Gabriel Zaliasnik: Superintendente tiene una «inhabilidad moral» para resolver Caso Cascada

Ago 22, 2014

Durante la instancia del miércoles, diputados como el DC Ricardo Rincón trataron de mentiroso al titular de la SVS, Carlos Pavez, luego de un documento que presentó Zaliasnik que evidenciaba la participación del regulador en la primera etapa de investigación.

(Pulso) El abogado de Roberto Guzmán, Gabriel Zaliasnik, fue protagonista de una de las sesiones más tensas de la comisión investigadora del Caso Cascada. Durante la instancia del miércoles, diputados como el DC Ricardo Rincón trataron de mentiroso al titular de la SVS, Carlos Pavez (dicha sesión fue la primera a la que asistió el diputado, de un total de seis), luego de un documento que presentó Zaliasnik que evidenciaba la participación del regulador en la primera etapa de investigación, en circunstancias que éste negó a la comisión su previa participación en el caso.

El papel era un requerimiento de información a las corredoras de bolsa Banchile, CorpBanca, LarrainVial y Santander, sobre las operaciones de Guzmán en las acciones de la cascada. Eventualmente podría incidir en la capacidad sancionatoria de Pavez, según expone el abogado, considerando la separación de funciones que debe haber tanto en el área investigativa como sancionadora.

¿Este documento inhabilita a Pavez para una eventual sanción?

No lo tengo claro. No estoy en condiciones de validar que esté inhabilitado, porque de alguna manera nos reservamos los derechos para más adelante. Pero creo que desde el punto de vista de potencial conflicto de interés, creo que sí tiende a inhabilitarlo porque en la praxis de la SVS quienes investigan, y según dijo el propio Pavez, no son los mismos que participan en el comité que sanciona por una noción de debido proceso.

Uno tendería a pensar que si él piensa eso, hay una inhabilidad moral o personal, quedando a juicio de él cómo debe resolverla.

Ahora, desde el punto de vista de la ley de las bases de administración, en el artículo 53 efectivamente en el ejercicio de la recta función pública, supone el cumplir con el principio de probidad e imparcialidad. Si es que el superintendente no pudiera ser imparcial, estaría inhabilitado.

Lo que tiene relevancia no es que él haya estado en los cuatro oficios del ACME (Área de Cumplimiento de Mercado), sino lo que me hace ruido es el porqué señaló no haber estado en la investigación cuando él está llamado a resolver. Uno tiene el legítimo derecho de dudar de que él pueda estar en condiciones de resolver imparcialmente, pero ésta es sólo una opinión personal.

¿Hay alguna norma que establezca su inhabilidad en este caso?

En el área de seguros existe una circular que separa las atribuciones de las áreas de investigación con las de sanción. Creemos que debe haber una circular similar en el área de Valores. Pues en la práctica la SVS funciona con esa lógica, el ACME investiga y el comité de sanciones resuelve. Por lo tanto, surge la duda de si en esta ocasión respetarán esa praxis o por haberse dado esta situación coyuntural en que quien fue encargado de la investigación en su momento, puede ahora ser también quien resuelva si los cargos tenían o no mérito.

A su juicio, ¿cambia esta situación considerando que las respuestas de estos oficios llegaron cuando él ya estaba en la Sbif?

A esas alturas, para que se despachen esos oficios es porque la unidad que estaba investigando el Caso Cascada ya tenía formada una convicción de que había un presunto esquema. De no haber sido así, no había razón para pedir antecedentes de operaciones de Roberto Guzmán en las acciones de la cascada, y podría haberlo hecho con cualquier otra persona. Pero resulta que Guzmán termina siendo involucrado como, según llama la SVS, una sociedad vinculada. Por tanto, es evidente que a esa altura la unidad que estaba a cargo de la investigación ya tenía una tesis de trabajo que consistía en este esquema de operaciones que si bien individualmente son legales, en su conjunto podrían tener un vicio o constituir algún tipo de infracción.

¿Qué piensan hacer con esta información, acudir a otras instancias como la Corte de Apelaciones?

No hemos tomado una decisión porque dependerá mucho de qué es lo que defina la SVS en relación a esto. Si se inhabilita Pavez no tenemos por qué ir a algún lado. Tenemos que tomar la decisión a su tiempo. En lo inmediato, lo que hemos hecho fue llamar la atención sobre una situación que produce ruido en un contexto de constantes infracciones al debido proceso a lo largo de la investigación.

¿Tienen más documentos con la firma de Pavez?

No, pero estamos revisando el expediente, esta vez con un celo distinto.

¿Y si Pavez delega la misión de una eventual sanción, por ejemplo el intendente?

No lo sé, tendría que resolver Hernán López no más.

¿Pero eso les genera ruido?

En caso de que cualquier autoridad se inhabilite para una determinada situación, es el subrogante el que está llamado a resolver.

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