Entra en vigencia la nueva Norma de Emisión para fundiciones de cobre

El Ministerio del Medio Ambiente dará entre 2 y 5 años de plazo para cumplir con la nueva legislación. El texto reconoce los efectos adversos crónicos y agudos sobre la salud de las personas y sobre el medio ambiente de las emisiones.

COMPARTIR

El Ministerio del Medio Ambiente, a través del Diario Oficial de la República, publicó la nueva norma de emisión para fundiciones de cobre y fuentes emisoras de arsénico. La legislación aprobada “tiene por objetivo proteger la salud de las personas y el medio ambiente en todo el territorio nacional”, explicó el boletín oficial.

Según lo analizado por el Ministerio, las emisiones al aire de contaminantes como: material particulado (MP), dióxido de azufre (SO2), arsénico (As) y mercurio (Hg), “existe suficiente evidencia que comprueba los efectos adversos crónicos y agudos sobre la salud de las personas y sobre el medio ambiente”. Entre las consideraciones, la norma establece como fundamental el principio de eficiencia que debe “abordar las fuentes reguladas para reducir sus niveles de contaminación, al menor costo social posible, privilegiando la mejor asignación de los recursos”.

Plazos de cumplimiento

Finalmente, el documento estableció que los plazos de cumplimiento dispuestos atienden al principio de gradualidad, y se habrían establecido “en consideración a la factibilidad técnica y al tipo de adecuaciones que se requiere implementar en cada una de las fuentes existentes”. En el mismo sentido, además del cumplimiento de los límites de emisión, se establecieron medidas operacionales y mecanismos de seguimiento a las emisiones “que pueden ser implementados en forma inmediata una vez publicada la norma”.

Sin embargo, “durante el período de transición, que comprende desde la entrada en vigencia de la presente regulación hasta el plazo que se establece para el cumplimiento de las metas de emisión, se ha considerado apropiado congelar las emisiones de las fuentes emisoras existentes”.

En detalle, las fundiciones existentes “deben cumplir con las exigencias establecidas” en los siguientes plazos:

  • 5 años a contar de la fecha de publicación de la norma en el Diario Oficial si la fuente emisora no cuenta con una planta de ácido de doble contacto.
  • 3 años a contar de la fecha de publicación de la norma en el Diario Oficial si la fuente emisora cuenta con al menos una planta de ácido de doble contacto.
  • Las otras fuentes industriales emisoras de arsénico deberán cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 5º en un plazo de 2 años y medio a contar de la publicación de la norma en el Diario Oficial.

Características establecidas

La norma publicada de forma oficial explicó que todo lo anterior se encuentra basado en que las fundiciones de cobre y las fuentes emisoras de arsénico “se caracterizan por generar emisiones al aire, tanto en forma fugitiva como por chimeneas”. Asimismo, las emisiones incluidas en la nueva legislación “se caracterizan por contener SO2, MP y trazas de sustancias tóxicas, tales como: As, Hg, plomo (Pb) y Níquel (Ni), entre otros”. Los elementos considerados y parte natural de la composición química de los concentrados o de los minerales “aumentan su nivel de agresividad y toxicidad” al ser sometido a procesos térmicos de fusión y conversión y al ser liberados como gases y partículas en fases líquida y gaseosa.

El documento también tuvo en consideración que en función de las propiedades de cada sustancia, los impactos y los efectos no deseados sobre los receptores se pueden producir a diferentes distancias desde la fuente emisora y con distintos niveles de daño o toxicidad.

En definitiva, “la presente norma establece límites de emisión tanto para los procesos unitarios de las fuentes emisoras como para las emisiones fugitivas de las mismas”. En ese sentido detallaron el caso de las emisiones fugitivas y los procesos abiertos de fusión y conversión, los que “emiten la mayor proporción de contaminantes”.

Puesta en práctica

Tras culminar el proceso de evaluación, el Ministerio del Medio Ambiente seleccionó un escenario deseado en el que la captura y fijación de SO2 alcance el 95%. En ese marco, los analistas ambientales consideraron los los límites de emisión para cada fundición existente en función de su capacidad nominal declarada el año 2010 así como por los contenidos proyectados de azufre (S) en el concentrado.

En lo que se refiere a las emisiones de As, se utilizó «idéntico criterio” a las fundiciones Hernán Videla Lira, Ventanas, Chagres, Potrerillos, Caletones y Chuquicamata. En el caso de las fundiciones Chagres y Altonorte, que fueron sometidas al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, “se constató que ambas cuentan con exigencias ambientales que limitan sus emisiones de SO2 a niveles menores que los resultantes de aplicar el criterio descrito”, aseguró el texto del Diario Oficial de la República.

En caso de haber chimeneas los límites de emisión de As durante la limpieza de escoria “se ha estimado pertinente establecer un valor de 1 mg/Nm3 para la emisión de As de las fuentes existentes”. Mientras, para las fuentes nuevas consideraron las mejores técnicas disponibles para fijar el parámetro.

Antecedentes

En la nueva norma se hace mención explícita a la Evaluación del Desempeño Ambiental realizada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) el año 2005 a Chile, en la que se indica que “las actividades de fundición todavía son causantes del grueso de las emisiones y deben reducir aún más”, recomendando a Chile “avanzar en el desarrollo de normas de emisión nacional, que incluyan la regulación de contaminantes tóxicos en el aire y que reduzcan aún más el impacto de la contaminación por SO2 y arsénico”.

Debido a ello, en mayo de 2013 el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad aprobó la norma que establece exigencias diferenciadas para fuentes existentes y nuevas. Para las primeras se impone un límite máximo de emisiones de SO2 y As (en toneladas por año) en función de un 95% de captura y fijación, y se establece un plazo máximo de cinco años para su cumplimiento. En el caso de las fuentes nuevas se establece un límite de emisiones más exigente, equivalente al 98% de captura para el SO2 y el As.

Tras la implementación de estas medidas el Ministerio de Medio Ambiente ha estimado que el sector en su conjunto tendrá que invertir para el mejoramiento de tecnologías cerca de US$ 500 millones, cifra que especialistas como Juan Rayo, fundador y gerente técnico de JRI Ingeniería, han estimado en US$ 1.500 millones.

Reportajes relacionados de MINERÍA CHILENA

Fundiciones se alistan para las nuevas exigencias.

Las nuevas exigencias para fundiciones de cobre.

Revista Digital

Lo último del mes

Lo más leído

Temas Relacionados

Revista Digital