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	<title>CÃ³digo de MinerÃ­a archivos - Mch</title>
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	<description>Todas las noticias de minería chilena</description>
	<lastBuildDate>Fri, 02 Aug 2024 15:02:23 +0000</lastBuildDate>
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	<title>CÃ³digo de MinerÃ­a archivos - Mch</title>
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	<item>
		<title>Se publica en el Diario Oficial el nuevo Reglamento del Código de Minería</title>
		<link>https://www.mch.cl/se-publica-en-el-diario-oficial-el-nuevo-reglamento-del-codigo-de-mineria/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Daniel Rojas]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 02 Aug 2024 15:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Minera]]></category>
		<category><![CDATA[CÃ³digo de MinerÃ­a]]></category>
		<category><![CDATA[patentes mineras]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Dentro de sus novedades se encuentra la posibilidad de postular al beneficio de Patente Minera Rebajada, para potenciar a la industria y seguir dinamizando la economÃ­a.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/se-publica-en-el-diario-oficial-el-nuevo-reglamento-del-codigo-de-mineria/">Se publica en el Diario Oficial el nuevo Reglamento del Código de Minería</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>En el <a href="https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2024/08/02/43915/01/2527141.pdf" target="_blank" rel="noopener"><strong>Diario Oficial</strong></a> se publicó el Decreto número 10, de 2024, del Ministerio de Minería, por medio del cual <strong>se modifica el decreto NÂ° 1, de 1987, que aprueba el Reglamento del Código de Minería</strong>.</p>
<p>Dentro de <span class="css-1jxf684 r-bcqeeo r-1ttztb7 r-qvutc0 r-poiln3">sus novedades se encuentra la posibilidad de postular al beneficio de </span><strong><span class="r-18u37iz">Patente Minera Rebajada</span></strong><span class="css-1jxf684 r-bcqeeo r-1ttztb7 r-qvutc0 r-poiln3">, para potenciar a la industria y seguir dinamizando la economía.</span></p>
<p>Este beneficio permite solicitar a Sernageomin la rebaja de su patente minera a <strong>un décimo de unidad tributaria mensual por hectárea completa, para una concesión minera de explotación en base a la Ley 21.649.</strong></p>
<p>Es así como se reemplazó elÂ <strong>Artículo 53</strong> por lo siguiente: <strong>Los titulares de pertenencias podrán optar a la patente de un décimo de unidad tributaria mensual por hectárea establecida en el artículo 142 bis del Código</strong>, siempre y cuando logren acreditar que se encuentran en alguna de las siguientes hipótesis:</p>
<p>a) <strong>Trabajo efectivo de la concesión</strong>: Aquellas concesiones en las que se realicen actividades, trabajos u obras que de modo permanente y continuo permitan el desarrollo de operaciones mineras, entendiéndose por tales a las que se refiere la letra l) del artículo 3 de la ley NÂ° 20.551, que Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras, incluidas aquellas que derivan del<br />
cumplimiento de un plan de cierre de faenas mineras.</p>
<p>b) <strong>Proyecto minero que cuente con Resolución de Calificación Ambiental favorable o en trámite</strong>: Aquellas concesiones que, sin estar en la hipótesis precedente, se encuentren contenidas en un proyecto de desarrollo minero con Resolución de Calificación Ambiental favorable o que haya sido admitido a tramitación en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.</p>
<p>c)<strong> Proyectos asociados al Título XV del Reglamento de Seguridad Minera</strong>: Aquellas concesiones que, sin estar en alguna de las hipótesis precedentemente expuestas, se encuentren tramitando alguno de los permisos establecidos en el Título XV del Reglamento de Seguridad Minera.</p>
<blockquote class="twitter-tweet">
<p lang="es" dir="ltr">Â¡Atención mineros y mineras!</p>
<p>Hoy salió publicado en el Diario Oficial el nuevo Reglamento del Código de Minería, el que trae dentro de sus novedades la posibilidad de postular al beneficio de <a href="https://twitter.com/hashtag/PatenteMineraRebajada?src=hash&amp;ref_src=twsrc%5Etfw">#PatenteMineraRebajada</a>, para potenciar a la industria y seguir dinamizando la economía.â€¦ <a href="https://t.co/YPAFHxcrIv">pic.twitter.com/YPAFHxcrIv</a></p>
<p>&mdash; Ministerio de Minería de Chile (@MinMineria_cl) <a href="https://twitter.com/MinMineria_cl/status/1819384263260725531?ref_src=twsrc%5Etfw">August 2, 2024</a></p></blockquote>
<p> <script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script></p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/se-publica-en-el-diario-oficial-el-nuevo-reglamento-del-codigo-de-mineria/">Se publica en el Diario Oficial el nuevo Reglamento del Código de Minería</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Tesorería General de la República informa el plazo para cumplir el pago de patentes mineras y de aguas</title>
		<link>https://www.mch.cl/tesoreria-general-de-la-republica-informa-el-plazo-para-cumplir-el-pago-de-patentes-mineras-y-de-aguas/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 23 Mar 2023 12:15:52 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Minera]]></category>
		<category><![CDATA[aguas]]></category>
		<category><![CDATA[CÃ³digo de MinerÃ­a]]></category>
		<category><![CDATA[contribuciones]]></category>
		<category><![CDATA[minerÃ­a]]></category>
		<category><![CDATA[TGR]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Las y los contribuyentes que tengan alguna dificultad con su acceso a internet, pueden realizar el pago en alguna de las 53 oficinas de la TesorerÃ­a a lo largo del paÃ­s.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/tesoreria-general-de-la-republica-informa-el-plazo-para-cumplir-el-pago-de-patentes-mineras-y-de-aguas/">Tesorería General de la República informa el plazo para cumplir el pago de patentes mineras y de aguas</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Con el propósito de facilitar el acceso a las y los contribuyentes, la <strong>Tesorería General de la República (TGR)</strong>, informó que cuenta con su plataforma digital <a href="http://tgr.cl">tgr.cl</a> habilitada para efectuar el pago anual de patentes mineras, así como también el de patentes por no aprovechamiento de derechos de aguas, según sea el caso. El plazo para cumplir con ambas obligaciones fiscales, <strong>vence el 31 de marzo de 2023.</strong></p>
