El máximo tribunal ratificó por 4 a 1 el fallo de la Corte de Apelaciones que acogió el recurso interpuesto por Cerro Colorado en contra de la Dirección del Trabajo. La resolución podría sentar precedente frente a dictámenes pendientes en casos de mineras como Codelco y Escondida.
La Corte Suprema acogió el recurso de protección interpuesto por la Compañía Minera Cerro Coloradoen contra de la Dirección del Trabajo por la interpretación de la Ley de Subcontratación realizado por el ente fiscalizador, ratificando así la sentencia anterior de la Corte de Apelaciones.
Se trata del primer fallo del máximo tribunal en este ámbito tras la fiscalización a las empresas mineras, el que podría sentar precedente frente a los dictámenes pendientes en la Corte Suprema por las diferencias entre las firmas mineras como Codelco y Minera Escondida, y la Dirección del Trabajo.
La compañía minera cuestionó el accionar de la Dirección del Trabajo argumentando que por ser un organismo administrativo, no podía establecer la existencia de una relación laboral, pues ello es una prerrogativa exclusiva de los tribunales.
En este caso la Dirección del Trabajo había estimado que se daba una relación de subordinación y dependencia de los trabajadores subcontratistas con la Compañía Minera Cerro Colorado, no obstante exigir respecto de todos ellos contratos de trabajo con la sociedad Emin Ingnería y construcción S.A., que le presta servicios a la minera, relata el fallo emitido el pasado 5 de mayo por la Tercera Sala de la Corte Suprema.
Fuente / La Tercera