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	<title>sitios prioritarios archivos - Mch</title>
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	<description>Todas las noticias de minería chilena</description>
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	<title>sitios prioritarios archivos - Mch</title>
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	<item>
		<title>Sitios prioritarios: MMA suspende proceso para fortalecer revisión técnico-jurídica</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Daniel Rojas]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 16 Mar 2026 14:21:04 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Medio Ambiente]]></category>
		<category><![CDATA[MMA]]></category>
		<category><![CDATA[reglamento]]></category>
		<category><![CDATA[Servicio de Biodiversidad y Ãreas Protegidas]]></category>
		<category><![CDATA[Sistema Nacional de Áreas Protegidas]]></category>
		<category><![CDATA[sitios prioritarios]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Desde la cartera aseguraron que esta medida es parte del proceso de auditoría general.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/sitios-prioritarios-mma-suspende-proceso-para-fortalecer-revision-tecnico-juridica/">Sitios prioritarios: MMA suspende proceso para fortalecer revisión técnico-jurídica</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El <strong>Ministerio del Medio Ambiente</strong> resolvió <strong>suspender el avance</strong> <strong>en el proceso de determinación de sitios prioritarios para la biodiversidad,</strong> en el marco de la implementación de la Ley N°21.600 que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas.</p>
<p>A través de una resolución, el Ministerio del Medio Ambiente explicó que debido al <strong>alto volumen de observaciones -casi 10.000-, y la diversidad de los antecedentes recibidos,</strong> es necesario suspender el procedimiento de determinación mientras no finalice el análisis exhaustivo y sistemático de éstas, muchas de las cuales abordan materias tanto técnicas como jurídicas, que requieren una revisión detallada antes de continuar con las siguientes etapas del procedimiento.</p>
<p>En este contexto, <strong>la suspensión también permitirá revisar las Bases Metodológicas Técnico-Científicas que orientan el proceso de determinación de sitios prioritarios</strong>, con el objetivo de asegurar que la continuación del procedimiento se sustente sobre criterios, robustos, transparentes y debidamente fundamentados.</p>
<p>Desde la cartera aseguraron que esta medida es parte del proceso de auditoría general y<strong> busca garantizar que el proceso sea riguroso, ajustado al ordenamiento jurídico y se sustente en criterios metodológicos actualizados y suficientemente robustos desde el punto de vista técnico y científico.</strong> Además, continuarán avanzando en la elaboración del reglamento que establezca el procedimiento y los criterios para la declaración de un sitio prioritario.</p>
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		<title>Corproa sobre Sitios Prioritarios: â€œEs la oportunidad para avanzar en equilibrio y responsabilidadâ€</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Daniel Rojas]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 14 Nov 2025 11:23:32 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Medio Ambiente]]></category>
		<category><![CDATA[Atacama]]></category>
		<category><![CDATA[Corproa]]></category>
		<category><![CDATA[SBAP]]></category>
		<category><![CDATA[sitios prioritarios]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>â€œFrente a la implementaciÃ³n de normas que tienen el potencial de restringir la actividad econÃ³mica, es imperativo realizar los estudios correspondientes dentro de plazos suficientes y razonablesâ€, afirmÃ³ el presidente de la gremial.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/corproa-sobre-sitios-prioritarios-es-la-oportunidad-para-avanzar-en-equilibrio-y-responsabilidad/">Corproa sobre Sitios Prioritarios: â€œEs la oportunidad para avanzar en equilibrio y responsabilidadâ€</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Tras la declaración realizada por el Ministerio de Medio Ambiente, respecto de<strong> no avanzar en la definición de los sitios prioritarios,</strong> a propósito de la implementación de la Ley 21.600,<strong> el presidente de la Corporación para el Desarrollo de la Región de Atacama (Corproa)</strong>, dijo que â€œesta declaración es la confirmación de que <strong>es posible generar espacios de entendimiento, que nadie sobra y que todos son necesarios</strong>. <strong>Tenemos la oportunidad de dialogar para avanzar en equilibrio y responsabilidad, construyendo, con el aporte de todos, la mejor normativa posibleâ€</strong>.</p>
<p>El dirigente gremial se había reunido recientemente con las ministras de Minería y Medio Ambiente, instancia en la que<strong> solicitó poder ampliar los plazos para el establecimiento de los Sitios Prioritarios</strong>.</p>
<p>â€œAcompañado por autoridades regionales y representantes de la pequeña y mediana minería, pudimos plantear nuestras preocupaciones en torno a la implementación de la Ley 21.600. Agradezco nuevamente a las ministras por escucharnos ya que, como dijimos, nadie puede restarse de proteger nuestro medio ambiente, pero <strong>frente a la implementación de normas que tienen el potencial de restringir la actividad económica, es imperativo realizar los estudios correspondientes dentro de plazos suficientes y razonables,</strong> considerando la realidad local y las voces de quienes habitan las regiones del paísâ€, expresó.</p>