<p>Tanto las patentes de agua, que se cobran por el no uso de los derechos de este recurso, como de las patentes mineras, correspondiente a concesiones de exploración y explotación de yacimientos, <strong>pueden pagarse de manera directa en <a href="http://tgr.cl">tgr.cl</a></strong>, en cuyo portal se encuentra el enlace de acceso a â€œPagosâ€, para luego ingresar en â€œMultas, Patentes y otrosâ€.Â  Al acceder a cada formulario, las y los contribuyentes deben anotar sus datos de ingreso, mediante Clave Tributaria, o bien ClaveÃšnica, que sirve para operar en la mayoría de los organismos públicos.</p>
<p><a href="https://www.tgr.cl/patentes-derechos-de-agua-no-utilizados/">Acceso Pago Patente Aguas</a></p>
<p><a href="https://www.tgr.cl/patentes-mineras/">Acceso Pago Patente Minera</a></p>
<p>El <strong>Tesorero General de la República, Hernán Nobizelli</strong> sostuvo que, â€œen el marco de nuestro proceso de mayor digitalización, como TGR ofrecemos una plataforma amigable para el pago electrónico, con resguardos técnicos y una propuesta de usabilidad para nuestros contribuyentes, que operan para el pago de estas patentes, asociadas a los formularios F40, F41 y F108â€. De todas formas, las y los contribuyentes que tengan alguna dificultad con su acceso a internet, pueden realizar el pago en alguna de las 53 oficinas de la Tesorería a lo largo del país.</p>
<p>Según informaron, <strong>la obligación de pago de patentes por no aprovechamiento de derechos de aguas, está regulado por Ley 20.017, que establece que la patente de agua es un gravamen de beneficio fiscal, que anualmente debe pagar el titular del derecho, cuando no utiliza el recurso vital, en su totalidad o parcialmente, o bien cuando no han construido obras necesarias para la captación o restitución de las aguas.</strong></p>
<p>De acuerdo con el Artículo 142 del Código de Minería, TGR está facultada para recibir los pagos de tasas, derechos y patentes que deben realizar personas naturales y jurídicas, interesadas en desarrollar actividades mineras, además de mantener vigente y amparada una concesión, ya sea de explotación o de exploración minera.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Senargeomin en Canadá destaca progreso en materia de accidentabilidad del sector chileno</title>
		<link>https://www.mch.cl/senargeomin-en-canada-destaca-progreso-en-materia-de-accidentabilidad-del-sector-en-chile/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 08 Mar 2023 05:15:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Minera]]></category>
		<category><![CDATA[accidentabilidad]]></category>
		<category><![CDATA[CÃ³digo de MinerÃ­a]]></category>
		<category><![CDATA[David Montenegro]]></category>
		<category><![CDATA[fatalidad]]></category>
		<category><![CDATA[PDAC]]></category>
		<category><![CDATA[Prospectors & Developers Association of Canada]]></category>
		<category><![CDATA[Sernageomin]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>David Montenegro, subdirector nacional de MinerÃ­a del organismo, expuso cÃ³mo el accidente de la mina San JosÃ© se transformÃ³ en un gran impulsor para desarrollar mejores herramientas en la prevenciÃ³n de incidentes. </p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/senargeomin-en-canada-destaca-progreso-en-materia-de-accidentabilidad-del-sector-en-chile/">Senargeomin en Canadá destaca progreso en materia de accidentabilidad del sector chileno</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Durante el <strong>Seminario Â«Chile: Leading a journey towards traceable, transparent and responsible miningÂ», organizado por el Ministerio de Minería</strong>, en el marco de la <strong>Feria Prospectors &amp; Developers Association of Canada (PDAC), el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin)</strong> realizó una presentación sobre avances en materia de accidentabilidad y fatalidad en el sector minero en Chile.</p>
<p>David Montenegro, subdirector nacional de Minería de Sernageomin, detalló cómo, a partir del accidente en la Mina San José, ocurrido en 2010, donde quedaron atrapados 33 trabajadores, el Servicio logró desarrollar mejores herramientas de trabajo para evitar la accidentabilidad en la industria.</p>
<p>Al respecto, Montenegro comentó que â€œen 2010 fuimos ampliamente conocidos por el accidente de la mina San José. Eso nos generó un cambio radical en la manera de cómo nuestro servicio enfrentaba la situación, nos convertimos en un servicio mucho más potente. <strong>En ese momento nosotros solo disponíamos de 14 fiscalizadores para toda la minería nacional, hoy día somos alrededor de 70â€.</strong></p>
<p>Agregó que <strong>â€œrealizamos alrededor de 10 mil fiscalizaciones en el año a las faenas mineras, y eso nos ha permitido poder mostrar cifras que hoy día nos hace sentirnos orgullosos,</strong> sin embargo, también sentimos que, mientras un minero fallezca a raíz de un accidente en nuestra industria, nos falta algo por hacer, tenemos que corregir y ser capaces de avanzarâ€.</p>
<h3>Accidentabilidad</h3>
<p>El subdirector nacional de Minería de Sernageomin sostuvo que â€œnuestra tasa de fatalidades en los últimos años ha tenido una constante disminución, pero, finalmente, estamos en una etapa en que tenemos que ser capaces de desarrollar algo nuevo. Nuestra tasa de frecuencia, que mide la cantidad de accidentes, con tiempo perdido por cada millón de horas trabajadas, también ha ido en una franca disminuciónâ€.</p>
<p>En su presentación, el experto detalló que desde 2010 hasta 2021, la tasa de fatalidad disminuyó en un 83% en la industria extractiva minera nacional.</p>
<p>Añadió que â€œen 2010, cuando ocurre este accidente minero, <strong>en nuestro país fallecían alrededor de 45 personas en el año, y el año pasado tuvimos que lamentar el fallecimiento de doce personas,</strong> y es ahí donde nosotros hemos hecho el gran trabajo, orientado a ser capaz de llegar a este anhelo que tenemos para minería que es la cero fatalidad, y por eso hemos recurrido a un intenso trabajo, hemos mejorado nuestros procesos, hemos capacitado a muchas personasâ€.</p>
<p>Montenegro también se refirió a aspectos legales, dijo que «también nos dedicamos a revisar y autorizar los planes de cierre, de tal manera que los proyectos mineros o faenas mineras cumplan con la ley que regula esta situación. Además, somos los encargados de revisar toda la información de la propiedad minera, asunto que hoy día estamos trabajando en una nueva ley que modifica el Código de Minería en este aspecto y que, prontamente, vamos a trabajar en ello».</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/senargeomin-en-canada-destaca-progreso-en-materia-de-accidentabilidad-del-sector-en-chile/">Senargeomin en Canadá destaca progreso en materia de accidentabilidad del sector chileno</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Estas son algunas leyes que regulan la actividad minera en Chile</title>
