<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:wfw="http://wellformedweb.org/CommentAPI/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	xmlns:slash="http://purl.org/rss/1.0/modules/slash/"
	>

<channel>
	<title>Minera Montecarmelo archivos - Mch</title>
	<atom:link href="https://www.mch.cl/tag/minera-montecarmelo/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://www.mch.cl/tag/minera-montecarmelo/</link>
	<description>Todas las noticias de minería chilena</description>
	<lastBuildDate>Wed, 18 Mar 2026 17:53:17 +0000</lastBuildDate>
	<language>es</language>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	

<image>
	<url>https://www.mch.cl/wp-content/uploads/2024/02/cropped-mchicon-150x150.jpeg</url>
	<title>Minera Montecarmelo archivos - Mch</title>
	<link>https://www.mch.cl/tag/minera-montecarmelo/</link>
	<width>32</width>
	<height>32</height>
</image> 
	<item>
		<title>Tribunal revisa medida cautelar ordenada tras demanda por daño ambiental contra minera</title>
		<link>https://www.mch.cl/tribunal-revisa-medida-cautelar-ordenada-tras-demanda-por-dano-ambiental-contra-minera/</link>
					<comments>https://www.mch.cl/tribunal-revisa-medida-cautelar-ordenada-tras-demanda-por-dano-ambiental-contra-minera/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[Fernanda Cornejo]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 18 Mar 2026 15:50:31 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Medio Ambiente]]></category>
		<category><![CDATA[Consejo de Defensa del Estado]]></category>
		<category><![CDATA[contaminaciÃ³n]]></category>
		<category><![CDATA[Minera Montecarmelo]]></category>
		<category><![CDATA[PuchuncavÃ­]]></category>
		<category><![CDATA[Segundo Tribunal Ambiental]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.mch.cl/?p=377828</guid>

					<description><![CDATA[<p>El CDE presentó la acción judicial debido a una potencial afectación ocasionada en aproximadamente 6,9 hectáreas de suelo.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/tribunal-revisa-medida-cautelar-ordenada-tras-demanda-por-dano-ambiental-contra-minera/">Tribunal revisa medida cautelar ordenada tras demanda por daño ambiental contra minera</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El <strong>Segundo Tribunal Ambiental</strong> llevó a cabo la audiencia de<strong> revisión de la medida cautelar que prohíbe a los demandados solidarios enajenar algunos bienes muebles e inmuebles de su propiedad</strong>, en el marco de la <strong>demanda por reparación de daño ambiental presentada por el Estado de Chile en contra de Minera Montecarmelo S.A.</strong>, <strong>Luis Felipe Boisier Troncoso y Sociedad Felipe Boisier Troncoso Minerales y Metales EIRL</strong>.</p>
<p>El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy, presidenta (s) y el ministro Cristián López, junto al ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Pedro Caro. Los alegatos fueron efectuados por el abogado de los demandados, Rodrigo Rivera, mientras que en representación del Consejo de Defensa del Estado (CDE), alegó la abogada Ximena González.</p>
<p><strong>La medida cautelar fue solicitada por el CDE y concedida por el Tribunal el 13 de enero de este año</strong>, en consideración los antecedentes acompañados el CDE, «que dan cuenta de la verosimilitud de la pretensión invocada y que, a juicio del Tribunal, configuran una <strong>presunción grave del derecho que se reclama y de los hechos denunciados</strong>, como asimismo, del<strong> peligro en la demora</strong>, representado en este caso, por la posible enajenación o distracción de los bienes de propiedad de las demandadas».</p>
<p><strong>Esta acción busca asegurar la reparación del daño ambiental</strong>, en caso de que esta magistratura especializada acoja la demanda.</p>
