El Ministerio del Medio Ambiente (MMA) inició el proceso de Consulta Pública de la propuesta de Reglas para la Conformación y Funcionamiento de la Gobernanza del Acuerdo de Escazú, que se aplicará en nuestro país a partir de este año.
El objetivo es recoger observaciones y aportes de la ciudadanía, para establecer una arquitectura de gobernabilidad que asegure la participación y el seguimiento en la implementación de este acuerdo a nivel nacional. El proceso durará un mes y los aportes se pueden realizar a través del sitio: https://consultasciudadanas.mma.gob.cl
Previo a esta etapa, el Ministerio efectuó un proceso de participación temprana para dialogar con diferentes actores y comunidades. Entre agosto y octubre se realizaron 11 diálogos con representantes de organizaciones ambientales, organizaciones de jóvenes, sector empresarial, sector público, Mesa de Mujer Rural y sociedad civil en las regiones de Antofagasta, Metropolitana, Biobío y Magallanes y una encuesta en línea abierta a todo público.
Asimismo, en noviembre y diciembre del año pasado, se llevaron a cabo seis actividades de difusión en Arica, Santiago, Concepción, Temuco y Puerto Natales, participando un total de 154 personas.
El Plan Nacional de Implementación del Acuerdo de Escazú, que fue aprobado por el Consejo de Ministro para la Sustentabilidad y el Cambio Climático en abril de 2024, consideró la creación de un sistema de gobernanza que establece una instancia nacional de participación, denominada “Consejo Nacional Estratégico Público-Privado”, y a nivel regional los llamados “Comités Estratégicos Regionales por Escazú” o, en su defecto, la misma labor recae en los Consejos Consultivos Regionales del Medio Ambiente.
Desde el MMA explicaron que e Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe fue adoptado en Escazú (Costa Rica) el 4 de marzo de 2018, siendo el primer tratado ambiental de América Latina y el Caribe y el único en el mundo que contiene disposiciones específicas destinadas a proteger a personas defensoras de los derechos humanos en asuntos ambientales.