		<link>https://www.mch.cl/estas-son-algunas-leyes-que-regulan-la-actividad-minera-de-la-mineria-en-chile/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Feb 2023 19:07:16 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Minera]]></category>
		<category><![CDATA[CÃ³digo de MinerÃ­a]]></category>
		<category><![CDATA[Cierre de Faenas]]></category>
		<category><![CDATA[concesiones mineras]]></category>
		<category><![CDATA[ConstituciÃ³n]]></category>
		<category><![CDATA[industria extractiva minera]]></category>
		<category><![CDATA[Ministerio de MinerÃ­a]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El derecho de propiedad de los terrenos, cierre de faenas, concesiones mineras y reparticiones en las actividades son algunos de los aspectos presentes en estas normativas. </p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/estas-son-algunas-leyes-que-regulan-la-actividad-minera-de-la-mineria-en-chile/">Estas son algunas leyes que regulan la actividad minera en Chile</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>En noviembre del año pasado, el Gobierno ingresó un proyecto de Ley que <strong>modifica el Código de Minería, la Ley NÂ°21.420.</strong> Y, en los últimos meses, el Congreso discutió posponer para el sector minero los efectos de esta ley, que reduce o elimina exenciones tributarias (del 4 de febrero de 2023 al 1 de enero de 2024).</p>
<p>En relación a ello, compartimos algunas de las leyes relacionadas a la actividad minera en Chile, que el Ministerio de Minería destaca en su sitio web. En ellas, se establece el derecho de propiedad de los terrenos, concesiones mineras, y las reparticiones en las actividades de la minería, entre otras consideraciones.</p>
<p><a href="https://www.minmineria.cl//wp-content/uploads/2022/01/HL19137.pdf"><strong>Ley 19137:</strong></a> Establece normas sobre pertenencias mineras de Codelco-Chile que no forman parte de yacimientos en actual explotación.</p>
<p><a href="https://www.minmineria.cl//wp-content/uploads/2022/01/Exportar-20417.pdf"><strong>Ley 19.300</strong></a> (Ley de Bases del Medio Ambiente): En su artículo primero, establece el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.</p>
<p><a href="https://www.minmineria.cl//wp-content/uploads/2022/01/LEY-20235_31-DIC-2007.pdf"><strong>Ley 20.235:</strong></a> La normativa regula la figura de las Personas Competentes y crea la Comisión Calificadora de Competencias de Recursos y Reservas Mineras.</p>
<p><a href="https://www.minmineria.cl//wp-content/uploads/2022/01/LEY-20026_16-JUN-2005.pdf"><strong>Ley 20.026:</strong></a> Establece un Impuesto Específico a la Actividad Minería.</p>
<p><a href="https://www.minmineria.cl//wp-content/uploads/2022/01/Exportar-LEY-CIERRE-FAENAS-MINERAS.pdf"><strong>Ley 20.551</strong></a> (RegulaÂ el cierre de faenas e instalaciones mineras): En su artículo primero, establece que el cierre de las faenas de la industria extractiva minera se regirá por esta ley.</p>
<p><a href="https://www.minmineria.cl//wp-content/uploads/2022/01/LEY-19719_30-MAR-2001.pdf"><strong>Ley 19.719</strong></a> (Patente Minera Especial para Pequeños Mineros y Mineros Artesanales): La normativa, además, condona recargos legales y concede facilidades de pago para patentes atrasadas.</p>
<p><a href="https://www.minmineria.cl//wp-content/uploads/2022/01/DFL-302_06-ABR-1960.pdf"><strong>DFL 302</strong></a> (Aprueba Disposiciones Orgánicas y Reglamentarias del Ministerio de Minería): El Ministerio de Minería tendrá a su cargo toda la intervención que realiza actualmente el Estado a través de sus diversas reparticiones en las actividades de la Minería.</p>
<p><a href="https://www.minmineria.cl//wp-content/uploads/2022/01/LEY-18097_21-ENE-1982.pdf"><strong>Ley 18.097</strong></a> (Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras): En su artículo primero la normativa establece que las concesiones mineras pueden ser de exploración o de explotación.</p>
<p><a href="https://www.minmineria.cl//wp-content/uploads/2022/01/LEY-18248_14-OCT-1983.pdf"><strong>Código de Minería:</strong></a> En su artículo primero establece que el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas, no obstante, la propiedad de las personas naturales o jurídicas sobre los terrenos en cuyas entrañas estuvieren situadas.</p>
<p><a href="https://www.minmineria.cl//wp-content/uploads/2022/01/DTO-100_22-SEP-2005.pdf"><strong>Constitución Política de Chile:</strong> </a>Selección que incluye disposiciones transitorias y artículos relacionados con la actividad minera en el país</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/estas-son-algunas-leyes-que-regulan-la-actividad-minera-de-la-mineria-en-chile/">Estas son algunas leyes que regulan la actividad minera en Chile</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>[+VIDEO] Cámara Minera de Chile realiza seminario sobre puesta en marcha de la ley 21.420</title>
		<link>https://www.mch.cl/video-camara-minera-de-chile-realiza-seminario-sobre-puesta-en-marcha-de-la-ley-21-420/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 02 Dec 2022 10:33:55 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Minera]]></category>
		<category><![CDATA[CÃ¡mara Minera de Chile]]></category>
		<category><![CDATA[CÃ³digo de MinerÃ­a]]></category>
		<category><![CDATA[concesiones mineras]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Durante el evento, se debatiÃ³ sobre los aportes y retrocesos de la entrada en vigencia del "datum Sirgas".</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/video-camara-minera-de-chile-realiza-seminario-sobre-puesta-en-marcha-de-la-ley-21-420/">[+VIDEO] Cámara Minera de Chile realiza seminario sobre puesta en marcha de la ley 21.420</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Como parte de las actividades que realiza la<strong> Cámara Minera de Chile</strong> y, en esta ocasión, en conjunto con la <strong>Universidad de Santiago de Chile</strong>, se realizó el seminario <strong>«Código de Minería: Efectos Ley 21.420 y Sistema Sirgas»,</strong> que contó con una alta audiencia por lo que significa para el sector minero.</p>
<p>Durante el evento, el abogado y secretario general de la Cámara Minera de Chile, <strong>Patricio Cartagena,</strong> quien fue el moderador del encuentro, señaló que «lo que ha hecho el Gobierno, a través del Ministerio de Minería, es presentar <strong>un proyecto para prorrogar la puesta en marcha de la ley</strong> para que exista más espacio, es decir, todo el año 2023 para estudiar detenidamente la puesta en marcha y, por otro lado, un proyecto de ley que aborda los temas de fondo de la Ley 21.420 sobre entrega de información geológica, plazo de la concesión de exploración y el sistema de la patente minera progresiva».</p>