<blockquote><p>Cabe recordar que el <strong>CDE presentó la demanda por reparación de daño ambiental debido a una potencial afectación ocasionada en aproximadamente 6,9 hectáreas de suelo</strong>, dentro del área de influencia del <strong>proyecto Procesamiento de Sales Metálicas,</strong> de Minera Montecarmelo, ubicado en el sector Los Maitenes, comuna de Puchuncaví.</p></blockquote>
<h3><strong>Efecto en el ecosistema</strong></h3>
<p>En su escrito, el Consejo afirma que el suelo de este sector habría experimentado una <strong>«grave contaminación por metales pesados y metaloides, alterando su equilibrio químico</strong>, lo que ha generado un menoscabo significativo en los servicios ecosistémicos que presta y un riesgo grave para la flora, la fauna y el componente humano del medio ambiente, especialmente para la vida y salud de la población».</p>
<p>Dicha afectación se habría generado -sostiene- como <strong>consecuencia de una operación deficiente y contraria a la Resolución de Calificación Ambiental</strong> <strong>(RCA) que aprobó el proyecto</strong>, «con omisión de las obligaciones ambientales y del cumplimiento de la normativa sectorial aplicable».</p>
<p>En concreto, <strong>la medida cautelar consistente en la prohibición de celebrar actos y contratos</strong>, respecto de <strong>un inmueble y 11 vehículos</strong> de propiedad de las demandadas: Minera Montecarmelo, Sociedad Luis Felipe Boisier Troncoso Metales y Minerales E.I.R.L. y el gerente general y representante de la empresa.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/tribunal-revisa-medida-cautelar-ordenada-tras-demanda-por-dano-ambiental-contra-minera/">Tribunal revisa medida cautelar ordenada tras demanda por daño ambiental contra minera</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
					<wfw:commentRss>https://www.mch.cl/tribunal-revisa-medida-cautelar-ordenada-tras-demanda-por-dano-ambiental-contra-minera/feed/</wfw:commentRss>
			<slash:comments>0</slash:comments>
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Minera acude al Tribunal Ambiental para rebajar multas impuestas por SMA</title>
		<link>https://www.mch.cl/minera-acude-al-tribunal-ambiental-para-rebajar-multas-impuestas-por-sma/</link>
					<comments>https://www.mch.cl/minera-acude-al-tribunal-ambiental-para-rebajar-multas-impuestas-por-sma/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[Fernanda Cornejo]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 12 Sep 2025 14:28:47 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Minera]]></category>
		<category><![CDATA[Minera Montecarmelo]]></category>
		<category><![CDATA[minerÃ­a]]></category>
		<category><![CDATA[PuchuncavÃ­]]></category>
		<category><![CDATA[tribunal ambiental]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.mch.cl/?p=370958</guid>

					<description><![CDATA[<p>La Superintendencia del Medio Ambiente llevÃ³ a cabo el procedimiento sancionatorio contra la empresa, tras detectar una serie de incumplimientos ambientales. </p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/minera-acude-al-tribunal-ambiental-para-rebajar-multas-impuestas-por-sma/">Minera acude al Tribunal Ambiental para rebajar multas impuestas por SMA</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El <strong>Segundo Tribunal Ambiental escuchó los alegatos de la reclamación de Minera Montecarmelo en contra de la sanción de más de mil millones de pesos y la revocación de la Resolución de Calificación Ambiental</strong> (RCA), ordenada por la <strong>Superintendencia del Medio Ambiente</strong> a su planta de procesamiento de sales metálicas, ubicada la comuna de Puchuncaví, Región de Valparaíso.</p>
<p>Cabe recordar que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) llevó a cabo el procedimiento sancionatorio contra la empresa tras <strong>detectar una serie de incumplimientos ambientales</strong>, asociados principalmente a <strong>deficiencias en el manejo de residuos peligrosos</strong>, y en <strong>el sistema de canalización y conducción de aguas lluvias</strong>.</p>
