Consejo Minero rechaza propuesta para calificar al agua desalada como Bien Nacional de Uso Público

Ene 22, 2019

Joaquín Villarino, director ejecutivo del organismo, asistió a la Comisión de Recursos Hídricos del Senado, instancia en la que expresaron sus reparos al proyecto de ley sobre el uso de agua de mar para desalinización.

El presidente ejecutivo del Consejo Minero, Joaquín Villarino, asistió a la Comisión de Recursos Hídricos del Senado, donde se retomó el análisis del proyecto de ley sobre el uso de agua de mar para desalinización, la que tiene por objetivo “regular ciertos vacíos e imperfecciones legales, que han quedado de manifiesto con el aumento de proyectos para la implementación de plantas desalinizadoras”.

Según los autores de la moción legislativa, hace algunos años vienen aprobándose, sin mayor planificación, diversos proyectos de desalinización de agua de mar como consecuencia de la carencia de una normativa específica sobre esta materia.

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En su presentación, Joaquín Villarino destacó que la industria minera consume un 3% de toda el agua de fuente continental del país, agregando que durante 2018 el 20% del agua extraída para el sector provino del mar, y que estudios proyectan que en los próximos 10 años las nuevas inversiones permitirán que más del 40% utilice esa fuente.

Reparos a proyecto de ley

Desde el Consejo Minero expresaron que actualmente el uso de agua de mar en minería tiene costos significativos, que pueden llegar a representar hasta un 10% de los ingresos por venta de mineral. Por lo anterior, no es una solución disponible para todas las operaciones mineras. “Estas cifras de uso actual y futuro de agua de mar reflejan cuán sensible es para el sector cualquier cambio al régimen jurídico que regula la materia”, señaló Villarino.

Junto a lo anterior, señaló que la gremial está en contra de la iniciativa que busca la calificación legal del agua desalada como BNUP (Bien Nacional de Uso Público), pues tendría carácter expropiatorio, lo que haría aplicables las restricciones constitucionales del caso.

“Nuestra recomendación es rechazar esta propuesta, tanto porque el interés público está debidamente resguardado mediante el otorgamiento de concesiones marítimas para plantas desaladoras y el ordenamiento del borde costero, como porque el agua desalada, al igual que el agua continental extraída bajo el amparo de un derecho de aprovechamiento, es de quien la desaló al amparo de una concesión”, afirmó.

Reglamento e impacto ambiental

La moción legislativa también propone que los solicitantes de agua de mar para desalinización especifiquen la cantidad de agua que requieren y también justifiquen su finalidad.

Respecto a este punto, Joaquín Villarino dijo que “estos requisitos ya están establecidos a nivel reglamentario, por lo que cabe preguntarse si es necesario replicarlos a nivel legal”.

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Otro de los vacíos que alegan los autores de la  iniciativa es la “falta de atención al riesgo ambiental de la desalinización”, afirmación que, a juicio del CM, no estaría bien justificada.

“Mientras en el caso del agua continental solo algunos usos se someten al SEIA, y el principal de ellos, la agricultura, no lo hace, en el caso de las plantas desaladoras todas son sometidas al SEIA, de modo que los impactos ambientales son debidamente evaluados, mitigados y compensados”, planteó Villarino.

Por último, hizo un llamado a considerar a las plantas desaladoras agua de mar como un factor importante para solucionar la escasez de agua continental, y no como parte del problema.

“Es más apropiado buscar las formas de promover nuevas inversiones –de propiedad y uso tanto privado como público–, dando más certezas sobre el modo en que pueden aportar al interés común, en vez de introducir calificaciones jurídicas o exigencias que inhibirán su desarrollo”, enfatizó.

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