<p>Juan JoséÂ Ronsecco fue enfático e insistió en que â€œ<strong>la determinación de Sitios Prioritarios es uno de los temas que nos preocupan a propósito de la nueva reglamentación medioambiental.</strong> Puntualmente,<strong> nos inquieta el futuro del Anteproyecto de Norma Secundaria de Calidad del Aire para Material Particulado Sedimentable (MPS) en la Cuenca del Río Huasco.</strong> Necesitamos el mismo criterio aplicado con los Sitios Prioritarios y tener el tiempo suficiente para analizar los alcances de este anteproyecto. Apelamos a la razón y al objetivo común de alcanzar la mejor normativa posible, incorporando las voces de todosâ€, concluyó.</p>
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		<title>Sonami y decisión del MMA por Ley SBAP: â€œEl Gobierno ha comprendido la importancia de construir políticas públicas equilibradasâ€</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Daniel Rojas]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 13 Nov 2025 18:10:56 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Minera]]></category>
		<category><![CDATA[Jorge Riesco]]></category>
		<category><![CDATA[Servicio de Biodiversidad y Ãreas Protegidas]]></category>
		<category><![CDATA[sitios prioritarios]]></category>
		<category><![CDATA[Sonami]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El presidente del gremio, Jorge Riesco, valorÃ³ el anuncio de la autoridad, y reiterÃ³ su llamado a concretar las acciones multisectoriales que le han solicitado.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/sonami-y-decision-del-mma-por-ley-sbap-el-gobierno-ha-comprendido-la-importancia-de-construir-politicas-publicas-equilibradas/">Sonami y decisión del MMA por Ley SBAP: â€œEl Gobierno ha comprendido la importancia de construir políticas públicas equilibradasâ€</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Este jueves,<strong> el Ministerio del Medio Ambiente informó que no avanzará en la definición del primer listado de sitios prioritarios, hasta que los insumos surgidos de estos procesos sean analizados en profundidad</strong>.</p>
<p>La cartera sectorial resaltó queÂ ha llevado adelante este proceso de acuerdo con lo establecido en el artículo octavo transitorio de la ley 21.600.<strong> Los aportes recibidos en el marco de la consulta pública aún vigente, que a la fecha ha recibido más de 2.000 observaciones, permitirán robustecer esta política pública y dar certeza sobre su alcance a todos los actores,</strong> aseguraron.</p>
<p>El anuncio fue recibido de manera positiva por laÂ <strong>Sociedad Nacional de Minería (Sonami). </strong>â€œ<strong>Valoramos esta decisión que era absolutamente necesaria</strong> y da cuenta de que el Gobierno ha comprendido la importancia de construir políticas públicas equilibradas que protejan la biodiversidad sin sacrificar el desarrollo económico que el país requiereâ€, expresó el presidente del gremio,<strong> Jorge Riesco.</strong></p>
<p>Cabe recordar que, hace algunas semanas,<strong> diversos gremios productivos del país, convocados por Sonami, manifestaron su preocupación ante la forma en que se estaban elaborando los reglamentos de la Ley SBAP,</strong> particularmente el listado de 99 sitios prioritarios propuestos por el Ministerio de Medio Ambiente, que evidenciaba una actuación apresurada, sin suficiente sustento técnico y sin atender, hasta ese momento, a los diversos sectores productivos involucrados.</p>
<h3><strong>Labor gremial</strong></h3>
<p>El líder del gremio minero reiteró el llamado al Ministerio a concretar las acciones multisectoriales que han solicitado. «<strong>Esperamos que se conformen las mesas de trabajo y el diálogo necesario para lograr hacer un análisis técnico acabado sobre este tema.</strong> Como gremio, reiteramos nuestra disposición a colaborar en la revisión de los sitios prioritarios, aportando con propuestas concretas que permitan resguardar la biodiversidad sin afectar innecesariamente actividades que son vitales para el desarrollo productivoâ€, dijo.</p>
<p>«La unión de los principales gremios productivos de Chile en torno a esta materia ha demostrado que<strong> cuando el sector privado trabaja coordinadamente, podemos contribuir a mejorar las políticas públicas</strong> y dar cuenta que una mala implementación tiene costos enormes para el desarrollo y progreso del país», añadió Riesco.</p>
<p>Desde Sonami concluyeron que <strong>seguirán trabajando junto a otros gremios productivos para contribuir a una implementación responsable de la Ley SBAP,</strong> que proteja efectivamente la biodiversidad sin sacrificar el desarrollo económico y social que Chile necesita.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/sonami-y-decision-del-mma-por-ley-sbap-el-gobierno-ha-comprendido-la-importancia-de-construir-politicas-publicas-equilibradas/">Sonami y decisión del MMA por Ley SBAP: â€œEl Gobierno ha comprendido la importancia de construir políticas públicas equilibradasâ€</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
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		<title>MMA anuncia relevante decisión sobre proceso de definición de sitios prioritarios</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Daniel Rojas]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 13 Nov 2025 17:05:04 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Medio Ambiente]]></category>