<p>Minera Montecarmelo solicitó al Tribunal dejar sin efecto la resolución, a través de la cual la SMA rechazó el reclamo administrativo que presentó en contra de la resolución sancionatoria del ente fiscalizador.</p>
<p>Específicamente, requirió que se ordene a la SMA <strong>recalcular el beneficio económico, aplicando la menor multa posible en el caso concreto</strong>, junto con la reclasificación a leve del Cargo NÂ° A.5; reponderar las circunstancias del artículo 40 de la LOSMA, en particular la capacidad de pago, pues la <strong>multa impuesta en su totalidad resulta desproporcionada</strong>; imponer una sanción menos gravosa, como la clausura definitiva para el Cargo NÂ° A.4, con el fin de <strong>poder ejecutar y llevar cabo el Plan de Cierre en curso aprobado por Sernageomin</strong>.</p>
<p><strong>En su subsidio, que se aplique sólo la sanción de revocación y se absuelva de las multas impuestas en los otros cargos, por ser la sanción desproporcionada para la realidad de la empresa,</strong> la cual contempla el pago de las mismas junto con la revocación de la RCA.</p>
<p>En tanto, la SMA pidió al Tribunal que <strong>rechace la reclamación, ya que es legal y fue dictada conforme la normativa vigente</strong>. Precisa que la reclamante â€œúnicamenteâ€ ha deducido la reclamación en contra de la resolución que rechazó la reposición presentada en contra de la resolución sancionatoria.</p>
<p>â€œAsí las cosas, se observa que gran parte de las alegaciones de la reclamante en autos no se relacionan en ningún punto con la resolución que ha sido impugnada y, en consecuencia, no tienen el mérito para cuestionar su legalidad (â€¦) precisamente, <strong>el recurso de reposición presentado por la empresa versó únicamente respecto a la capacidad económica de la misma</strong>â€, afirmó, para luego agregar que la empresa en su reclamación â€œpresentó argumentos que en nada se relacionan con su escrito de reposición y, por tanto, con la resolución que efectivamente impugnóâ€.</p>
<h3><strong>Plazos y argumentosÂ </strong></h3>
<p>Según el ente fiscalizador, las alegaciones de Minera Montecarmelo ante el Tribunal tienen relación con la resolución sancionatoria, cuyo<strong> plazo para impugnar se encuentra vencido.</strong></p>
<p>Luego procede a identificar y enumerar estos argumentos:</p>
<p>1- se ha faltado a la integridad del expediente administrativo sancionatorio.</p>
<p>2- existe una falta de socialización de la fórmula para la determinación de sanciones, lo que incide en la motivación del acto administrativo.</p>
<p>3- existe una errónea ponderación de las circunstancias del artículo 40 de la LOSMA, en específico, con relación al beneficio económico (Cargo A.2 y A.5), y</p>
<p>4- las sanciones impuestas son desproporcionadas, pues confluyen sanciones pecuniarias con una sanción de revocación; y porque la revocación del permiso ambiental impide ejecutar el Plan de Cierre del proyecto.</p>
<p>â€œEn efecto, lo cierto es que, en los hechos, el titular no interpuso recurso alguno contra la resolución sancionatoria dentro del plazo y en la forma establecidos por la normativa vigente. En consecuencia, no resulta procedente pretender, en esta sede, desvirtuar la presunción de legalidad que ampara a dicho acto administrativo, toda vez que <strong>no fue oportunamente impugnado en la etapa procesal prevista por el legislador para tales efectos</strong>â€, argumentó.</p>
<p>La SMA reconoció que las alegaciones asociadas a la capacidad económica de la empresa y al transcurso del tiempo en la etapa recursiva, sí guardan relación con la resolución impugnada ante el Tribunal Ambiental. Sin embargo, asegura que <strong>estos argumentos no tienen el mérito de desvirtuar la legalidad de la resolución impugnada</strong>.</p>
