(Ministerio de Minería) El ministro de Minería, Santiago González, participó en el IV Encuentro Minero binacional, junto al Secretario de Minería de la República Argentina, Jorge Mayoral, el presidente de Sonami Alberto Salas, Bruno Ardito presidente de la Cámara Chileno Argentina quienes analizaron en conjunto el significado que ambas naciones suscriben en el Tratado de Integración y Complementación Minera suscrito en el año 1997, su desarrollo actual y perspectivas futuras.
«Este Tratado, y su Protocolo Complementario, se inscriben y tienen como antecedente uno de los hitos más importante de la historia en común entre Chile y Argentina, me refiero al Tratado de Paz y Amistad de 1984, que no sólo vino a resolver un problema limítrofe concreto, sino que, además, a fijar las bases e impulsar la integración física y la cooperación económica entre nuestros países» sostuvo la principal autoridad minera del país.
Dentro del marco jurídico fijado por el Tratado de Paz y Amistad, el 2 de abril de 1991, Chile y Argentina firman el Acuerdo de Complementación Económica N°16, al que se anexa el Protocolo Minero N°3, por medio del cual ambas Partes coinciden en «la conveniencia de asegurar, en los casos en que las circunstancias lo permitan, el aprovechamiento conjunto de los recursos que se extienden a ambos lados de la cordillera, de tal modo que su exploración y posterior explotación se lleve a cabo en forma racional e integrada, aplicando las normas prácticas de una minería más avanzada.»
De esta forma, Chile y Argentina emprendieron un trabajo conjunto destinado a ampliar las bases de la complementación entre los dos países y a crear un marco general favorable al inicio de nuevas actividades económicas.
Para abocarse a tres ámbitos específicos, esto es, la geología, la legislación y la facilitación fronteriza, se constituyeron sendas comisiones que, luego de realizar intercambios de información, concluyeron en que sólo sería posible el desarrollo de proyectos mineros que requieran de actividades y operaciones a ambos lados de la frontera, mediante la adecuación de los regímenes legales internos. Es así que los Gobiernos de Chile y Argentina se comprometieron a introducir modificaciones en sus respectivas legislaciones, para flexibilizar las normas que presentaban obstáculos al desarrollo de las inversiones mineras recíprocas.
Santiago González destacó que «es importante que el Tratado preserva la legislación interna de cada país, en lo que respecta a su orden económico. A la Comisión Administradora le corresponde un rol muy importante en lo que se refiere a las facilitaciones fronterizas, actividades transfronterizas, a la posibilidad de constituir servidumbres que le sean solicitadas, como también a formular las recomendaciones pertinentes. Ellas constituyen una suerte de habilitación que permitirá al interesado iniciar procedimientos a efectos de accionar ante los organismos competentes del país para la constitución de derechos con total sujeción a su normativa interna».
El ministro de Minería chileno aseguró que «cuando se firmó este Tratado se buscó, principalmente, el florecimiento de muchos activos mineros con características geológicas similares, ubicados en las zonas cordilleranas delimitadas en el mismo Tratado, las que no se exploraban ni explotaban por las trabas que presentaban las legislaciones de ambos países. La existencia de un gran potencial para la explotación minera y lo estratégico del ámbito territorial del Tratado hacen que esa zona ofrezca mayores posibilidades y ventajas para el desarrollo de una labor conjunta».
Consecuentemente, este Acuerdo Internacional fue concebido, en primer lugar, como un instrumento para el desarrollo de proyectos que por su naturaleza requieren del apoyo de elementos de integración fronteriza, así como del otorgamiento del trato nacional y que, como tal, admiten ser evaluados en cuanto a su impacto potencial para el desarrollo económico y social, particularmente en las Regiones donde se localicen.
En segundo lugar, constituye un mecanismo de promoción para el desarrollo de la zona fronteriza. En tal sentido, pretende fortalecer la presencia de actividades económicas y de la administración del Estado en dicha zona fronteriza, lo cual tiene un impacto positivo en materia de integración territorial y seguridad.
En tercer lugar, fue considerado como un instrumento que permitiera agregar competitividad a ambas economías, toda vez que determinados proyectos pueden trabajar con economías de escala de mayor dimensión, como, asimismo, potenciar ciertos factores geográficos y atraer inversiones.
Finalmente, fue concebido como un medio activo para incentivar la participación coordinada de ambas Partes en los foros económicos internacionales en los cuales se traten materias mineras.
El Secretario de Estado declaró que «la convicción y decisión de avanzar en esta materia por parte de las autoridades chilenas y argentinas ha llevado a que a esta fecha existan cinco proyectos mineros amparados bajo el Tratado de Integración y Complementación Minera, como son: Pascua Lama, El Pachón, Vicuña, Amos Andrés y las Flechas, cada uno de ellos con diferentes estados de avance y con una inversión estimada de más de 7.500 millones de dólares para los próximos 10 años. Asimismo, una nueva solicitud de Protocolo Adicional Específico se realizó el presente año por los titulares del Proyecto Cerro Cuadrado».
En el caso particular del Proyecto Pascua Lama, su Protocolo fue suscrito en el año 2004. En el marco del Tratado y con el objeto de avanzar en aquellos temas de mayor complejidad, se creó un subgrupo de trabajo de asuntos tributarios para tratar las materias referidas a las actividades o servicios transfronterizos indivisibles relacionados al Proyecto. En abril del presente año, luego de un intenso trabajo, el subgrupo alcanzó un acuerdo y emitió un informe.
Así, en el acuerdo alcanzado se hace una definición de las actividades o servicios transfronterizos indivisibles y una enumeración no taxativa de las mismas, indicándose su tratamiento tributario y su forma de implementación.
Santiago González entregó su confianza en el futuro del futuro de ambas naciones «confiamos que sean muchos más los proyectos binacionales que se acojan al Tratado de Integración y Complementación Minera y que, en definitiva, la actividad minera continúe siendo una herramienta que permita alcanzar un mayor desarrollo económico para nuestros pueblos, y sobre todo, un instrumento para mejorar las condiciones de vida de nuestros connacionales».
Fuente / Ministerio de Minería.