En Colombia 515 bloques mineros en el aire porque no hubo consulta previa

Jun 14, 2016

Fallo tumba áreas estratégicas declaradas en 2012. No se afecta ningún proyecto específico.

(El Tiempo) Las áreas de reserva minera con las que el Gobierno pretendía impulsar la locomotora de este sector en 20 departamentos, que fueron delimitadas hace cuatro años, sufrieron un duro revés en la Corte Constitucional. Ese tribunal tumbó dos resoluciones que les dieron vida porque no se cumplió con la obligación de consultar previamente a las comunidades.

En un fallo de diciembre del año pasado que hasta ahora fue notificado, el alto tribunal dejó sin piso las resoluciones 80241 y 0045 del 2012, con las que el Gobierno delimitó más de 20 millones de hectáreas para constituirlas en áreas de reserva minera. La decisión afecta, en total, 515 bloques mineros con alto potencial para el hallazgo, principalmente, de oro, platino y cobre.

El alto tribunal les dio la razón a 15 consejos comunitarios étnicos de Chocó que afirmaron que esa delimitación no cumplió con el requisito de consulta previa a quienes viven en esas regiones. Y aunque los demandantes se referían específicamente al caso de Chocó, el fallo tiene efectos para todos los departamentos donde se crearon estas reservas y en donde no se consultó a los grupos étnicos potencialmente afectados.

Con ponencia del magistrado Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, la Corte le ordenó al Ministerio del Interior que agote el proceso de consulta “y de obtención del consentimiento libre, previo e informado de las comunidades indígenas y afrodescendientes que habiten los territorios que se pretenden declarar y delimitar como áreas estratégicas mineras”.

Aunque en estas áreas, según fuentes oficiales, aún no se ha realizado ninguna concesión –por lo que por el momento ningún proyecto minero se ve frenado–, expertos afirman que el fallo congela una reforma clave que buscaba potenciar la minería.

Con las áreas de reserva minera, el gobierno Santos buscó hacer más productiva la inversión en el sector y hacer más objetiva la forma de concesión. Así, en lugar de entregar los títulos a los empresarios que los soliciten, la Agencia Nacional de Minería (ANM) podía buscar a los mejores postores a través de rondas de negociación para permitirles obtener títulos de exploración en condiciones similares a las del sector petrolero.

Consultados por El Tiempo, el Ministerio de Minas y la ANM afirmaron que no se referirán por ahora al fallo, mientras estudian sus alcances. Pero entre los empresarios del sector hay preocupación por lo que señalan como inseguridad jurídica. El presidente de la Asociación Colombiana de Minería, Santiago Ángel Urdinola, afirmó que la sentencia afectará la inversión privada en el sector al variar las reglas de juego: “El tema minero está cada vez más en la agenda de las cortes y jueces, y todo lo que de este sector se someta a estudio generalmente es rechazado o declarado inexequible”.

Al respecto, el exviceministro de Minas Alejandro Martínez señaló que fallos como estos están llevando a que el Gobierno tenga que concertar, tanto con comunidades como con autoridades locales, sus políticas generales en materia minera.

Hace dos semanas, la Corte tumbó un artículo del Código Minero que les impedía a los alcaldes oponerse a esa actividad en sus zonas.

La Defensoría del Pueblo, por su parte, se mostró a favor del fallo y aunque señaló las bondades de la nueva forma de concesión, dijo que esta “no puede desconocer los procesos de participación ciudadana”.

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