Contraloría fiscaliza a Codelco desde el 24 de junio

Ago 10, 2005

Juan Villarzú destacó que los gastos del directorio de Codelco son notablemente inferiores a los de empresas privadas.

La Contraloría fiscaliza a Codelco desde el 24 de junio, según consta en la presentación entregada esta semana por el presidente ejecutivo de Codelco, Juan Villarzú a la comisión parlamentaria que investiga los contratos de la cuprera estatal.
En esa presentación, el ejecutivo destacó que los gastos del directorio de Codelco son notablemente inferiores a los de empresas privadas.
Así, en el año 2004 las empresas CMPC gastaron un millón 38 mil dólares en este ítem, Copec un millón 830 mil dólares y Falabella 860 mil dólatres; Codelco, en tanto, gastó 476 mil dólares.
Si se comparan los datos de gastos en el directorio con las utilidades o a las ventas, la relación es muy favorable a la cuprera estatal.
Así, los gastos en el directorio de Codelco en 2004 representaron el 0,014 % de sus utilidades, mientras en CMPC fueron el 0,164 %, Endesa el 0,328 %, Enersis el 0,621 %, Falebella el 0,219, CAP el 0,362 % y Copec el 0,106 %. En todas estas variables Codelco aparece gastando en su directorio entre 10 y 40 veces menos que las mayores empresas privadas, resaltó el ejecutivo.

Facultades del directorio

En cuanto al marco legal que rige a la empresa estatal, Villarzú sostuvo que los estatutos de Codelco, establecidos por el DS 146 de Minería, facultan al presidente ejecutivo a «adquirir toda clase de bienes muebles y celebrar los contratos de prestación de servicios que sean necesarios para cumplir con los fines de la empresa».
El mismo decreto supremo faculta al directorio para «ejecutar o celebrar cualquier otro acto, contrato u operación, en el país o en el extranjero, tendientes al cumplimiento del objetivo que requiera la marcha de la empresa; modificarlos y ponerles término».
Más adelante señala que Codelco se inscribió en 2002 en el registro de valores de la Superintendencia , por lo cual quedó sujeta a la Ley 18.45 sobre mercado de valores.
Esto la obliga, desde esa fecha, a proporcionar la misma información a que están obligadas las sociedades anónimas abiertas, con periodicidad, publicidad y en la forma que se exige a éstas.

Personas relacionadas

En cuanto a negocios con personas relacionadas, Villarzú resumió el acuerdo del directorio del 27 de abril de 1994, actualizado el 1 de marzo de 2002, donde se explica que la estatal «ha adoptado normas internas que son más exigentes y alcanzan a más personas que las afectadas por la ley, en materia de contratos con partes relacionadas».
Desde el 1 de marzo de 2002, dicha norma corporativa establece incompatibilidades que afectan al Presidente Ejecutivo, los Vicepresidentes, los miembros de los Consejos de Administración Divisional y los Gerentes Generales.
«Ninguno de ellos puede ser socio, accionista o mantener cualquiera relación de propiedad o profesional con empresas que negocien habitualmente con Codelco», dice la presentación entregada a los diputados.
«Todas las personas indicadas más aquellos que ejerzan cargos de jefatura deberán inhabilitarse para adoptar decisiones sobre ventas, contratos o adquisiciones si con las personas naturales o jurídicas con quienes se realizará el negocio existe relación de familia, propiedad o gestión, en su caso», agrega el texto.
También señala que las personas indicadas «deben hacer una declaración acerca de las sociedades en que ellas, su cónyuge e hijos dependientes participan como socio, director o asesor, con el objeto de aplicar las reglas antes indicadas».
Estas normas, enfatizó Villarzú, con más drásticas que las que se exigen en el sector privado.
Finalmente indicó que la autorización de las operaciones corresponde hacerlo, dependiendo de los montos y del nivel de las personas involucradas, al Comité de Auditoría del Directorio, el Consejo de Administración Divisional o el Comité Divisional de Adjudicaciones.

Contraloría
Por último, Villarzú informó que el 23 de junio de este año, remitió un oficio a la Contraloría para que, «de conformidad a las facultades que le confiere el articulo 12 del DL 1.349 de 1976, adopte las medidas que en derecho correspondan para que se realice una revisión de los contratos de asesoría y consultoría suscritos en el período que estime pertinente, con el objeto de establecer si ellos se han ajustado a la normativa legal vigente».
Al día siguiente, «la Contraloría asumió transitoriamente y en plenitud la fiscalización de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, preferentemente respecto de los contratos de asesoría suscritos por ella», concluye la presentación hecha ante los diputados.
Fuente/Congreso

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