<p>Agregó que uno de los cambios que considera más relevante es que <strong>se elimina de ley la incorporación del Datum Sirgas</strong>, que hoy sí está considerado en la actual ley y expresa que se aplicará el sistema de Datum que sea definido en el <strong>Reglamento del Código de Minería</strong>.</p>
<p>En tanto, <strong>José Antonio Tarrío,</strong> director del Centro de Procesamiento y Análisis Geodésico Usc Sirgas de la Universidad de Santiago de Chile, se refirió a la «<strong>Transición de PSAD56/SAD69 a SIRGAS. Hacia un marco de referencia cinemático para la minería en Chile</strong>«, explicando que el proyecto cambio de datum nació en 2016 como una necesidad del SNGM por actualizar su sistema de referencia, en 2019 se licita y es adjudicado al centro de procesamiento y análisis geodésico de la USACH.</p>
<p>Indicó que «<strong>el proyecto busca analizar la factibilidad de cambiar de PSAD56-SAD69 a SIRGAS en la minería de Chile, a partir del cálculo de una red primaria a nivel nacional, compuesta por datos de estaciones de acceso libre,</strong> posteriormente cuantificar el estado de la red PSAD56-SAD69 con una red secundaria, y por último obtener los parámetros de transformación óptimos para llevarla a cabo el cambio a nivel país. Finalmente se darán sugerencias para la implementación de SIRGAS, como marco de referencia cinemático para la minería en Chile».</p>
<h3><strong>Consecuencias del cambio del sistema de coordenadas</strong></h3>
<p>Posteriormente, según explicó la Cámara Minera de Chile, se desarrolló un panel de conversación, oportunidad en la que<strong> Alfonso Santini,</strong> abogado y socio de este gremio, precisó que los proyectos presentados por el Ejecutivo significan aportes y retrocesos.</p>
<p>Precisó que «<strong>es un avance porque se pospone o suspende la entrada en vigencia del Datum Sirgas; un retroceso porque no externaliza la discusión sobre la implementación y uso del nuevo datum.</strong> Pero también genera la interrogante si habrá caducidad por no inscribir las nuevas coordenadas», aseveró Santini.</p>
<p>En tanto, para el perito mensurador, <strong>Roberto Ramírez,</strong> la implementación del datum Sirgas sería un error, dijo que «sabemos que los PSAD56-SAD69 están corridos. <strong>Las concesiones mineras podrían estar superpuestas y podría generarse un vacío</strong>, pero creo que modelar la realidad tiene un costo que no será asumido por el Estado y podría convertirse en un sinfín de demandas de gente que explota sus minas y en algún momento porque se corren las coordenadas se van a dar cuenta que el vecino es dueño de la veta y podría ser demandado por robo de mineral con la consecuencia de La Paralización de la faena y otros detalles».</p>
<p>Agregó que <strong>efectivamente van a aparecer superposiciones, las que afirmó que ya existen.</strong> «Este tema queremos sincerarlo. Queremos partir con un catastro nuevo para lo que hay que hacer un reglamento que lo justifique y proveer de las herramientas que puedan sostener estas superposiciones. Hoy en día la propiedad minera en Chile goza de una excelente salud, con una muy baja conflictividad», dijo Ramírez.</p>
<p><strong>Alfonso Domeyko,</strong> abogado y ex director nacional de Sernageomin, planteó algunas observaciones al proyecto. Aseveró que «<strong>si bien la modificación al Código Minero tiene innumerables problemas, esta ley viene a solucionar varios de ellos, no en su totalidad, no en los tiempos y no en la forma que tal vez algunos quisiéramos, pero sí hay cosas que son positivas.</strong> El más importante es dejar que todo el sistema de regulación del datum, Sirgas o lo que haya en el futuro, va a ir a un reglamento que me parece acertado por parte del Ministerio de Minería», afirmó.</p>
<p><strong>Destacó además el trabajo realizado por el departamento que dirige José Antonio Tarrío sobre el datum Sirgas</strong>, pero indicó que existen dudas y que hay que implementarlo para ver si funciona. «Es un desafío tecnológico muy importante como para ponerle fecha en una ley», concluyó.</p>
<p>En su intervención, <strong>Juan Eduardo Guzmán</strong>, jefe del Departamento Jurídico de Sernageomin, dijo que el trabajo viene desde hace bastante tiempo, y estimó que «<strong>con el proyecto de modificación del sistema de Datum, el proyecto acoge varias observaciones que, como Servicio hicimos en el Ministerio,</strong> el que levantó muchas mesas de trabajo por las observaciones que podría tener la industria a la Ley 21.420 respecto al sistema concesional, al cambio de datum, a los requerimientos de información geológica básica».</p>
<p>Finalmente, el presidente de la Cámara Minera de Chile, <strong>Miguel Zauschkevich,</strong> agradeció a los participante e indicó que «fui testigo del cambio de coordenadas del código de 1932 y que pasó a una coordenada universal con UTM el año 1983 y la implementación del cambio de éstas tomó varios años. <strong>Se partió por las regiones que tenían menos actividad minera y se terminó con las regiones con mayor propiedad minera,</strong> por lo que creo que en seis meses generar el reemplazo de un sistema de coordenadas al otro va a ser absolutamente imposible. Para ser prácticos se requerirían al menos tres años».<br />
<iframe title="SEMINARIO CÓDIGO DE MINERÍA: EFECTOS LEY 21.420 Y SISTEMA SIRGAS," width="800" height="450" src="https://www.youtube.com/embed/vgAWp6tTASA?feature=oembed" frameborder="0" allow="accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share" referrerpolicy="strict-origin-when-cross-origin" allowfullscreen></iframe></p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/video-camara-minera-de-chile-realiza-seminario-sobre-puesta-en-marcha-de-la-ley-21-420/">[+VIDEO] Cámara Minera de Chile realiza seminario sobre puesta en marcha de la ley 21.420</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
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		<title>Análisis de GEM plantea que la Nueva Constitución desincentiva a la minería sobre otras actividades</title>
		<link>https://www.mch.cl/analisis-de-gem-plantea-que-la-nueva-constitucion-desincentiva-a-la-mineria-sobre-otras-actividades/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Aug 2022 20:56:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Minera]]></category>
		<category><![CDATA[CÃ³digo de MinerÃ­a]]></category>
		<category><![CDATA[disponibilidad hÃ­drica]]></category>
		<category><![CDATA[GEM Chile]]></category>
