(Diario Financiero) La Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado por la junta de vigilancia del río Tinguiririca por el uso de sus aguas para la generación de las centrales de pasada La Higuera (155 MW) y La Confluencia (159 MW), un joint venture entre SN Power y Pacific Hydro. En fallo dividido, los ministros de la Tercera Sala revocaron el fallo de la Corte de Apelaciones de Rancagua que había rechazado la acción cautelar.
La resolución determinó que el funcionamiento de las centrales de pasada atenta contra el derecho de propiedad de los recurrentes, debido a las constantes alzas y bajas del caudal que presenta del río Tinguiririca, hecho que ha sido comprobado por la Dirección General de Aguas. También indica que las centrales deben operar cumpliendo las condiciones técnicas con que se aprobaron sus proyectos y respetar los derechos de aprovechamiento de terceros.
“Nuestro principal interés es buscar la mejor coordinación con los regantes para asegurar que la operación de nuestras centrales La Higuera y La Confluencia se efectúe sin afectar sus derechos, permitiéndonos ejercer también los nuestros”, dijo el gerente general de Tinguiririca Energía, Laine Powell.
Miguel Angel Guzmán, de la junta de vigilancia, señaló que con el fallo “tenemos sustento judicial que nos da la razón, que las centrales de pasada no pueden alterar el régimen natural del río”.
Fuente / Diario Financiero