La directora ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), Valentina Durán Medina, dictó recientemente una actualización del instructivo relativo a la realización de reuniones con Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas, contemplado en el artículo 86 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), dejando sin efecto el instructivo de 19 de julio de 2021, aprobado mediante ORD N° 202199102543, del 19 de julio de 2021.
Desde la entidad explicaron que esta decisión surge en el marco del proceso de mejora continua que inspira la gestión de calidad del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), teniendo en consideración la jurisprudencia sobre la materia, la experiencia administrativa, las observaciones recibidas por parte de los distintos actores que participan del SEIA y, muy especialmente, las opiniones de los(as) funcionarios(as) del Servicio.
Recalcaron que el presente instructivo ha sido elaborado para la aplicación y uso de los(as) funcionarios(as) del SEA, con el objetivo de reforzar y orientar la realización de reuniones con los GHPPI, estableciendo un procedimiento estandarizado y reglas claras que garanticen el cumplimiento de los objetivos de las reuniones previstas en el artículo 86 del RSEIA.
En este sentido, el documento establece la aplicación del proceso de reuniones con GHPPI, que tienen por objetivo específico recoger y analizar las opiniones de los GHPPI y, si corresponde, determinar la procedencia de la aplicación de un término anticipado al procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto actividad, para lo cual el instructivo establece su marco normativo, objetivos claros, principios orientadores, análisis de procedencia de las reuniones y metodología para su desarrollo a través de sus diferentes etapas (planificación, ejecución y presentación de resultados), así como también los roles que cada actor debe cumplir.
Desde el SEA informaron que, en aras de la transparencia y unificación de criterios, se acompañan cuatro anexos correspondientes a los formatos que deben ser usados para la elaboración y publicación de los siguientes documentos: (1) Estrategia para el proceso de reuniones con GHPPI por artículo 86; (2) Acta de reunión; (3) Registro de reunión no ejecutada e (4) Informe final.
Además, afirmaron que oportunamente se informarán capacitaciones y mecanismos de difusión sobre esta actualización.
Para conocer el documento, puede ingresar al Centro de Documentación del SEA, o ingresando directamente en el siguiente enlace.