		<category><![CDATA[Nueva ConstituciÃ³n]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La instituciÃ³n seÃ±ala que agregan claÃºsulas que perjudican la actividad, como la imposiciÃ³n de terrenos protegidos que no podrÃ¡n explotarse, derecho preferente de comunidades indÃ­genas a explotar minas en sus territorios, yÂ un Estado con mÃ¡s control sobre la industria.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/analisis-de-gem-plantea-que-la-nueva-constitucion-desincentiva-a-la-mineria-sobre-otras-actividades/">Análisis de GEM plantea que la Nueva Constitución desincentiva a la minería sobre otras actividades</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>A un mes del plebiscito constitucional en Chile, Gestión y Economía Minera, GEM, evaluó los puntos y hechos concretos que -bajo su análisis- afectarán directa e indirectamente la industria minera.</p>
<p>En primer lugar, la empresa señaló que si la nueva Constitución es aprobada, lo primero que ocurrirá será que, esta considera un cambio completo en el marco legal de Chile, incluyendo el Código de Minería. Por lo tanto, <strong>lo primero que se debe hacer es cambiar este código para saber cómo viene el panorama. Esto puede significar años de alta conflictividad en la industria</strong>, lo que por supuesto, generará incertidumbre en el sector.</p>
<p>Según indican, al ser ambigua esta nueva propuesta en varios aspectos, no resuelve esta incertidumbre hasta que no estén redactadas las nuevas leyes, lo que puede demorar años.</p>
<h3><strong>La actual Constitución es pro-minería, la propuesta es anti-minería: </strong></h3>
<p>Agregan que la actual Constitución es pro-minería, ya que mantiene en espíritu la lógica de que ésta es una industria clave para el desarrollo del país, y le da atribuciones que no tienen otros sectores productivos.</p>
<p>Uno de los ejemplos más representativos donde se refleja esto, es el artículo que dice â€œlos predios superficiales están sujetos a las obligaciones de indicaciones que la ley señale para facilitar la exploración y explotación en beneficio de dichas minasâ€. Con esto, siempre se está obligado a negociar con una minera para explotación, añaden.</p>
<p>GEM señala que «podemos decir que la nueva Constitución es anti-minería, ya que además de eliminar ese y otros &#8216;artículos pro-minería&#8217;, <strong>agrega una serie de cláusulas que perjudican directamente a la actividad,</strong> como la imposición de terrenos protegidos que no podrán explotarse, derecho preferente de comunidades indígenas a explotar minas en sus territorios, yÂ  un Estado con más control sobre la industria».</p>
<p>Estas cláusulas desincentivan la actividad, ya que discriminan la minería sobre otras, afirma GEM.</p>
<h3><strong>Pérdida del derecho de propiedad:</strong></h3>
<p>En la actualidad, las empresas mineras son dueñas y tienen derecho de propiedad sobre una mina, porque son dueños de una concesión. Estas concesiones son amparadas mediante el pago de una prima anual.</p>
<p>La nueva Constitución elimina las concesiones de exploración y explotación, impidiendo la posibilidad de hacer minería por un privado. Sin derecho de propiedad no puedes hacer minería privada.</p>
<h3><strong>Menor disponibilidad hídrica</strong></h3>
<p>El borrador habla de<strong> â€œbienes comunes naturalesâ€, dentro de los que están los minerales, el agua y aire.</strong> Estos bienes serán inconcesionables. Lo que se traducirá en que nadie podrá tener derechos de propiedad (concesión) por una mina, explican desde la institución.</p>
<p>Sin derechos de propiedad, se genera un instrumento llamado â€œautorización administrativaâ€, donde el Estado deberá otorgar los permisos de exploración y explotación. No hay ninguna seguridad de cómo será este proceso.</p>
<p>Con esto, <strong>la inversión no solo en minería, sino en otras actividades se verán afectadas.</strong></p>
<p>La disponibilidad de agua también será tema en la minería. Este recurso tendrá una prioridad exclusiva para personas e indígenas, por lo que el acceso desde las mineras se verá en riesgo. Sin agua no hay minería.</p>
<p>Otro bien natural común es la alta montaña, donde hoy hay minas en explotación. No hay seguridad respecto al futuro de ellas.</p>
<h3><strong>Nuevos Tributos: </strong></h3>
<p>La propuesta de nueva Constitución establece que la ley podrá establecer nuevos tributos sobre el uso de bienes comunes naturales.</p>
<p>Â¿Qué significa esto? Que podrían cobrarse tributos adicionales a todos los que ya existen, como el uso de agua o cualquier bien natural común, por ejemplo el mar o la alta montaña.</p>
<h3><strong>Por otra parte la propuesta de nueva Constitución es inconstitucional:</strong></h3>
<p>En 2019, se modificó la actual Constitución para permitir la elaboración de una nueva propuesta. Este acuerdo consideraba tres puntos fundamentales que la nueva Carta Magna debía respetar. Estos están dentro del artículo 135.</p>
<p>Uno de estos puntos, es que â€œse deben respetar las sentencias judiciales firmes y ejecutoriasâ€. La concesión de exploración y exploración minera forma parte de estas sentencias judiciales firmes y ejecutorias.</p>
<p>Â¿Qué significa esto? En rigor esta nueva Constitución debería quedar inválida en caso de aprobarse pues viola uno de los principios básicos acordados por el Congreso en 2019.</p>
<p>Finalmente, GEM señala que, si se llegara a aprobar esta nueva Constitución y se trata de imponer la idea de que las concesiones actuales son inválidas, <strong>Chile deberá enfrentar probablemente demandas nacionales e internacionales con pocas posibilidades de éxito para el país,</strong> lo que costará no solo dinero sino que dañará irreparablemente su reputación y prosperidad futura.</p>
<p><a href="https://www.mch.cl/wp-content/uploads/2022/08/gem.jpg"><img fetchpriority="high" decoding="async" class=" wp-image-181835 aligncenter" src="https://www.mch.cl/wp-content/uploads/2022/08/gem-252x300.jpg" alt="" width="525" height="625" srcset="https://www.mch.cl/wp-content/uploads/2022/08/gem-252x300.jpg 252w, https://www.mch.cl/wp-content/uploads/2022/08/gem-860x1024.jpg 860w, https://www.mch.cl/wp-content/uploads/2022/08/gem-768x914.jpg 768w, https://www.mch.cl/wp-content/uploads/2022/08/gem-1290x1536.jpg 1290w, https://www.mch.cl/wp-content/uploads/2022/08/gem-1080x1286.jpg 1080w, https://www.mch.cl/wp-content/uploads/2022/08/gem-1280x1524.jpg 1280w, https://www.mch.cl/wp-content/uploads/2022/08/gem-980x1167.jpg 980w, https://www.mch.cl/wp-content/uploads/2022/08/gem-480x571.jpg 480w, https://www.mch.cl/wp-content/uploads/2022/08/gem.jpg 1680w" sizes="(max-width: 525px) 100vw, 525px" /></a></p>
<p>&nbsp;</p>
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		<item>
		<title>Seminario analizará impacto de modificaciones legislativas a la actividad de exploración en Chile</title>
		<link>https://www.mch.cl/seminario-analizara-impacto-de-modificaciones-legislativas-a-la-actividad-de-exploracion-en-chile/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 25 Jul 2022 18:56:17 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Minera]]></category>
