Nueva ley logró bajar en 15% la tasa de accidentes en empresas subcontratistas

Investigación de la Mutual de Seguridad concluyó, además, que estas firmas son las que tienen la mayor tasa de accidentes laborales.

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(La Segunda) El impacto de la Ley de Subcontratación, a casi seis años de su entrada en vigencia, midió un estudio de la Mutual de Seguridad CChC.

La investigación -que se realizó en 1.727 empresas contratistas adherentes a la institución, de los sectores productores de bienes y transporte- concluyó que esta regulación logró reducir en 15% su tasa de accidentabilidad laboral entre 2007 y 2010.

La ley generó una baja promedio del nivel de accidentes de las empresas contratistas de 1,34 puntos porcentuales entre esos años, desde una tasa de accidentabilidad inicial en 2007 de 9,1 puntos.

Según la gerente de Innovación, Investigación y Desarrollo de la Mutual, María Elisa León, los efectos sobre la reducción de la accidentabilidad y la mejora en la seguridad de las empresas contratistas tienen una serie de explicaciones. Una de las más importantes es que la regulación atribuye responsabilidad directa de las empresas principales en los accidentes de los trabajadores subcontratados, por lo que han incorporado este factor en sus licitaciones y otros procesos. Esto, a su vez, ha obligado a las empresas contratistas a robustecer sus políticas relacionadas a la seguridad.

Las empresas con mayores accidentes laborales
Pese a la reducción en la tasa de accidentabilidad, el estudio también comprobó una situación que hasta la fecha sólo era un supuesto fundado en accidentes emblemáticos en la construcción e información entregada por algunas grandes mineras: las contratistas son las empresas con mayores accidentes laborales en el país.

En 2010 la tasa media anual de accidentes de las contratistas adherentes de la Mutual en todos los sectores económico alcanzó un 6,6, indicador que -aún mostrando una disminución desde la tasa de 7 en 2007- resultó superior al registrado ese mismo año por las empresas mandantes (4,2), aquellas que no se relacionan con la subcontratación (6,5) y aquellas que en ocasiones cumplen el rol de mandantes o de contratistas (5,2).

Fuente / La Segunda

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