		<category><![CDATA[gremios]]></category>
		<category><![CDATA[Ministerio del Medio Ambiente]]></category>
		<category><![CDATA[SBAP]]></category>
		<category><![CDATA[sitios prioritarios]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Desde la cartera sectorial destacaron que el trabajo continuarÃ¡ enfocado en aclarar dudas, atender las observaciones y mantener un diÃ¡logo abierto con todos los actores involucrados.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/mma-anuncia-relevante-decision-sobre-proceso-de-definicion-de-sitios-prioritarios/">MMA anuncia relevante decisión sobre proceso de definición de sitios prioritarios</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El <strong>Ministerio del Medio Ambiente anunció que no avanzará, por ahora, en la definición del primer listado de sitios prioritarios para la conservación</strong>, <strong>hasta analizar en profundidad</strong> los insumos obtenidos del proceso de <strong>consulta pública</strong> y de los <strong>diálogos sostenidos con distintos gremios productivos y organizaciones de la sociedad civil.</strong></p>
<p>De acuerdo con la cartera sectorial, <strong>esta decisión se enmarca en el artículo octavo transitorio de la Ley 21.600</strong> y busca <strong>incorporar de manera más sólida los aportes recibidos durante la consulta pública</strong>, la cual sigue vigente y ha reunido <strong>más de 2.000 observaciones</strong>.</p>
<p>Desde el Ministerio destacaron que el trabajo continuará enfocado en <strong>aclarar dudas, atender las observaciones y mantener un diálogo abierto con todos los actores involucrados</strong>, reafirmando su compromiso con un desarrollo sostenible e inclusivo.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/mma-anuncia-relevante-decision-sobre-proceso-de-definicion-de-sitios-prioritarios/">MMA anuncia relevante decisión sobre proceso de definición de sitios prioritarios</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
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		<item>
		<title>Sitios prioritarios: MMA asegura que dicha figura no impactará en la ejecución de los proyectos</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Daniel Rojas]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 06 Nov 2025 12:55:19 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Inversiones]]></category>
		<category><![CDATA[Medio Ambiente]]></category>
		<category><![CDATA[Maximiliano ProaÃ±o]]></category>
		<category><![CDATA[proyectos]]></category>
		<category><![CDATA[Servicio de Biodiversidad y Ãreas Protegidas]]></category>
		<category><![CDATA[sitios prioritarios]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>â€œNo genera ninguna limitaciÃ³n a las actividades productivas que cuenten con RCA o que cumplan con la legislaciÃ³n vigenteâ€, afirma el subsecretario del Medio Ambiente, Maximiliano ProaÃ±o, respecto a la Ley 21.600. </p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/sitios-prioritarios-mma-asegura-que-dicha-figura-no-impactara-en-la-ejecucion-de-los-proyectos/">Sitios prioritarios: MMA asegura que dicha figura no impactará en la ejecución de los proyectos</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>En la actualidad, se lleva a cabo el proceso de<strong> Consulta PúblicaÂ </strong>vinculada a la aplicación de la normativa relativa a<strong> sitios prioritarios de la Ley 21.600, que establece el Servicio de Biodiversidad y Ãreas Protegidas (SBAP) y el Sistema Nacional de Ãreas Protegidas.</strong></p>
<p>Cabe mencionar que, el Ministerio del Medio Ambiente generó <strong>una propuesta de 99 sitios prioritarios en base a criterios científicos, como conectividad, integridad y representatividad ecosistémica.</strong> El proceso de determinación de sitios prioritarios responde a un mandato legal y técnico establecido en el artículo octavo transitorio de dicha Ley.</p>
<p><strong>El proceso ha generado diversas inquietudes entre parlamentarios, la sociedad civil y gremios,</strong> respecto a la participación local en el reconocimiento de sitios prioritarios para la conservación y <strong>sus eventuales efectos sobre las actividades productivas del país</strong>.</p>
<p>En ese contexto, <strong>MINERÃA CHILENA se reunió con el subsecretario del Medio Ambiente, Maximiliano Proaño</strong>, para conversar respeto a las implicancias que tendrá la normativa en discusión.</p>
<ul>
<li><strong>Â¿Qué relevancia posee esta normativa en materia de conservación del medio ambiente y el desarrollo productivo nacional?</strong></li>
</ul>
<p><strong>Lo que hace la Ley 21.600 es generar un procedimiento ordinario para el reconocimiento de los sitios prioritarios</strong>, a través de los procesos de planificación ecológica establecidos en el artículo 28, y mandatar, en el artículo 29, la elaboración de un reglamento que determine dicho procedimiento. A su vez, establece un procedimiento extraordinario, en el artículo octavo transitorio, para organizar y recopilar el trabajo desarrollado durante más de 20 años en torno a los sitios prioritarios nacionales y regionales, incorporándolos en un proceso de consolidación.</p>
