SVS formula cargos a 4 ejecutivos de firmas

Superintendencia informó de la resolución por el interés público en el caso y dijo que sigue investigando hechos que pueden involucrar a otras personas.

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(El Mercurio) Tras casi un año y medio de investigación, la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) informó que el pasado 6 de septiembre formuló cargos en contra de cuatro ejecutivos ligados a las «sociedades cascada» con las que Julio Ponce controla SQM, por transacciones accionarias de estas firmas realizadas en bolsa entre 2009 y 2011.

La entidad liderada por Fernando Coloma estimó que, presuntamente, Julio Ponce, Aldo Motta, Patricio Contesse Fica -hijo del gerente general de SQM, Patricio Contesse González- y Roberto Guzmán Lyon habrían cometido diversas infracciones a las leyes de Mercado de Valores y de Sociedades Anónimas.

Según explicó en un comunicado, la SVS presume la existencia de un esquema, estructurado a base de reiteradas operaciones de inversión y financiamiento en bolsa, que habría llevado a que las «sociedades cascada» proveyeran a las diferentes sociedades relacionadas a Julio Ponce y, en menor medida, a firmas ligadas a Roberto Guzmán, de acciones de Oro Blanco, Calichera-A y SQM-B. Esto, a precios que, en general, pueden ser entendidos como «bajo mercado» y en condiciones que imponían barreras a la participación de un mayor número de inversionistas.

Estas sociedades, continúa el texto, vendían tiempo después dichas acciones a precios significativamente mayores a los que las habían comprado y en condiciones de precios que, la mayoría de las veces, podrían ser considerados «sobre mercado», siendo las contrapartes de estas operaciones, en su mayoría, las propias «sociedades cascada».

«Lo anterior daría cuenta de la realización de prácticas que no habrían perseguido el interés social de las sociedades cascada, pudiendo incluso vislumbrarse como contrarias al mismo y que, por otra parte, habría afectado el correcto funcionamiento del mercado de valores, basado principalmente en la confianza del público inversor y en la transparencia del mismo», dijo.

El regulador indicó que decidió hacer pública esta información -pese a que la regla es la reserva- dado el interés público de los inversionistas comprometidos en el caso. Esta publicidad también fue aplicada en la formulación de cargos por los casos de La Polar y FASA.
Los ejecutivos aludidos tendrán 20 días hábiles para presentar sus descargos y solicitar, si lo estiman, la apertura de un período de prueba. Mientras, la SVS dijo que sigue analizando hechos que pueden involucrar a otras personas y entidades.

Antecedentes

La investigación de la SVS se inició a comienzos de 2012, cuando el regulador informó que se apersonaría en las oficinas de estas sociedades para recabar información financiera y, un mes después, ordenó ajustar los balances de 2011 por transacciones de acciones que no se ajustaban a la normativa contable IFRS, y suspendió las juntas ordinarias de accionistas de estas firmas que se celebrarían en esas fechas.

Más tarde se generó una disputa que se extiende hasta hoy entre Julio Ponce y los accionistas minoritarios de la «cascada» -como Moneda Asset Management y las AFP Habitat, Capital, Cuprum, Planvital y Provida- que han requerido que las sociedades informen sobre transacciones accionarias entre firmas relacionadas realizadas entre 2009 y 2012.

Consultados respecto de si esto podría presionar los títulos de SQM y la «cascada», expertos de mercado estimaron que no habría mayor impacto ni en las acciones de la minera no metálica ni de las sociedades ligadas a ella.

«El Mercurio» contactó a Julio Ponce y le consultó sobre su versión al respecto, pero el empresario declinó referirse al tema.

Eventuales multas

Los involucrados arriesgan sanciones de la SVS desde censura hasta multas por persona equivalente a 15 mil UF.

El detalle de los cargos:
Julio Ponce Lerou. Presidente y controlador de Norte Grande, Oro Blanco, Pampa Calichera, Potasios, Nitratos, Inversiones SQ e Inversiones SQYA.

Presunta infracción al numeral 1 del artículo 42 de la Ley de Sociedades Anónimas, que establece la prohibición de proponer modificaciones de estatutos y acordar emisiones de valores mobiliarios o adoptar políticas o decisiones que no tengan por fin el interés social.

Presunta infracción al numeral 7 del artículo 42 de la Ley de Sociedades Anónimas, que establece la prohibición de practicar actos ilegales o contrarios a los estatutos o al interés social o usar de su cargo para obtener ventajas indebidas para sí o para terceros relacionados en perjuicio del interés social.