<p>Minera Montecarmelo es titular del â€œProcesamiento de Sales Metálicasâ€, que consiste en el procesamiento de aproximadamente 20.000 toneladas en base seca de residuos sólidos, resultantes del<strong> tratamiento de polvos provenientes de precipitadores electrostáticos de la Planta de Ãcido de la Fundición y Refinería Ventanas</strong>.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/minera-acude-al-tribunal-ambiental-para-rebajar-multas-impuestas-por-sma/">Minera acude al Tribunal Ambiental para rebajar multas impuestas por SMA</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
					<wfw:commentRss>https://www.mch.cl/minera-acude-al-tribunal-ambiental-para-rebajar-multas-impuestas-por-sma/feed/</wfw:commentRss>
			<slash:comments>0</slash:comments>
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Tribunal Ambiental acogió demanda en contra de Minera Montecarmelo</title>
		<link>https://www.mch.cl/tribunal-ambiental-acogio-demanda-en-contra-de-minera-montecarmelo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 15 May 2019 19:28:03 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Minera]]></category>
		<category><![CDATA[Minera Montecarmelo]]></category>
		<category><![CDATA[PuchuncavÃ­]]></category>
		<category><![CDATA[Tribunal Ambiental de Santiago]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.empleosmch.cl/?p=134424</guid>

					<description><![CDATA[<p>La demanda sostenÃ­a â€œactos y omisiones negligentesâ€ de la empresa minera en su proyecto â€œProcesamiento de sales metÃ¡licasâ€.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/tribunal-ambiental-acogio-demanda-en-contra-de-minera-montecarmelo/">Tribunal Ambiental acogió demanda en contra de Minera Montecarmelo</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El <strong>Tribunal Ambiental de Santiago</strong> acogió la demanda por<strong> reparación de daño ambiental</strong> interpuesta en contra de <strong>Minera Montecarmelo S.A</strong>. por dos agricultores del sector Los Maitenes, de la comuna de Puchuncaví.</p>
<p>â€œSe resuelve acoger la demanda de reparación por daño ambiental interpuesta por Luis Eduardo Cantellano Ampuero y Vladimir Mondaca Díaz, en representación de Manuel Humberto Vega Puelles y Benito Fernández Cisternas, en contra de la Minera Montecarmelo, en los términos descritos en los considerandos pertinentes, declarando que ésta ha causado <strong>daño ambiental al componente suelo</strong> de la quebrada y de la parte afectada de los predios de los demandantes de la localidad Los Maitenes, comuna de Puchuncaví, por lo cual se la condena a reparar el medio ambiente dañadoâ€, dice la sentencia.</p>
<p>La demanda sostenía que â€œ<strong>actos y omisiones negligentes</strong>â€ de la empresa minera en su proyecto â€œProcesamiento de sales metálicasâ€, generaron -a raíz de las intensas lluvias ocurridas en julio de 2016- un derrame de productos químicos â€œaltamente contaminantesâ€, provocando â€œun daño al medio ambiente irreparableâ€.</p>
<p>Tras analizar las actas e informes de diversas fiscalizaciones ambientales efectuadas por distintos servicios públicos, el informe pericial solicitado a la Bidema y llevar a cabo su propia inspección personal, el Tribunal constató que se produjo <strong>afectación del suelo de la quebrada y los predios</strong> de los demandantes -en una superficie cercana a las diez hectáreas- por el escurrimiento desde las instalaciones de Minera Montecarmelo, de RILes y arrastre de sólidos que contenían sustancias químicas y metales pesados.</p>
<p style="text-align: center;"><strong>[VEA TAMBIÃ‰N:Â <a href="http://www.mch.cl/2019/04/01/presidente-de-sonami-se-reune-con-ministro-del-tribunal-ambiental-de-santiago/" target="_blank" rel="bookmark">Presidente de Sonami se reúne con ministro del Tribunal Ambiental de Santiago</a>]</strong></p>
<p>La entrada <a href="https://www.mch.cl/tribunal-ambiental-acogio-demanda-en-contra-de-minera-montecarmelo/">Tribunal Ambiental acogió demanda en contra de Minera Montecarmelo</a> se publicó primero en <a href="https://www.mch.cl">Mch</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
	</channel>
</rss>