<p>Eso es precisamente lo que hemos venido haciendo desde el Ministerio del Medio Ambiente, entendiendo â€”y aquí vuelvo al marco general del Gobiernoâ€” <strong>la importancia que tienen hoy los sitios prioritarios para nuestro país en términos de planificación ecológica territorial, conciliando las actividades productivas con la necesaria conservación de la biodiversidad.</strong> Los sitios prioritarios son zonas o áreas con un valor ecológico especial por los servicios ecosistémicos que prestan o por albergar especies en algún grado de amenaza; por eso es fundamental relevarlos y armonizar su conservación con la actividad productiva.</p>
<ul>
<li><strong>Â¿Por qué en las últimas semanas ha surgido una serie de cuestionamientos postura hacia el proceso, por ejemplo, de parte de diversos gremios productivos?</strong></li>
</ul>
<p>Nos ha llamado la atención que <strong>varias observaciones o críticas provienen de imprecisiones o desconocimiento sobre lo que realmente son los sitios prioritarios</strong>.</p>
<p><strong>A menudo se les confunde con las áreas protegidas, pero los sitios prioritarios no son áreas protegidas y, por lo tanto, no tienen muchas de las limitaciones asociadas a ellas.</strong> Por ejemplo, no requieren plan de manejo. En cuanto a sus efectos, lo que estamos haciendo ahora es ordenar un proceso que ya existía y que estaba recogido en las estrategias nacionales y regionales de biodiversidad, las cuales reconocían 350 sitios prioritarios.</p>
<p>A partir de esos 350 sitios, elaboramos el listado de 99 que hoy se someten a consulta. Justamente,<strong> este proceso de consulta permite que los distintos sectores productivos, el sector privado y la sociedad civil entreguen información adicional para avanzar y ponderar los antecedentes</strong>, de manera de llegar al listado definitivo.</p>
<ul>
<li><strong>Â¿Cuáles fueron los principales criterios que se consideraron para seleccionar, de los 350 sitios prioritarios, los 99 incluidos en la consulta?</strong></li>
</ul>
<p>Los tres criterios fundamentales son:</p>
<p><strong>Representatividad de los ecosistemas:</strong> en línea con los compromisos del Marco Global de Biodiversidad, se priorizaron ecosistemas en mayor grado de amenaza o con baja representación en áreas protegidas. Por ejemplo, en la zona central el bosque esclerófilo, muy afectado por la crisis climática e hídrica, debía ser priorizado.</p>
<p><strong>Integridad ecológica:</strong> se buscaron zonas que no estuviesen completamente degradadas, sino que mantuvieran especies o servicios ecosistémicos relevantes que justifiquen políticas de conservación.</p>
<p><strong>Conectividad:</strong> se priorizaron áreas que pudieran funcionar como corredores de biodiversidad, incrementando las posibilidades de conservación a largo plazo frente a zonas aisladas, que suelen ser más vulnerables.</p>
<ul>
<li><strong>Â¿En qué se diferencia esta ley respecto a las exigencias actuales y las que podrían venir con su implementación?</strong></li>
</ul>
<p><strong>La propia ley reconoce que los proyectos que cuenten con resolución de calificación ambiental vigente o que cumplan con la legislación vigente no enfrentan ningún tipo de limitación por encontrarse dentro de un sitio prioritario.</strong> Lo mismo ocurre con las actividades productivas que ya se desarrollan dentro de estos sitios: no se verán afectadas.</p>
<p>La relevancia de los sitios prioritarios radica en su valor para la planificación ecológica. Es decir, se trata de reconocer áreas con un valor especial, disponer de mejor información sobre las especies presentes y aplicar instrumentos complementarios, como los pagos por conservar o las certificaciones ambientales, focalizándolos en zonas de interés para la conservación.</p>
<ul>
<li><strong>Entonces, Â¿la implementación de esta ley no genera ninguna limitación a las actividades productivas que cuenten con RCA o que cumplan con la legislación vigente?</strong></li>
</ul>
<p>Exactamente, <strong>no genera ninguna limitación a las actividades productivas que cuenten con resolución de calificación ambiental o que cumplan con la legislación vigente</strong>.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/sitios-prioritarios-mma-asegura-que-dicha-figura-no-impactara-en-la-ejecucion-de-los-proyectos/">Sitios prioritarios: MMA asegura que dicha figura no impactará en la ejecución de los proyectos</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Red de gremios regionales de Sofofa llama a una implementación responsable de la Ley SBAP</title>
		<link>https://www.mch.cl/red-de-gremios-regionales-de-sofofa-llama-a-una-implementacion-responsable-de-la-ley-sbap/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Daniel Rojas]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 06 Nov 2025 12:54:40 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Minera]]></category>
		<category><![CDATA[Red de gremios regionales]]></category>
		<category><![CDATA[SBAP]]></category>
		<category><![CDATA[sitios prioritarios]]></category>
		<category><![CDATA[Sofofa]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>â€œSi bien existe una instancia de consulta pÃºblica, esta no incluyÃ³ la etapa de selecciÃ³n de los 99 sitios prioritariosâ€, expresaron. </p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/red-de-gremios-regionales-de-sofofa-llama-a-una-implementacion-responsable-de-la-ley-sbap/">Red de gremios regionales de Sofofa llama a una implementación responsable de la Ley SBAP</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Por medio de una <a href="https://www.mch.cl/wp-content/uploads/2025/11/Declaracion-Gremios-Regionales-SBAP.pdf" target="_blank" rel="noopener"><strong>declaración pública</strong></a>,<strong> la red de gremios regionales de Sofofa</strong> advirtió que <strong>si la implementación del Sistema de Biodiversidad y Ãreas Protegidas (SBAP) no se ejecuta de manera responsable, equilibrada y promoviendo la compatibilidad entre la protección del medio ambiente y el fomento productivo, esta podría afectar la inversión, el empleo y la actividad productiva en regiones</strong>.</p>
