










domingo 5 de febrero, 2023
María Isabel González, vicepresidenta del Instituto de Ingenieros de Minas, analizó la decisión del Tribunal Ambiental de Valdivia de prohibir el uso de tronaduras en la faena, y la importancia de que la institucionalidad considere tanto el componente técnico como el ambiental.
La decisión fue adoptada por la Tercera Sala del máximo tribunal del país.
La semana pasada, Minera Dominga volvió a ocupar páginas de la prensa con la renuncia a construir un nuevo puerto en la zona de La Higuera para viabilizar su proyecto. Una idea que había estado previamente sobre la mesa impulsada por Iván Garrido, con el fin de reestructurar la iniciativa, antes de retirarse de la compañía, en diciembre pasado.
La empresa lo informó a través de un hecho esencial.
En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal estableció que las resoluciones impugnadas erraron al no considerar informe antropológico.
El tribunal ordenó a la empresa el pago de US$304.620 por concepto de daño emergente.
La sentencia de la Suprema coincide con la del Segundo Tribunal Ambiental, que confirmó a su vez lo resuelto por la Comisión de Evaluación Ambiental de Atacama y por el Comité de Ministros.
El tribunal rechazó el recurso de casación en el fondo deducido por la sociedad en contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
Abogado de la Universidad Diego Portales y doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca (España), cuenta con un Diploma de Estudios Avanzados con Mención en Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales, por la Universidad de Salamanca.
Daniel Guevara señala que la Corte Suprema está robusteciendo las atribuciones del Tribunal Ambiental, pero este no cuenta con las herramientas técnicas para emitir un juicio.