La Corte de Apelaciones de Antofagasta responsabilizó al Sindicato 1 de Codelco Norte de la pérdida de más de sesenta millones de pesos, relacionados con una demanda interpuesta por la organización sindical en torno al presunto desvío de parte del dinero correspondiente al arriendo de las cabañas que la entidad gremial tiene en la localidad de Mejillones.
En este sentido, la organización presidida actualmente por Hilario Ramírez detectó que entre los años 2001 y 2005, se produjo un extravío de dinero en torno a las instalaciones ubicadas en la costa de la Región de Antofagasta, por lo que se presentó una demanda contra una secretaria de la asociación, quien había sido acusada de falta de probidad en su calidad de recaudadora de los fondos vinculados a los arriendos. Con estos antecedentes, el Tribunal inició un juicio, el que se desarrolló mayoritariamente durante la presidencia de Mirta Moreno. Durante el proceso declararon varios miembros del Sindicato, incluida la ex mandataria y obviamente la supuesta responsable.
Veredicto
Tras realizar la investigación correspondiente y considerando las declaraciones prestadas, la Corte responsabilizó al Sindicato por los hechos ocurridos, aunque no dio características penales a las acciones desarrolladas en la entidad. En este plano, el Tribunal precisó en un fallo emitido el 4 de mayo del presente año que la gremial cometió errores en lo que respecto a su manejo financiero. «Conforme a lo expuesto, entonces, lógico resulta dar también por acreditado que la parte demandante, en un descuido inaceptable en cuanto al resguardo de sus propios intereses económicos, nunca estableció procedimientos de control suficientes que evitaran la posibilidad de ser defraudada en la forma que efectivamente ocurrió, revelándose la existencia de un desorden general que, en definitiva, permitió que sólo se tomara conocimiento de los dineros faltantes incluso años después de haber ocurrido ello», expresó el fallo.
En concordancia con lo anterior, el Tribunal explicó cuáles fueron algunos de los errores que cometió la organización y que facilitaron el extravío de los fondos reclamados. «Como fluye claramente de los antecedentes aportados por las propias partes y del informe pericial acompañado como medida para mejor resolver, en el proceso de recaudación de los valores correspondientes a los arriendos en comento, se utilizó formularios no numerados y, en ellos, tampoco se exigió identificar a la persona que efectuaba la recaudación».
Implicada
También en cuanto a la determinación adoptada por la Corte de Apelaciones antofagastina, la demandada por el Sindicato en el ámbito de la desaparición de fondos de los arriendos de las cabañas de Mejillones, identificada como Patricia Soledad Valenzuela Núñez, fue absuelta por el tribunal ya que, según se detalla en el documento final, no habían razones para dudar de su conducta. «Por lo anteriormente razonado y concluido, procede rechazar la demanda de autos en todas sus partes toda vez que, como se ha dicho, no existen antecedentes probatorios suficientes para dar por establecida la causa de falta de probidad en que, según la actora, habría incurrido doña Patricia Valenzuela Núñez», dice el octavo punto del fallo.
Pese a lo anterior, el Tribunal estimó que el Sindicato 1 tuvo argumentos suficientes como para recurrir a la justicia por el extravío de los más de sesenta millones acusados. Por este motivo, la Corte decidió no condenar a la organización. «Que no se condena en costas a la parte demandante, por estimarse que tuvo motivos plausibles para litigar», concluye el documento, disponible en la página web del Poder Judicial.
Fuente / La Prensa de Tocopilla