<p>â€œ<strong>El listado en consulta de 99 Sitios Prioritarios para la Conservación, que abarca cerca de 4 millones de hectáreas o un 5% del territorio nacional fue elaborada sin que se conozcan los criterios técnicos, validaciones científicas ni el reglamento que debe regular el proceso.</strong> Por ejemplo, en regiones como Atacama, la aplicación simultánea de esta medida con otras restricciones ambientales paralelas podría afectar a aproximadamente el 50% del territorio de la región, generando alta incertidumbre jurídica y económicaâ€, expresaron.</p>
<p>Junto con expresar que â€œnos preocupa la falta de participación efectiva de los distintos actores -vecinos, propietarios, municipalidades, gremios y proyectos productivos-. <strong>Si bien existe una instancia de consulta pública, esta no incluyó la etapa de selección de los 99 sitios prioritarios.</strong> Se ha señalado que podrían reducirse con las observaciones actuales, pero el proceso sigue siendo poco participativo y con espacios limitados de correcciónâ€.</p>
<p>En ese contexto, hicieron un llamado a que â€œel proceso se conduzca con reglas claras, evidencia técnica y participación regional efectiva, considerando los impactos sobre la propiedad privada, los proyectos de inversión en curso y la actividad económica local. <strong>Esto no se resuelve simplemente ampliando los plazos de consulta, sino construyendo la determinación de los Sitios Prioritarios sobre una base científica sólida,</strong> con criterios transparentes y validados, que aseguren decisiones fundamentadas y sostenibles en el tiempoâ€.</p>
<p>â€œ<strong>Desde Sofofa hemos presentado observaciones en las tres consultas públicas de las macrozonas Norte, Centro y Sur</strong>, con el objetivo de contribuir a un proceso más claro y equilibrado. Además, ponemos a disposición la colaboración de todos los gremios regionales adheridos de Arica a Magallanes para participar en mesas de trabajo regionales o macrozonales que permitan analizar las implicancias de esta medida y apoyar la construcción de una propuesta que concilie protección ambiental con desarrollo regionalâ€, mencionaron.</p>
<h3><strong>Inversión</strong></h3>
<p>La red de gremios regionales de Sofofa recalcó que â€œexiste consenso en que la permisología es uno de los principales nudos que frenan la inversión.<strong> La Ley SBAP no debe convertirse en una nueva traba al crecimiento,</strong> sino en una política que promueva un desarrollo equilibrado, donde la protección ambiental y el progreso económico se fortalezcan mutuamenteâ€.</p>
<p>â€œ<strong>El desafío no es elegir entre desarrollo o conservación, sino hacer bien las cosas.</strong> Chile necesita una normativa ambiental moderna, seria y equilibrada, que proteja la naturaleza y, al mismo tiempo, fomente la inversión, el empleo y el bienestar de las personasâ€, concluyeron.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/red-de-gremios-regionales-de-sofofa-llama-a-una-implementacion-responsable-de-la-ley-sbap/">Red de gremios regionales de Sofofa llama a una implementación responsable de la Ley SBAP</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
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		<title>Diputados analizan normativa de áreas protegidas y su efecto sobre actividades productivas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Daniel Rojas]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 05 Nov 2025 19:25:51 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Industria y Negocios]]></category>
		<category><![CDATA[diputados]]></category>
		<category><![CDATA[Ley 21.600]]></category>
		<category><![CDATA[Maximiliano ProaÃ±o]]></category>
		<category><![CDATA[Servicio de Biodiversidad y Ãreas Protegidas]]></category>
		<category><![CDATA[sitios prioritarios]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La ComisiÃ³n de Agricultura de la CÃ¡mara continuÃ³ el debate sobre la aplicaciÃ³n de la Ley 21.600.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La<a role="link" href="https://www.camara.cl/legislacion/comisiones/integrantes.aspx?prmID=3317">Â </a><strong><a role="link" href="https://www.camara.cl/legislacion/comisiones/integrantes.aspx?prmID=3317" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados </a></strong>continuó revisando la implementación de laÂ <a role="link" href="https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1195666" target="_blank" rel="noreferrer noopener"><strong>Ley 21.600</strong></a>, que establece <strong>el Servicio de Biodiversidad y Ãreas Protegidas (SBAP) y el Sistema Nacional de Ãreas Protegidas</strong>. La discusión está centrada en la participación local en el reconocimiento de sitios prioritarios para la conservación y<strong> sus eventuales efectos sobre las actividades productivas del país</strong>.</p>
<p>Durante la sesión, el subsecretario del Medio Ambiente,<strong> Maximiliano Proaño</strong>, explicó que<strong> los sitios prioritarios se reconocen desde 2002 dentro de la estrategia nacional y regionales de biodiversidad</strong>. Precisó que, actualmente, <strong>existen cerca de 350 sitios identificados</strong> y la nueva ley busca ordenar esta dispersión, mediante<strong> un proceso de planificación ecológica regulada en el artículo 28 de la ley.</strong></p>
