La intención del Ejecutivo de clarificar a través de un proyecto de ley que el royalty “corre a nivel de socio y no a nivel de empresa”, para evitar que se repitan casos como el de Escondida podría dar origen a controversias jurídicas hasta en tribunales internacionales.
Así lo cree el director del Programa Legislativo de Libertad y Desarrollo (LyD), Axel Buchheister. “No tiene sentido y podría dar origen a controversias jurídicas hasta en los tribunales internacionales porque el gobierno debe respetar los contratos celebrados”, advirtió. Y es que asegura que la Ley nº 20.026 que establece el royalty a la actividad minera fue clara sobre la materia.
En el artículo 2º transitorio se señala que “a aquellos inversionistas extranjeros y empresas receptoras de sus aportes que mantengan vigente un contrato de inversión extranjera suscrito con el Estado de Chile conforma a lo dispuesto en el decreto ley nº 600, de 1974, con anterioridad al 1 de diciembre de 2004, no se les aplicará el impuesto específico establecido en al artículo 64 bis de la ley sobre Impuesto a la Renta (royalty), mientras gocen de los derechos contenidos en los artículos 7º y/u 11 bis numerales 1 y 2 del decreto ley nº 600 de 1974.
Una vez vencido el plazo de vigencia de dichos derechos, o una vez que las empresas renuncien a ellos, las empresas receptoras quedarán en todo sujetas al impuesto específico de la actividad minera establecido en el artículo 64 bis de la ley sobre Impuesto a la Renta, vigente a la fecha de extinción de estos derechos”.
En base a ello, Buchheister señala que “se ha presentado -por parte del ministro Nicolás Eyzaguirre- de manera insólita como una triquiñuela y un abuso tomar la primera alternativa, que fue lo que hicieron estas empresas (que tienen participación en Escondida). En realidad ellas estaban en su derecho”.
En efecto, como la japonesa Jeco Corporation que tiene poco más del 10% en Escondida mantuvo la invariabilidad tributaria y paga el 42% correspondiente, queda eximida del royalty. Y siguiendo lo que dice la ley, la empresa tampoco debería pagar royalty, como lo han sostenido Río Tinto y BHP Billiton.
En esa misma línea, pero con la salvedad de que a su juicio se cometió “un absurdo”, el abogado y experto en Derecho Minero, Cristián Quinzo, dijo que en esta discusión hay una equivocación en la interpretación, pues “no son los accionistas los que pagan el royalty, el que paga el royalty es la empresa (…) se ha producido una confusión en esto, porque están hablando con ánimos ‘caldeados’”.
Cambios
Si bien ambos reconocen que el gobierno puede emprender cambios legales en esta materia, advierten que son mayores los costos que los beneficios. “Está complicado porque este proyecto (del royalty) salió bastante parchado. Pero si se les dio esa posibilidad (mantenerse con la invariabilidad del DL 600) creo que tenemos que aceptar las consecuencias. Yo no la habría dado, porque yo tenía una posición más dura frente al royalty, pero si se la dieron hay que aceptarlo no más… las rabietas no llevan a nada”, advierte Quinzo.
Buchheister recalca que la alternativa que se colocó en el artículo 2º transitorio se hizo “porque había que respetar los contratos de inversión extranjera”, y no había otra posibilidad. Dijo que si bien puede ser modificado, puede hacerse “siempre y cuando ello no implique que se lesionen los derechos del inversionista extranjero y si a la empresa le cobran royalty y al inversionista extranjero le cobran el impuesto de 42% eso está lesionando sus derechos porque está pagando más del 42% como tasa total a la renta entre el inversionista y la empresa, por eso es que la ley fue todo o nada, dijo si usted tiene un inversionista que está en 42% no se le cobra royalty”.
Entonces, continuó, “si el ministro tiene algún diseño que permita cobrarle este royalty o impuesto especial a la empresa, sin que eso signifique que la empresa tributa más del 42% lo puede hacer”.
Buena vecindad
Para Quinzo es una mala decisión la que tomó Escondida, aunque la ley se lo permita. “Es una mala decisión de la empresa el no convencer a sus accionistas de que se sometan al impuesto especial de la minería, a la regalía, porque lo que se recauda en ese impuesto tiene un destino específico, que es la innovación que es para lo que Chile requiere fondos (…) Jeco Corporation en un signo de buena vecindad debiera acogerse a lo que dispone la mayoría -que es tributar el royalty- y no, de esa forma, amarrar a Escondida y sacarlo de este impuesto”.
Fuente/El Diario