(El Mercurio) El artículo 7° del Código de Minería dice que «no son susceptibles de concesión minera los hidrocarburos líquidos o gaseosos, el litio, los yacimientos de cualquier especie existentes en las aguas marítimas sometidas a la jurisdicción nacional, ni los yacimientos de cualquier especie situados, en todo o en parte, en zonas que, conforme a la ley, se determinen como de importancia para la seguridad nacional».
En el caso del litio, la legislación se adoptó por el posible uso futuro del mineral para el desarrollo de material nuclear, particularmente en la fusión atómica. Pero aunque la industria lleva más de 50 años estudiando el tema, recién para 2018 están previstos desarrollos de los primeros exámenes con litio en un reactor de prueba, sin que exista certidumbre de que ello funcionará.
Al respecto, un alto ejecutivo del sector dice que «la política de Chile de mantener al litio como mineral no concesible ha perdido toda validez, pues era considerado para el uso de energía nuclear. Hoy en el mundo no existe esta aplicación ni se prevé en ningún futuro razonable que ello vaya a ocurrir. Hoy se utiliza la fisión nuclear».
Fuente / El Mercurio.