<p>Aclaró, asimismo, que <strong>no se están creando nuevos sitios prioritarios, sino reorganizando los ya existentes.</strong> Para ello, se elaboró un listado de 99 áreas seleccionadas con criterios de representatividad, conectividad e integridad ecológica.</p>
<p>Por su parte, la jefa de la División de Recursos Naturales y Biodiversidad, <strong>Daniela Manusevich,</strong> destacó que<strong> esta metodología permitirá duplicar de 6 a 12 los ecosistemas que cumplen estándares internacionales de conservación.</strong> De esa manera, se consolida una planificación ecológica basada en evidencia científica.</p>
<h3><strong>Inquietudes de los parlamentariosÂ </strong></h3>
<p>Ante las exposiciones, legisladores (as) de la comisión <strong>expresaron preocupación por los posibles impactos territoriales de esta ley</strong>.</p>
<p>Así, el diputadoÂ <a role="link" href="https://www.camara.cl/diputados/detalle/mociones.aspx?prmID=803" target="_blank" rel="noopener">René Alinco</a>Â dijo que la normativa no ha fortalecido a las comunidades campesinas ni generado beneficios concretos en regiones como Aysén. En tanto, la presidenta de la comisión,Â <a role="link" href="https://www.camara.cl/diputados/detalle/mociones.aspx?prmID=1152" target="_blank" rel="noopener">Gloria Naveillan</a>, advirtió que <strong>la implementación responde a una visión ambiental demasiado restrictiva,</strong> mientras que la diputadaÂ <a role="link" href="https://www.camara.cl/diputados/detalle/mociones.aspx?prmID=1136" target="_blank" rel="noopener">Paula Labra</a>Â cuestionó el uso de bases metodológicas en lugar del reglamento definido en el artículo 29.</p>
<p>Desde el Ejecutivo se precisó que <strong>la ley habilita un mecanismo excepcional, que permite avanzar en el reconocimiento de los sitios prioritarios mientras se completa la planificación ecológica</strong>.</p>
<p>Sobre el punto, <strong>la instancia acordó oficiar a la Contraloría General de la República</strong> para su pronunciamiento sobre la aplicación del cuestionado artículo transitorio, así como de los plazos reglamentarios. Además, solicitar alÂ <strong><a role="link" href="https://mma.gob.cl/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">M</a><a role="link" href="https://mma.gob.cl/">inisterio del Medio Ambiente</a>Â </strong>información sobre los avances en la implementación del SBAP y los mecanismos de participación regional.</p>
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		<title>Director del SBAP iniciará diálogos sobre sitios prioritarios con gremios y sociedad civil</title>
		<link>https://www.mch.cl/director-del-sbap-iniciara-dialogos-sobre-sitios-prioritarios-con-gremios-y-sociedad-civil/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Daniel Rojas]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 24 Oct 2025 14:40:29 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Medio Ambiente]]></category>
		<category><![CDATA[gremios]]></category>
		<category><![CDATA[Maisa Rojas]]></category>
		<category><![CDATA[Servicio de Biodiversidad y Ãreas Protegidas]]></category>
		<category><![CDATA[sitios prioritarios]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La ministra Maisa Rojas explicÃ³ que esto tiene como objetivo "canalizar inquietudes, aclarar dudas y buscar puntos de acuerdo para generar certeza jurÃ­dica".</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La ministra del Medio Ambiente,Â <strong>Maisa Rojas</strong>, encargó al director nacional del <strong>Servicio de Biodiversidad y Ãreas Protegidas</strong> (SBAP),Â <strong>Aarón Cavieres</strong>, realizar un proceso de diálogo en el más breve plazo con <strong>diversos sectores del ámbito productivo y de la sociedad civil,</strong> con el objetivo de generar recomendaciones para<strong> la aplicación de la normativa relativa a sitios prioritarios de la ley 21.600</strong>.</p>
<p>La ministra Rojas explicó que estos diálogos tienen como objetivo «<strong>canalizar inquietudes, aclarar dudas y <em>buscar puntos de acuerdo para generar certeza jurídica en cuanto a la implementación de los sitios prioritarios»</em></strong>.</p>
<p>La secretaria de Estado agregó que con estos diálogos se busca<strong>Â generar insumos para la toma de decisiones en la política pública</strong>.</p>
<p>Desde la cartera explicaron que <strong>el proceso de determinación de sitios prioritarios responde a un mandato legal y técnico establecido en el artículo octavo transitorio de dicha Ley</strong>. El Ministerio del Medio Ambiente destacó que generó una propuesta de <strong>99 sitios prioritarios</strong> en base a criterios científicos como conectividad, integridad y representatividad ecosistémica, que actualmente se encuentra en consulta pública en todo el país.</p>
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		<title>MMA inicia consulta indígena sobre materias que regularán las áreas protegidas y sitios prioritarios</title>
		<link>https://www.mch.cl/mma-inicia-consulta-indigena-sobre-materias-que-regularan-las-areas-protegidas-y-sitios-prioritarios/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Alvaro Guerrero]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 21 Nov 2024 12:20:20 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Minera]]></category>
