Dan a conocer Programa de Auditorías Periódicas de Planes de Cierre a ser presentados en 2023

Ene 17, 2023

Los titulares de las faenas mineras deberán seleccionar alguno de los auditores del Registro Público de Auditores Externos de planes de cierre de faenas e instalaciones mineras.

En el Diario Oficial se publicó la resolución que “establece el Programa de Auditorías Periódicas de Planes de Cierre para ser presentados el año 2023, de acuerdo con lo establecido en la Ley 20.551 sobre cierre de faenas e instalaciones mineras, su reglamento, y requiere publicación que indica”.

Cabe señalar que la ley 20.551 establece en el artículo 18 del Título IV, a propósito de las auditorías periódicas que: «Las empresas mineras que se encontraren sujetas al procedimiento de aplicación general deberán hacer auditar su plan de cierre cada cinco años, a su costo y de acuerdo al programa de fiscalización que elaborará el Servicio (Sernageomin)».

De acuerdo con el artículo 18 de la Ley 20.551 y el artículo 44 y 45 del Reglamento de la ley 20.551, el objeto de las auditorías «es certificar al Servicio (Sernageomin) la adecuación y cumplimiento del contenido del plan de cierre y de su actualización, así como la sujeción a su programación de ejecución, de manera de velar por su implementación y avance efectivo en relación al proyecto minero específico.

Se entenderá que el Plan de Cierre es adecuado cuando las obras, medidas y actividades propuestas se ajusten a las condiciones presentes en cada una de las instalaciones que constituyen la Faena Minera y estén conforme a sus riesgos asociados.

Al respecto, se menciona que la adecuación y cumplimiento del Plan de Cierre estará referido tanto a los contenidos técnicos como a los aspectos económicos pertinentes incluidos en el Plan.

Para efectos de la ejecución de la auditoría periódica ordenada, los titulares de las faenas mineras deberán seleccionar alguno de los auditores del Registro Público de Auditores Externos de planes de cierre de faenas e instalaciones mineras, de acuerdo a lo prescrito por el artículo 18 de la Ley 20.551. Dicho registro se encuentra publicado en la página web del Sernageomin en el siguiente enlace: https://www.sernageomin.cl/cierre-faenas-mineras/.

Revisa el Programa de Auditoría Periódica de Planes de Cierre, que se deberán ejecutar en el período 2023, en ESTE LINK.

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