		<category><![CDATA[CÃ³digo de MinerÃ­a]]></category>
		<category><![CDATA[Cesco]]></category>
		<category><![CDATA[Chile Explore]]></category>
		<category><![CDATA[exploraciÃ³n minera]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El encuentro hÃ­brido, que se desarrollarÃ¡ el prÃ³ximo 18 de agosto, es organizado por Cesco y Chile Explore.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/seminario-analizara-impacto-de-modificaciones-legislativas-a-la-actividad-de-exploracion-en-chile/">Seminario analizará impacto de modificaciones legislativas a la actividad de exploración en Chile</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Las modificaciones al Código de Minería</strong> introducidas en febrero de 2022 por parte del gobierno de ese entonces, en el marco del proyecto de Pensión Universal Garantizada, sumado a la discusión en torno a la captura por parte del Estado de los excedentes que genera la actividad minera y su régimen fiscal, han generado gran debate sobre<strong> sus alcances en materia de exploración y desarrollo de la industria</strong>.</p>
<p>Para dimensionar el impacto de estos cambios, es que el Centro de Estudios del Cobre y la Minería (Cesco) y Chile Explore Group, han organizado <a href="https://chilexploregroup.cl/modificacion-de-la-legislacion-en-materia-de-exploracion-y-mineria-en-chile/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>el seminario híbrido â€œModificación de la legislación en materia de exploración y minería en Chileâ€</strong></a>, el que se desarrollará <strong>el próximo 18 de agosto a partir de las 09:00 horas</strong> en el Hotel Cumbres Vitacura (Av. Presidente Kennedy 4422, Vitacura).</p>
<p>En la instancia participarán especialistas como las abogadas María Paz Pulgar y María Luisa Baltra; y los abogados Jerónimo Carcelén, Cristian Quinzio, Rafael Vergara, Rony Zimerman, Daniel Weinstein, Pedro Lyon, y Marcelo Olivares.</p>
<p>La actividad cuenta con los auspicios de <strong>Anglo American, Collahuasi y SQM</strong>.</p>
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		<title>IIMCh por normas aprobadas en Comisión de Medio Ambiente: «Siguen sin tener en consideración una mirada de largo plazo»</title>
		<link>https://www.mch.cl/iimch-por-normas-aprobadas-en-comision-de-medio-ambiente-siguen-sin-tener-en-consideracion-una-mirada-de-largo-plazo/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 May 2022 16:38:59 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Minera]]></category>
		<category><![CDATA[CÃ³digo de MinerÃ­a]]></category>
		<category><![CDATA[ComisiÃ³n de Medio Ambiente]]></category>
		<category><![CDATA[concesiones mineras]]></category>
		<category><![CDATA[ConvenciÃ³n Constitucional]]></category>
		<category><![CDATA[IIMCh]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Instituto se refiriÃ³ a los nuevos textos propuestos por la ComisiÃ³n, recalcando que "provocan profundas grietas en las definiciones que la minerÃ­a requiere para continuar con su mejoramiento y desarrollo futuro".</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/iimch-por-normas-aprobadas-en-comision-de-medio-ambiente-siguen-sin-tener-en-consideracion-una-mirada-de-largo-plazo/">IIMCh por normas aprobadas en Comisión de Medio Ambiente: «Siguen sin tener en consideración una mirada de largo plazo»</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El <a href="https://www.mch.cl/?s=iimch"><strong>Instituto de Ingenieros de Minas de Chile (IIMCh)</strong></a>, a través de su Comisión de Política Minera, mantiene un trabajo de seguimiento de la actividad de la <a href="https://www.mch.cl/?s=Convenci%C3%B3n+Constitucional"><strong>Convención Constitucional</strong></a>, en particular de la Comisión de Medio Ambiente, encargada de definir el tratamiento constitucional de la minería.</p>
<p>En dicho escenario, el IIMCh expresó que «si bien el texto propuesto en el segundo informe de la Comisión de Medio Ambiente fue rechazado en general por el Pleno de la Convención, el pasado 21 de abril, esta comisión ha votado las indicaciones de reemplazo para la consideración del Pleno. Las nuevas indicaciones de esta comisión, <strong>nos retrotraen a las ideas de una nacionalización de la industria del cobre nuevamente, tema del primer informe de esta Comisión, también rechazado en el Pleno».</strong></p>
<p>Junto con ello, manifestó que «los plazos requeridos para desarrollar la actividad minera desde la exploración hasta la construcción de los proyectos pueden llegar fácilmente a más de 10 años. Si a lo anterior se suma el tiempo de recuperación del capital -que en el caso de proyectos subterráneos o los megaproyectos pueden ser muchos años más- s<strong>e entiende la necesidad de dar certeza jurídica con respecto a las reglas que establece el país para la inversión en minería».</strong></p>
<p>«Lamentablemente, los nuevos textos propuestos por la Comisión de Medio Ambiente, siguen sin tener en consideración una mirada de largo plazo tanto para la minería, como para el país; ya que provocan profundas grietas en las definiciones que la minería requiere para continuar con su mejoramiento y desarrollo futuro», aseguró el Instituto.</p>
<p>De igual forma, la entidad expresó que «n<strong>uestra industria y la comunidad que vive históricamente en torno a ella ha vivido en los últimos dos años una alta incertidumbre que afecta la competitividad y la inversión en el sector</strong>. Iniciativas como las que comentaremos, harán este efecto permanente en el tiempo, impactando especialmente las regiones mineras de Chile y también la recaudación fiscal».</p>
<p>«El Instituto pone una vez más a disposición de la Convención, sus capacidades técnicas y experiencia, ya que somos los primeros interesados en que Chile progrese de la mano de una minería cada día más inclusiva y sustentable», recalcó.</p>
<h3>Impacto en la minería</h3>
<p>Esto fue lo señaló el IIMCh respecto a las siguientes normas:</p>
<p><strong>-Cambio a un régimen administrativo de las concesiones mineras, desde el judicial actual, sin que otorguen propiedad</strong><strong>.</strong></p>
<p>Si bien el texto de reemplazo ha agregado que la ley asegurará la protección de los derechos del autorizado y en especial de sus facultades de defenderlos frente a terceros, indica claramente que no otorgarán propiedad a su titular.</p>
<p>La minería en Chile creció de manera significativa, justamente por el hecho que los cuerpos legales que la han amparado, dan una certeza clara a los inversionistas tanto a través del Código de Minería, como los que se desprenden de la actual Constitución, en particular la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras.</p>