		<category><![CDATA[Medio Ambiente]]></category>
		<category><![CDATA[Ã¡reas protegidas]]></category>
		<category><![CDATA[consulta indÃ­gena]]></category>
		<category><![CDATA[Maisa Rojas]]></category>
		<category><![CDATA[MMA]]></category>
		<category><![CDATA[sitios prioritarios]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Se contempla la realizaciÃ³n de cerca de 100 encuentros en diversas localidades y todas las regiones del paÃ­s, con el objeto de dialogar con las comunidades sobre las materias consultadas.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Una invitación a los<strong> representantes de comunidades y pueblos indígenas</strong> a participar de la consulta sobre diversas materias, que serán reguladas en los futuros reglamentos sobre <strong>Ãreas Protegidas y Sitios Prioritarios</strong> y que fueron establecidos en la denominada â€œ<strong>Ley para la Naturalezaâ€, extendió la ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas.</strong></p>
<p>Al respecto, la autoridad ambiental expresó que â€œqueremos recoger la voz, las experiencias, los saberes de los pueblos indígenas que ancestralmente han estado conviviendo en medio de territorios y áreas de conservación de la biodiversidad. <strong>Saber qué piensan, qué opinan, cómo se pueden vincular en la gestión de estas áreas protegidas</strong>. Por eso les invitamos a participar activamente en esta Consulta que <strong>se inicia el 20 de noviembre en todas las regiones del paísâ€</strong>.</p>
<h3><strong>Consulta Indígena</strong></h3>
<p><strong>La Consulta Indígena es una invitación a los representantes de pueblos y comunidades indígenas a participar de un diálogo</strong>, que tiene como objetivo llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento, acerca de medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarlos directamente y que, en este caso, provienen de la ley que creó el <strong>Servicio de Biodiversidad y Ãreas Protegidas (SBAP).</strong></p>
<p>Ese cuerpo legal estableció la necesidad de elaborar reglamentos sobre áreas protegidas y de sitios prioritarios, <strong>tarea que le corresponde al Ministerio del Medio Ambiente</strong>. Para elaborar estos reglamentos se ha considerado el desarrollo de una consulta Indígena a nivel nacional, para dialogar con las distintas comunidades indígenas que habitan los territorios o en sus inmediaciones, ocupados o utilizados ancestralmente o para fines culturales.</p>
<p>En la actualidad,<strong> las áreas protegidas de Chile abarcan una superficie de 167 millones de hectáreas</strong>, sumando un total de 245 áreas, tanto en tierra como en mar. Esto significa que<strong> las áreas protegidas cubren prácticamente el 22% (16,6 millones de hectáreas) del territorio nacional continental e insular</strong>, y para el ámbito marino, un 44% de la Zona Económica Exclusiva (150,5 hectáreas).</p>
<p>Para estos efectos, el Ministerio desplegará la realización de <strong>cerca de 100 encuentros</strong> en diversas localidades y todas las regiones del país, con el objeto de <strong>dialogar con las comunidades sobre las materias consultadas.</strong></p>
<p>En la ocasión, la ministra Rojas destacó que â€œestos encuentros son fundamentales para el Ministerio, porque <strong>los pueblos indígenas tienen una vinculación ancestral y espiritual con la naturaleza</strong>. Su opinión es por lo mismo, vital a la hora de definir estos reglamentos que regularán, por ejemplo, la forma en que se crearán o desafectarán las áreas protegidas por el Estadoâ€.</p>
<p><strong>Para conocer el calendario de los encuentros y más antecedentes de la consulta, se puede visitar</strong>Â <a href="http://consultaindigena.mma.gob.cl/" target="_blank" rel="noopener">http://consultaindigena.mma.gob.cl</a></p>
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		<title>Disponen realización de consulta indígena sobre materias que serán reguladas en reglamento sobre áreas protegidas y sitios prioritarios</title>
		<link>https://www.mch.cl/disponen-realizacion-de-consulta-indigena-sobre-materias-que-seran-reguladas-en-reglamento-sobre-areas-protegidas-y-sitios-prioritarios/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Daniel Rojas]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 11 Sep 2024 13:10:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Minera]]></category>
		<category><![CDATA[Ã¡reas protegidas]]></category>
		<category><![CDATA[consulta indÃ­gena]]></category>
		<category><![CDATA[sitios prioritarios]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>ResoluciÃ³n del Ministerio del Medio Ambiente publicada en el Diario Oficial detalla los alcances de la medida.Â </p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/disponen-realizacion-de-consulta-indigena-sobre-materias-que-seran-reguladas-en-reglamento-sobre-areas-protegidas-y-sitios-prioritarios/">Disponen realización de consulta indígena sobre materias que serán reguladas en reglamento sobre áreas protegidas y sitios prioritarios</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>En el <a href="https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2024/09/11/43948/01/2543071.pdf" target="_blank" rel="noopener"><strong>Diario Oficial</strong></a> se publicó la <strong>Resolución exenta número 4.259, de 2024</strong>, del <strong>Ministerio del Medio Ambiente</strong>, por medio de la cual se dispone la realización de <strong>un proceso de consulta a pueblos indígenas, inicia procedimiento administrativo y convoca al proceso</strong>.</p>
