¿Transparencia o discriminación?

Juan Villarzú, Ex presidente ejecutivo de Codelco, ex ministro y máster en Economía

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(La Tercera) El reciente pronunciamiento del Consejo de Transparencia, que dictaminó que Televisión Nacional debía hacer públicos las remuneraciones y beneficios asociados percibidos por sus principales ejecutivos, ha suscitado un amplio debate sobre las posibles consecuencias de esta medida.

Se piensa que se hará extensiva al resto de las empresas públicas, pero aun cuando se reconoce que puede afectar la capacidad de dichas empresas para reclutar o retener a buenos ejecutivos -y, por ende, su competitividad-, se cree que este eventual perjuicio sería más que compensado por los beneficios derivados de un mayor control social en este ámbito.

Llama la atención que este debate se circunscriba al ámbito de las empresas públicas, en circunstancias que la transparencia es un atributo que debiera caracterizar el accionar de todas las personas e instituciones. Se olvida que este tema se convirtió en primera prioridad hace pocos años en Estados Unidos y Europa, al descubrirse que ejecutivos superiores de grandes conglomerados ocultaban o tergiversaban información contable y financiera para mejorar artificialmente los resultados y hacerse acreedores a bonos millonarios y “paracaídas de oro” cuando se retiraban. Abusos similares o peores han quedado al descubierto como consecuencia de la grave crisis financiera que acabamos de sufrir.

Por tanto, es evidente que la necesidad de mayor control social sobre algunas instituciones no se deriva de su condición de estatal o privada, sino más bien de si administran fondos de terceros, sean éstos públicos o no. Es el caso de las empresas públicas, pero también de las AFP, las cajas de compensación, las mutuales de seguridad, los bancos, las sociedades anónimas abiertas y otras.

Asociar el concepto de transparencia sólo al ámbito de lo público (estatal) es restrictivo y discriminador. Dictaminar que TVN debe dar a conocer las remuneraciones y beneficios de sus principales directivos, y no hacer la misma exigencia al resto de los canales, es discriminar en contra del canal público y atentar contra la transparencia. Transparencia significa, desde una perspectiva económica, poder competir en igualdad de condiciones.

De lo anterior se desprende que las normas sobre transparencia debieran ser de aplicación general. Específicamente, si se estima que hacer pública la información sobre remuneraciones de los principales directivos de empresas e instituciones que administran fondos de terceros refuerza la confianza de inversionistas, cotizantes y ciudadanía en general en las instituciones involucradas, lo que corresponde es exigir a todas ellas -no sólo a aquellas de propiedad estatal- que proporcionen dicha información.

Si lo que se busca es evitar abusos en materia de remuneraciones en empresas y ciertas instituciones del Estado, como Televisión Nacional, una alternativa es definir como política de la empresa o institución que las remuneraciones de sus principales directivos se ubicarán, en cada caso, entre determinados percentiles de las remuneraciones del mercado de referencia. Si Televisión Nacional adoptara (o ya aplica) una política como la esbozada, el Consejo de Transparencia podría estimar que lo importante es la política y su cumplimiento, más que el listado de las remuneraciones y beneficios, y dictaminar que se haga pública la política y, periódicamente, un certificado de cumplimiento emitido por un auditor independiente. Esta es una combinación ganadora: transparencia -control social- y competitividad se potencian.

Fuente / La Tercera.

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