<p>Cuando se compara nuestro país, con los casos de Australia y Canadá, quienes cuentan con procesos administrativos y no judiciales, no se tiene en consideración que estos países tienen bajos niveles de corrupción, estando en las posiciones 7 y 16 respectivamente, respecto de Chile en la posición 30.</p>
<p>Las inversiones que requiere la minería, ocurrirán en las próximas décadas en aquellos países que junto con contar reservas comparables a las de Chile, den certeza jurídica en el tiempo.</p>
<p><strong>-Incorporación de términos sin una definición económica clara, que se prestarán para la subjetividad y controversias.</strong></p>
<p>Se mantiene el inciso segundo del Artículo 22, comentado en nuestra declaración anterior, la exploración, explotación y aprovechamiento de estas sustancias se sujetará a una regulación que considere su carácter finito, no renovable, de interés intergeneracional y la protección ambiental.</p>
<p>Esta definición, unida a aquella que plantea el otorgamiento de autorizaciones temporales, que no otorgan propiedad, genera una especie de arbitrariedad potencial, que para una industria altamente intensiva de capital, implicará que las empresas elijan otros países, con potencial minero tan alto como el de Chile.</p>
<p><strong>-La indicación que el Estado deberá resguardar su participación mayoritaria en la exploración y explotación, unido a la definición de regalías ad valorem, no guarda proporción con lo que ocurre en otros países mineros importantes.</strong></p>
<p>Es importante que la Convención Constitucional tenga presente que la minería puede ser desarrollada en otros países del mundo, con reservas también importantes como las de Chile. Entre ellos: la República del Congo, Zambia, Kazakhstan, México y Perú, todos ellos con importantes inversiones en minería, que los han hecho pasar desde un 14% a un 28% de la producción mundial de cobre, entre el 2000 y el 2020.</p>
<p><strong>-Parece interesante la creación de un órgano administrativo, de carácter autónomo y técnico, creado por ley, relativo a la minería; pero se confunden los roles que este órgano podría ejercer.</strong></p>
<p>Si bien la Constitución actual plantea que la concesión minera obliga al dueño a desarrollar la actividad necesaria para satisfacer el interés público que justifica su otorgamiento, en los hechos, la legislación ha permitido la acumulación de concesiones, sin que se desarrolle actividad minera, contrario a lo que se entendería es el interés público.</p>
<p>Este hecho ha generado un espacio en las definiciones legales existentes, para pensar en la necesidad de mejorar la regulación, tal que promueva y permita el cumplimiento del â€œinterés públicoâ€, a través de más exploración e inversiones. Este órgano, quizás podría ser la adecuación de algunas de las instituciones con que cuenta el país actualmente, por ejemplo el Sernageomin o Cochilco, por mencionar algunas.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/iimch-por-normas-aprobadas-en-comision-de-medio-ambiente-siguen-sin-tener-en-consideracion-una-mirada-de-largo-plazo/">IIMCh por normas aprobadas en Comisión de Medio Ambiente: «Siguen sin tener en consideración una mirada de largo plazo»</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
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		<title>Exenciones tributarias:Â Cámara respaldó propuesta que efectúa ajustes en torno a las patentes mineras</title>
		<link>https://www.mch.cl/exenciones-tributarias-camara-respaldo-propuesta-que-efectua-ajustes-en-torno-a-las-patentes-mineras/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 03 May 2022 22:35:07 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Minera]]></category>
		<category><![CDATA[CÃ³digo de MinerÃ­a]]></category>
		<category><![CDATA[diputados]]></category>
		<category><![CDATA[Exenciones tributarias]]></category>
		<category><![CDATA[patentes mineras]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La iniciativa se abordÃ³ en la Sala conforme al informe de la ComisiÃ³n de Hacienda. En dicho texto se indica la incorporaciÃ³n de un nuevo artÃ­culo al CÃ³digo de MinerÃ­a en materia de concesiones mineras.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/exenciones-tributarias-camara-respaldo-propuesta-que-efectua-ajustes-en-torno-a-las-patentes-mineras/">Exenciones tributarias:Â Cámara respaldó propuesta que efectúa ajustes en torno a las patentes mineras</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El pasado 4 de febrero se promulgó laÂ <a href="https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1172303" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Ley 21.420</a>, que<strong> reduce o elimina exenciones tributarias.</strong> Sin embargo, el actual Gobierno detectó ciertas imprecisiones en el texto, referentes a dos ámbitos del cuerpo legal.</p>
<p>En particular,<strong> los errores están contenidos en la disposición relativa al monto reconocido para el cobro de patentes mineras de concesiones que demuestren la realización de trabajos efectivos</strong> y en las normas relativas al crédito especial de empresas constructoras.</p>
<p>En tal plano, el Ejecutivo presentó una propuesta (<a href="https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15326&amp;prmBOLETIN=14830-05" target="_blank" rel="noopener noreferrer">boletín 14830</a>) para enmendar los citados puntos, la cual fue respaldada por la Sala de la Cámara por <a href="https://www.camara.cl/legislacion/sala_sesiones/votacion_detalle.aspx?prmIdVotacion=38598" target="_blank" rel="noopener noreferrer">130 votos a favor, 1 en contra y 3 abstenciones</a>.</p>
<p>Con ello, al ratificarse en general y en particular, el proyecto pasó a consideración del Senado, para su segundo trámite.</p>
<h3>Enmiendas</h3>
<p>La iniciativa se abordó en la Sala conforme al informe de la Comisión de Hacienda, que rindió el diputadoÂ <a href="https://www.camara.cl/diputados/detalle/mociones.aspx?prmID=1015" target="_blank" rel="nofollow noopener noreferrer">Jorge Brito</a>Â (RD).</p>
<p>En dicho texto se indica que<strong> la iniciativa incorpora un nuevo artículo al Código de Minería en materia de concesiones mineras. Su objetivo es rebajar el beneficio de cobro reducido de patente. Así, se pasa de tres décimos de unidad tributaria mensual por hectárea completa que comprenda la pertenencia, a undécimo de UTM.</strong></p>
<p>Luego, se establece una norma transitoria sobre la entrada en vigencia de la eliminación del beneficio tributario por venta de bienes corporales inmuebles para habitación y para los contratos generales de construcción de dichos inmuebles. De tal modo, se prorroga hasta el 1 de enero 2025.</p>