<p>En el texto se detalla queÂ <strong>el Convenio NÂº 169</strong>, sobre Pueblos indígenas y Tribales en países independientes, de la Organización Internacional del Trabajo del año 1989, promulgado a través de decreto supremo NÂº 236, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores, dispone en su artículo 2Âº NÂº 1 que: «<strong>Los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad</strong>«. Por su parte, en su NÂº 2 letra b), dispone que: «esta acción <strong>deberá incluir medidas: que promuevan la plena efectividad de los derechos sociales, económicos y culturales de esos pueblos, respetando su identidad social y cultural, sus costumbres y tradiciones y sus instituciones</strong>»</p>
<p>Por su parte, el artículo 6 NÂº 1 letra a) y NÂº 2 del mencionado Convenio NÂº 169, dispone la obligación de: «1. al aplicar las disposiciones del Convenio NÂº 169, los Gobiernos deberán: a) <strong>consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directament</strong>e;</p>
<p>2. Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de <strong>llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas</strong>«.</p>
<p>Junto con ello, se consigna que la ley NÂº 21.600, que<strong> crea el Servicio de Biodiversidad y Ãreas Protegidas y el Sistema Nacional de Ãreas Protegidas («ley NÂº 21.600»)</strong>, establece en su artículo 65 el procedimiento para la creación de las áreas protegidas del Estado. En particular, su inciso final, establece:<br />
«<strong>Un reglamento dictado por el Ministerio del Medio Ambiente establecerá el procedimiento y requisitos para la creación, modificación y desafectación de las áreas protegidas, el que deberá incluir una etapa de participación ciudadana, de consulta a los gobiernos regionales y municipalidades pertinentes, así como de consulta a Organizaciones Representativas de Pueblos Indígenas susceptibles de ser afectadas directamente</strong>, de conformidad con el Convenio NÂº 169 de la Organización Internacional del Trabajo y demás disposiciones aplicables. Dicho procedimiento deberá, asimismo, contemplar el pronunciamiento favorable del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático en su finalización».</p>
<p>De <strong>las materias de la ley NÂº 21.600 que serán reguladas en el futuro reglamento sobre áreas protegidas</strong>, y que son coincidentes con aquellas que <strong>tienen la susceptibilidad de afectar directamente a pueblos indígenas</strong>, son las siguientes:<br />
a. Procedimiento de creación, modificación y desafectación de áreas protegidas del Estado (artículos 65 y 66);<br />
b. Participación en la gestión de las áreas protegidas del Estado (artículo 68);<br />
c. Exención de tarifa de ingreso y servicios en áreas protegidas del Estado (artículo 70 inciso tercero);<br />
d. Procedimiento de elaboración de planes de manejo y su contenido (artículos 72 y 74);<br />
e. Otorgamiento de concesiones en áreas protegidas del Estado (artículos 80, 82, 83, 84 y 85);<br />
f. Ãreas de Conservación de pueblos indígenas (artículo 62 y 56 letra f);<br />
g. Programa de participación y vinculación comunitaria y de pueblos originarios en el Plan Estratégico del Sistema Nacional de Ãreas Protegidas (artículo 55 letra h);<br />
h. Comités regionales de carácter público-privados del Sistema Nacional de Ãreas Protegidas (artículo 55 inciso final);<br />
i. Permisos en Ãreas Protegidas del Estado (artículo 94); y<br />
j. Creación, modificación y desafectación de áreas protegidas privadas (artículos 97, 98 y 99).<br />
k. Infracciones dentro de áreas protegidas (artículo 115 inciso final).</p>
<p>Mientras que la ley NÂº 21.600 regula en su artículo 29 la determinación de sitios prioritarios que el Ministerio del Medio Ambiente identifique en el marco de la planificación ecológica a que se refiere el artículo 28 del mismo cuerpo legal, estableciendo lo siguiente: «<strong>un reglamento dictado por el Ministerio establecerá el procedimiento y los criterios para la declaración de un sitio prioritario, los que deberán contemplar la participación de las comunidades científicas, locales e indígenas y de autoridades locales, regionales y nacionales</strong>«.</p>
<p>Es en dicho contexto que desde el Ministerio del Medio Ambiente se dispuso<strong> la realización de un proceso de consulta a los pueblos indígenas y sus instituciones representativas, sobre las materias que serán reguladas en el reglamento sobre áreas </strong><strong>protegidas y sitios prioritario</strong>s.</p>
<p>Ello considera<strong> instruir el procedimiento administrativo respecto al proceso de consulta</strong> sobre las materias que serán reguladas en el futuro reglamento sobre áreas protegidas y el reglamento de sitios prioritarios, junto <strong>a la convocatoria a los pueblos indígenas y sus instituciones representativas a la primera reunión de planificación</strong> del proceso de consulta de conformidad con dispuesto en el artículo 15 del decreto supremo NÂº 66, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/disponen-realizacion-de-consulta-indigena-sobre-materias-que-seran-reguladas-en-reglamento-sobre-areas-protegidas-y-sitios-prioritarios/">Disponen realización de consulta indígena sobre materias que serán reguladas en reglamento sobre áreas protegidas y sitios prioritarios</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
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