El Ministerio del Medio Ambiente publicó en el Diario Oficial la Resolución exenta número 706, de 2023, por medio de la cual se da inicio al proceso de revisión de normas de calidad ambiental que indica.
Es asà como estable iniciar el proceso de revisión de las siguientes normas de calidad ambiental:
a) DS N° 4, de 1992, del Ministerio de Agricultura, que “Establece Normas de Calidad del Aire para material particulado sedimentable en la cuenca del RÃo Huasco III Regiónâ€;
b) DS N° 136, de 2001, Ministerio SecretarÃa General de la Presidencia, que “Establece Norma de Calidad Primaria para plomo en el aireâ€;
c) DS N° 22, de 2009, de Ministerio SecretarÃa General de la Presidencia, que “Establece Norma de Calidad Secundaria de aire para anhÃdrido sulfuroso (SO2)â€;
d) DS N° 104, de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente, que “Establece Norma de Calidad de aire para Dióxido de Azufre (SO2)â€;
e) DS N° 115, de 2002, de Ministerio SecretarÃa General de la Presidencia, que “Establece Norma Primaria de Calidad de aire para Monóxido de Carbono (CO)â€; y,
f) DS N° 112, de 2002, de Ministerio SecretarÃa General de la Presidencia, que “Establece Norma Primaria de Calidad de aire para Ozono (O3)â€.
En la Resolución del MMA se detalla que se formará un expediente público separado para cada uno de los procesos de revisión.
Además, se fija un plazo de tres meses, contados desde la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, como fecha lÃmite para la recepción de antecedentes sobre la revisión de las Normas de Calidad Ambiental señaladas en el resuelvo primero.
Se define que cualquier persona natural o jurÃdica podrá, dentro del plazo señalado precedentemente, aportar antecedentes técnicos, cientÃficos, sociales y económicos sobre la materia.
Dichos antecedentes deberán entregarse por escrito en la Oficina de Partes del Ministerio del Medio Ambiente o de la SecretarÃa Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región Metropolitana, o bien, en formato digital en las casillas electrónicas habilitadas para tales efectos:
– Rev.secundaria.huasco@mma.gob.cl
– Rev.primaria.plomo@mma.gob.cl
– Rev.secundaria.SO2@mma.gob.cl
– Rev.primaria.SO2@mma.gob.cl
– Rev.primaria.CO@mma.gob.cl
– Rev.primaria.ozono@mma.gob.cl