<p>También, se establece una disposición especial que regula que <strong>todas las operaciones que ocurrieron entre abril de este año y la fecha de promulgación de la normativa, se van a regir por lo que estaba vigente al 31 de marzo de 2022</strong>. Es decir, se regula el tiempo intermedio con una norma específica, de forma que no quede ningún vacío. De tal modo, se espera respetar el espíritu original de la ley aprobada en el Congreso Nacional.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/exenciones-tributarias-camara-respaldo-propuesta-que-efectua-ajustes-en-torno-a-las-patentes-mineras/">Exenciones tributarias:Â Cámara respaldó propuesta que efectúa ajustes en torno a las patentes mineras</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
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		<item>
		<title>Los ejes de la estrategia de exploración de Antofagasta Minerals</title>
		<link>https://www.mch.cl/los-ejes-de-la-estrategia-de-exploracion-de-antofagasta-minerals/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 28 Mar 2022 15:39:48 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Minera]]></category>
		<category><![CDATA[Antofagasta Minerals]]></category>
		<category><![CDATA[CÃ³digo de MinerÃ­a]]></category>
		<category><![CDATA[Cesco Week]]></category>
		<category><![CDATA[exploraciÃ³n minera]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Sergio Giglio, South America Exploration Manager de la compaÃ±Ã­a, participÃ³ en el Foro de Exploraciones, en el marco de la Cesco Week, destallando el trabajo que se estÃ¡ realizando en materia de prospecciÃ³n y geologÃ­a.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/los-ejes-de-la-estrategia-de-exploracion-de-antofagasta-minerals/">Los ejes de la estrategia de exploración de Antofagasta Minerals</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Proporcionar un análisis de los aspectos claves involucrados en la actividad por expertos en temas de mercados, políticos, financieros y mineros, fue uno de los objetivos del <strong>Foro de Exploraciones,</strong> actividad que formó parte de <strong>Cesco Week Santiago 2022.</strong></p>
<p>En el marco de la actividad fue posible conocer la labor en materia de exploración que están llevando a cabo algunas de las compañías mineras presentes en Chile.</p>
<p>Tal fue el caso de <strong>Antofagasta Minerals,</strong> que estuvo representada por Sergio Giglio, South America Exploration Manager.</p>
<p>Al inicio de su presentación, el ejecutivo se refirió a cómo el Covid impactó en los planes de desarrollo exploratorio, mencionando que en 2020, la pandemia generó turbulencias en la primera mitad del año. El capital de inversión disminuyó sólo en un 11% en comparación a 2019.</p>
<p>Mientras que <strong>en 2021, el presupuesto global de exploración de metales aumentó un 35%, impulsado por los altos precios de los metales,</strong> haciendo hincapié en que la pandemia implicó restricciones en las actividades de exploración y desarrollo minero.</p>
<p>Junto con ello, destacó que <strong>Latinoamérica continúa siendo el destino regional favorito para invertir, seguido de Canadá, Australia, Estados Unidos y Ãfrica.</strong> El destino principal de la inversión en exploración se enfoca en proyectos avanzados y brownfield.</p>
<p>Mencionó que<strong> a nivel global, el oro continúa siendo el blanco más atractivo (52%), seguido por el cobre (21%), aunque en Chile domina ampliamente el metal rojo</strong>. Además, resaltó que <strong>la profundidad de la cobertura de los nuevos descubrimientos se ha incrementado en las últimas décadas</strong>.</p>
<h3>Cambios al Código de Minería</h3>
<p>Sergio Giglio comentó que la propiedad minera en Chile es controlada por pocas empresas, generándose concentración en áreas clúster y no metálicos. En zonas más prospectivas los actores no cambian, indicó.</p>
<p>Este escenario se verá impactado por las recientes modificaciones al <strong>Código de Minería</strong>, debido a que ello traerá aparejado un aumento tanto en los gastos de exploración, como de los costos de mantención; junto con posibilitar un mayor dinamismo sobre las áreas congeladas.</p>
<p>â€œ<strong>El nuevo Código va a obligarnos a tomar decisiones</strong>â€, indicó el ejecutivo de Antofagasta Minerals, señalando que estas modificaciones normativas van en la línea de disminuir la especulación, fomentar el ingreso de nuevos actores al mercado, y aumentar la información geológica pública.</p>
<h3>Estrategia de AMSA</h3>
<p>Además, expuso sobre<strong> la Estrategia de Desarrollo 2015-2022 que posee AMSA, con un presupuesto de exploración FY19-22 superior a los US$35 millones</strong>, la que se enfoca en el cobre y en metales base asociados, con una diversificación geográfica con foco en las Américas, y que considera la búsqueda de activos donde se pueda consolidar un distrito, aprovechando las sinergias, como la adquisición de proyectos y operaciones con potencial.</p>
<p>En esa línea, destacó el caso de<strong> Distrito Centinela</strong>, como un ejemplo de desarrollo a través de exploraciones y M&amp;A selectivo.</p>
<p>Además, se refirió a <strong>los factores que inciden para que las exploraciones logren descubrimientos</strong>:</p>
<ul>
<li>Exploración y negociaciones exitosas</li>
<li>Romper paradigmas, volver a zonas históricamente exploradas con otros modelos exploratorios.</li>
<li>Balance en las actividades greenfield, brownfield, adquisiciones, presupuesto adecuado y consistente.</li>
<li>Portafolio balanceado en diferentes franjas de cobre.</li>
<li>Permanente apoyo de la alta gerencia.</li>
<li>Badget y equipo de trabajo balanceado.</li>
</ul>
<h3>Condiciones para una mejor exploración</h3>
<p>Finalmente, el ejecutivo de Antofagasta Minerals, expresó que <strong>el incremento de recursos de cobre en los últimos 10 años demuestra que Chile tiene aún potencial de exploración</strong>. El hecho que en proporción hay un bajo nivel de exploración greenfield, conlleva una oportunidad.</p>
<p>Además, mencionó que se requiere un mayor rol del Estado a través de<strong> un manejo de la información en un catastro moderno de información geológica pública</strong>.</p>
<p>Junto con ello, indicó que <strong>se requiere actualizar y modernizar el proceso de constitución de la propiedad minera,</strong> acorde con la competitividad actual, siendo el acceso a la tierra un factor clave.</p>
<p>Respecto a la permisología y las judicializaciones, aseveró que no se pueden ambas vías, indicando que <strong>se debe mejorar el proceso ambiental, con el Estado más presente en los temas con las comunidades</strong>.</p>
<p>De igual forma, <strong>es relevante definir zonas prioritarias para la minería</strong>, y avanzar con un proceso de exploración que desde un comienzo contemple <strong>un entendimiento de la situación socio ambiental</strong>.</p>
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