Difieren en cambios a normativa minera

Feb 2, 2009

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Las compañías mineras podrían quedar exentas del pago de impuestos, si la iniciativa para reformar la Ley de Minería es aprobada tal y como dictaminó la comisión legislativa del ramo, que de momento ya cuenta con resolución favorable.

La Comisión de Energía y Minas del Congreso emitió el 22 de enero último dictamen favorable a la iniciativa para reformar la Ley de Minería. Esta es una segunda versión de la propuesta inicial, la cual prevé modernizar esa norma.
El dictamen otorga beneficios fiscales a las exportaciones de minerales, mientras que la iniciativa original los consideraba bienes del Estado, y no gozaban de exoneración de impuestos.

Sin embargo, se generó controversia porque algunos legisladores consideran que sería perjudicial para el Estado como va encaminado el dictamen, y otros aseguran que la iniciativa no otorga privilegios.

Para Rosa María de Frade, de la Bancada Guatemala (BG), “queda abierta la posibilidad de que las empresas mineras no paguen impuestos como antes, y eso es lesivo para el Estado”.

Alejandro Sinibaldi, ex presidente de la referida comisión, y quien durante su período otorgó dictamen favorable, difiere con esa postura, con el argumento de que la resolución se apega a la Ley de Supresión de Exenciones, Exoneraciones y Deducciones en Materia Tributaria y Fiscal.

Sin embargo, esta ley establece una lista de excepciones, y dentro de ellas se encuentra la Ley de Maquilas, a la cual ya se han acogido algunas empresas mineras.

Ejemplo de ello es la empresa Montana Exploradora de Guatemala, S.A., filial de la canadiense Goldcorp, que al iniciar en el 2005 operaciones no pagó Impuesto Sobre la Renta.

Mario Fuentes Destarac, presidente del Centro para la Defensa de la Constitución, dijo que debe haber una justificación, y no aplica la Ley de Maquila para que las mineras tengan exenciones.

Otras modificaciones
La repartición de regalías también cambiaría, pues actualmente las empresas mineras deben pagar 1 por ciento del volumen total de su producto comercializado. De ese monto se entrega 50 por ciento al Estado y el resto a la municipalidad de donde se lleve a cabo la extracción.
Con las modificaciones, el Estado recibiría 45 por ciento; la comunidad, 40 por ciento, y el resto, a las municipalidades del país.

Si el dictamen es aprobado, no se tomarán en cuenta las consultas populares de afectados por esa actividad.
Por ello, Sinibaldi subrayó que el carácter de una ley de minería es técnico: “No corresponde entrar a legislar sobre temas puntuales de consultas indígenas”.

Fuente / Prensa Libre – Guatemala

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