Si bien aún se deben definir una serie de etapas esenciales para concretar el proyecto, como la firma del marco jurídico que viabilice el anillo energético, el estudio de impacto económico y la constitución del consorcio, Suez Energy Internacional asegura, en el cronograma que presentará hoy en la segunda edición del Congreso de Integración Energética, que el gasoducto Chile-Perú podría iniciar su operación a mediados de 2008.
Lo anterior, siempre y cuando, en 2006 se lleve adelante la ratificación del tratado que se firmaría este 8 de diciembre en Montevideo, y que se realicen las adaptaciones requeridas por cada uno de los países que integren el anillo. Teniendo esto definido, la construcción se pondría en marcha en 2007, todo para comenzar a inyectar gas al Sistema Interconectado del Norte Grande (SING) un año después.
A la fecha, Suez Energy ya realizó el estudio de factibilidad inicial, donde consideró el desarrollo de un gasoducto que permita llevar gas de Camisea a los gasoductos del norte de Chile bajo el concepto de Gasoducto Sudamericano, teniendo en cuenta el contexto y la dinámica energética regional. Bajo este escenario, la demanda base en el sur de Perú sería de 2,4 millones de m3/día, mientras que en el SING alcanzaría los 8 millones de m3/día.
Según la traza preliminar de Humay (localidad de Pisco en Perú) a Crucero (Chile), el ducto tendría una extensión cercana a los 1.450 kilómetros, y una capacidad de transporte inicial de 10 millones de m3/día. El plazo de construcción, una vez concretadas todas las etapas previas antes mencionadas, sería de 16 meses, y el costo total de inversión alcanzaría los US$1.100 millones.
Para un gasoducto de 30″ con capacidad de 20 millones de m3/día, el costo total de inversión sería indicativamente de US$1.350 millones. Si se trata de un tubo de 24″ con 10 millones de m3/día, el costo total de inversión sería de unos US$700 millones a US$800 millones, detalla Suez Energy en la presentación.
La franco-belga hace hincapié, sin embargo, en la necesidad de contar con un Tratado Multilateral específico de integración de la red de gasoductos, con participación de agencias multilaterales y con ratificación por los congresos respectivos. El tratado debe contemplar mecanismos flexibles de resolución de conflictos, dando al inversionista acceso directo al procedimiento de resolución de conflictos.
Fuente/Estrategia