máximo tribunal mantenga su postura y replique el fallo que dio la razón a Cerro Colorado, de BHP Billiton. La misma sala que redacta la sentencia para Codelco y Escondida -que se espera sea divulgado en las próximas horas- cuestionó el actuar de la Dirección del Trabajo, que pedía a la minera regularizar los contratos de cerca de 100 subcontratistas.
En ese fallo, los ministros Adalis Oyarzún, Héctor Carreño, Arnaldo Gorziglia y Rafael Gómez votaron a favor de la minera. “La fiscalizadora actuó determinando, por sí, la existencia de una vinculación laboral”, dice el fallo, recalcando que esta labor sólo compete a tribunales. El ministro Pedro Pierry marcó el voto disidente. Las causas de Codelco y Escondida tienen a cuatro jueces idénticos a los del fallo de Cerro Colorado. La única diferencia es que el abogado integrante Rafael Gómez fue objetado por la DT al inicio de los alegatos, siendo reemplazado por Sonia Araneda.
Un abogado conocedor del caso de Codelco comenta que si bien la jurisprudencia en Chile no marca una pauta a seguir, sí es significativo que los mismos jueces se pronuncien respecto de una causa similar, pues los criterios a utilizar deberían ser los mismos.
“Un fallo más”
En la DT el dictamen fue tomado con tranquilidad. “La Suprema no ha sido uniforme en sus sentencias. Este es un fallo más dentro de los múltiples en esta materia”, dijo Patricia Silva, directora del Trabajo. No obstante, recalcó que es necesario que el organismo cuente con facultades explícitas para denunciar ante tribunales estos casos y que ellos diriman finalmente si existen casos de suministro.
Silva agregó que la Suprema ha fallado a favor de la DT en casos de suministro. El 27 de febrero, la empresa Saam Contenedores, que opera en el puerto de Valparaíso, impugnó seis actas de constatación, pero el tribunal reconoció la facultad del ente fiscalizador. La Corte de Apelaciones de Santiago indicó que el ente tenía la facultad de fiscalizar el cumplimiento de la normativa.
Fuente / La Tercera