Tribunal Ambiental de Valdivia anuló RCA de tronaduras de Mina Invierno

Ago 21, 2019

En votación dividida el órgano acogió la reclamación interpuesta por un grupo de ciudadanos, y concluyó que faltó información esencial sobre el componente paleobotánico.

Por dos votos contra uno, el Tribunal Ambiental de Valdivia acogió la reclamación interpuesta en contra de la resolución del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), que calificó favorablemente el Proyecto Tronaduras, de Minera Invierno.

La resolución reclamada había acogido un recurso presentado por la empresa en contra de la decisión de la Comisión de Evaluación Ambiental (COEVA) de Magallanes, que en  2018 había rechazado la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de esta iniciativa.

El actual fallo -que confirmó la resolución del 2018 de la COEVA de Magallanes- contó con los votos a favor de los ministros Michael Hantke Domas y Sibel Villalobos Volpi, y el voto en contra del ministro Iván Hunter Ampuero.

Justificación de la sentencia

 

Según la sentencia, el Director Ejecutivo del SEA basó su aprobación de la DIA de Tronaduras en la línea base de la RCA del proyecto Mina Invierno, aprobado el año 2011. Sin embargo, dicha RCA no incorporó el componente paleontológico, en circunstancias que durante las faenas de la mina se detectó la presencia piezas fósiles, principalmente plantas.

“Subyacente en el razonamiento del Director Ejecutivo del SEA, se encuentra la premisa implícita de que en la evaluación ambiental del Proyecto Mina Invierno ya se había evaluado el componente paleontológico y que, por tanto, se había protegido ambientalmente. Pero esta premisa ha sido desvirtuada de la sola lectura de la RCA 25/2011. En efecto, en el proceso de evaluación ambiental del Proyecto Mina Invierno se analizó ambientalmente el componente cultural, pero se descartó la existencia de hallazgos paleontológicos, por lo que no existía línea de base paleontológica (…) mientras que en el Proyecto Tronaduras sí se comprobó su existencia” señaló la sentencia.

El voto de mayoría además destacó que, a pesar de requerir en tres oportunidades al titular la elaboración de una línea base del componente paleontológico, finalmente el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) cambió de opinión “allanándose a la declaración de Minera Invierno de que no se requería de un informe paleontológico (…) El Tribunal observa que el CMN no dio razones de su cambio de opinión, más que reiterar las declaraciones de la misma empresa minera”.

Asimismo, se cuestionó que para la aprobación de la DIA no se haya contado con un estudio paleontológico, no haya existido un estudio sobre la magnitud del efecto de las tronaduras sobre los fósiles, ni se haya determinado la proporción de fósiles que se debían proteger.

Voto disidente

 

El Ministro Iván Hunter estuvo por rechazar la reclamación y confirmar la resolución del Director Ejecutivo del SEA, que aprobó la RCA del proyecto Tronaduras. Respecto del fondo de la controversia, estimó que la evaluación ambiental del Proyecto Tronaduras cuenta con la información suficiente para descartar impactos significativos en el componente paleobotánico, la que fue acompañada por el titular durante la evaluación ambiental y sus etapas recursivas.

El Tribunal Ambiental de Valdivia rechazó otras cuatro alegaciones presentadas por los reclamantes, con el objeto de anular la RCA del Proyecto Tronaduras.

Respecto de la ausencia de evaluación del cambio climático en el proyecto, el Tribunal determinó que la empresa no estaba obligada a incorporar dicho aspecto, ya que el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental  no lo requiere.

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