Empresas de Quintero, Ventanas y Puchuncaví deberán instalar sensores de contaminantes atmosféricos

Mar 20, 2023

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) realizó una serie de recomendaciones técnicas a las compañías del cordón.

Previo a que comience el periodo de Gestión de Episodios Críticos (GEC) en la Región de Valparaíso, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) realizó una serie de recomendaciones técnicas a las empresas del cordón industrial de Quintero, Ventanas y Puchuncaví (QVP) para la instalación de nuevos sensores de gases atmosféricos, que deberán disponerse en esa zona y evitar, con esto, que la contaminación se propague a la población.

La SMA explicó que desde el inicio de las situaciones de emergencia por contaminación del aire (desde agosto de 2018), que han provocado intoxicaciones por inhalación de contaminantes atmosféricos de las personas que viven o colindan el cordón industrial QVP, la Superintendencia se ha dedicado a monitorear de cerca el cumplimiento ambiental de las empresas instaladas y sus planes operacionales, en el marco del Plan de Descontaminación.

Este 2023, y de acuerdo a lo resuelto en la mesa de trabajo que se dispuso durante 2022 en la que participa la SMA, el Consejo para la Recuperación Ambiental y Social (CRAS), y la Asociación de Industriales (ASIVA), se va un paso más allá: se instará a las 28 empresas que componen el cordón industrial (entre ellas Codelco, Enap, AES Gener, Enex, Copec, Abastible, Lipigas, y otras) a instalar sensores de gases atmosféricos en distintos lugares de las tres comunas de la Región. Esto tiene como fin poder identificar con mayor precisión los compuestos orgánicos volátiles y sus concentraciones en las zonas en observación.

Desde la SMA explicaron que los sensores deberán instalarse lo antes posible, de forma voluntaria, de manera de poder iniciar la recepción de datos durante el periodo de la Gestión de Episodios Críticos (GEC) -que comienza cada 1 de abril, y que se extiende hasta septiembre de cada año-, que obliga a adoptar medidas preventivas y/o de control frente a situaciones que pongan en riesgo la salud de la población.

En relación a las recomendaciones entregadas por la SMA, la superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, explicó que “la medida va en línea con el principio preventivo que estamos impulsando, con el objetivo de evitar que ocurran o se profundicen los episodios en la zona industrial pero que afectan a toda la población. A la vez, busca ser una medida participativa”.

La autoridad añadió que “es importante destacar que la mesa de trabajo tripartita, entre la SMA, Asociación de Industriales y el CRAS, ha analizado esta propuesta de instalación de sensores, que busca comprender de mejor manera los contaminantes atmosféricos y cómo influyen en la salud de los habitantes de esta zona”.

“Esto se da en atención a lo que nos indica el Acuerdo de Escazú, del que Chile es parte, que busca poner al tanto a la ciudadanía respecto de este proyecto y de su desarrollo, así como generar instancias de participación”, aseveró.

Requerimientos técnicos

La SMA detalló que los sensores que se instalarán deberán monitorear SO2, BTEXs (Benceno, Tolueno, Etilbenceno y xileno), COVs y meteorología, y explicó que los COVs se generan por el manejo y procesamiento de hidrocarburos y sus derivados. Los demás gases se generan, en tanto, en actividades industriales de refinería de cobre, procesamiento de combustibles, termoeléctricas y otros.

Todos los datos que se obtengan a través de los sensores deberán ser remitidos de forma expedita a la SMA, por lo que las estaciones de monitoreo deberán estar conectadas en línea con este organismo, y en tiempo real. Esto tiene como finalidad conocer el origen del compuesto y que las empresas puedan generar alertas tempranas en caso de que se detecten aumentos de alguno de los parámetros.

Las mediciones con esta red de sensores buscan prevenir y anticiparse a los episodios de contaminación. Se requiere contar con más información de los contaminantes en el ambiente, ya que sólo tenemos norma de calidad para SO2, no así para Compuestos Orgánicos Volátiles”, señaló la superintendenta.

Principio preventivo

Plumer indicó que “acá estamos actuando en base al principio preventivo, que busca evitar que ocurran o se profundicen las problemáticas ambientales”.

La SMA sostuvo que, en ese sentido, dicho principio está consagrado en el mensaje de la Ley 19.300, en la Ley de Cambio Climático y en la sentencia causa rol N°5888, del 28 de mayo de 2019 de la Corte Suprema.

Este último fallo del máximo Tribunal del país sostiene que la SMA podrá ejercer sus facultades y adoptar medidas que estime pertinentes, y estas no necesariamente deben referirse a alguna clase de sanción, “pudiendo consistir, eventualmente, en el otorgamiento de instrucciones o recomendaciones”.

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