Presunta infracción al Título XVI de la Ley de Sociedades Anónimas sobre operaciones entre partes relacionadas.
Presunta infracción al inciso segundo del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, que establece la prohibición de efectuar transacciones o inducir, o intentar inducir, a la compra o venta de valores, regidos o no por esta ley, por medio de cualquier acto, práctica, mecanismo o artificio engañoso o fraudulento.

Presunta infracción al inciso primero del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, en cuanto a que es contrario a dicho cuerpo legal efectuar cotizaciones o transacciones ficticias respecto de cualquier valor.

Aldo Motta Camp. Gerente general de Norte Grande, Oro Blanco y Pampa Calichera desde agosto de 2009 a la fecha, a excepción de Oro Blanco, cargo al que renunció en mayo de 2013, siendo además gerente general de Potasios hasta septiembre de 2011 y gerente general de Inversiones SQ e Inversiones SQYA desde agosto de 2009 hasta mediados de 2011.

Presunta infracción al numeral 1 del artículo 42 de la Ley de Sociedades Anónimas, que establece la prohibición de proponer modificaciones de estatutos y acordar emisiones de valores mobiliarios o adoptar políticas o decisiones que no tengan por fin el interés social.

Presunta infracción al numeral 7 del artículo 42 de la Ley de Sociedades Anónimas, que establece la prohibición de practicar actos ilegales o contrarios a los estatutos o al interés social o usar de su cargo para obtener ventajas indebidas para sí o para terceros relacionados en perjuicio del interés social.

Presunta infracción al Título XVI de la Ley de Sociedades Anónimas sobre operaciones entre partes relacionadas.
Presunta infracción al inciso segundo del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, que establece la prohibición de efectuar transacciones o inducir, o intentar inducir, a la compra o venta de valores, regidos o no por esta ley, por medio de cualquier acto, práctica, mecanismo o artificio engañoso o fraudulento.

Presunta infracción al inciso primero del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, en cuanto a que es contrario a dicho cuerpo legal efectuar cotizaciones o transacciones ficticias respecto de cualquier valor.

Roberto Guzmán Lyon. Asesor de Julio Ponce. Presunta infracción al inciso segundo del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, que establece la prohibición de efectuar transacciones o inducir, o intentar inducir, a la compra o venta de valores, regidos o no por esta ley, por medio de cualquier acto, práctica, mecanismo o artificio engañoso o fraudulento.

Presunta infracción al inciso primero del artículo 52 de la Ley de Mercado de Valores, en cuanto establece que es contrario a la ley efectuar transacciones en valores con el objeto de estabilizar, fijar o hacer variar artificialmente los precios.

Patricio Contesse Fica. Gerente general de Potasios desde septiembre de 2011 hasta diciembre de 2012.

Presunta infracción al numeral 1 del artículo 42 de la Ley de Sociedades Anónimas, que establece la prohibición de proponer modificaciones de estatutos y acordar emisiones de valores mobiliarios o adoptar políticas o decisiones que no tengan por fin el interés social.

Presunta infracción del numeral 7 del artículo 42 de la Ley de Sociedades Anónimas, que establece la prohibición de practicar actos ilegales o contrarios a los estatutos o al interés social o usar de su cargo para obtener ventajas indebidas para sí o para terceros relacionados en perjuicio del interés social.

Presunta infracción al Título XVI de la Ley de Sociedades Anónimas, que dice relación con operaciones entre partes relacionadas.

Reacciones de minoritarios

Ante la resolución de la SVS, AFP Cuprum señaló que «es muy interesante que la SVS, después de tomarse largo tiempo luego de las consultas de las AFP, haya decidido hacer público los motivos de sus cargos, que son presunciones».

Además, afirmó que las inversiones de las AFP en todas las empresas de este grupo son menores desde el punto de vista del total de recursos administrados, habiendo reducido la exposición a esos títulos en el último tiempo.

Por su parte, desde Moneda Asset Management, el abogado Pedro Pablo Gutiérrez señaló: «Los cargos formulados por la SVS dan cuenta de operaciones que a los ojos de la Ley de S.A. y de Valores constituyen infracciones gravísimas. Algunas de estas infracciones son constitutivas de delitos sancionados con penas que llegan hasta los diez años de presidio», dijo. Y agregó: «Al no conocer los detalles de las operaciones cuestionadas, no podemos aventurar mayores comentarios».

Fuente / El Mercurio

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