SMA define protocolos para estimación de emisiones de arsénico y azufre de Norma de Fundiciones

Sep 4, 2015

Las fuentes afectas al cumplimiento de la Norma de Emisión para Fundiciones de Cobre y Fuentes Emisoras de Arsénico deberán estandarizar y homogenizar las metodologías con las que realizan los balances de masa según el protocolo.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) informó que publicó en el Diario Oficial la Resolución Exenta N° 694 del 21 de agosto de 2015, mediante la cual se aprueba el “Protocolo para Validación de Metodologías de Balance de Masa de Arsénico y Azufre en Fuentes Emisoras de acuerdo al D.S. 28/2013 MMA”.

La Norma de Emisión para la Fundiciones de cobre y Fuentes Emisoras de Arsénico (D.S. 28 de 2013 del MMA), busca disminuir las emisiones de Arsénico y Azufre, además de establecer monitoreos continuos de SO2, en las principales fuentes emisoras de estos contaminantes. Dicha Norma tiene como objetivo proteger la salud de las personas y el medio ambiente, en todo el territorio nacional. Como resultado de su aplicación se reducirán las emisiones al aire de material particulado (MP), dióxido de azufre (SO2), Arsénico (As) y Mercurio (Hg).

El artículo 12° del D.S. 38 de 2013 del MMA indica que la SMA establecerá los protocolos para los balances de masa de Arsénico y Azufre. El mismo documento establece y estandariza los conceptos asociados a este proceso, definiendo:

• Sistema y límites

• Flujos de entrada

• Flujos de salida

• Inventarios

• Muestreos y análisis químico.

• Validación del balance

• Forma de presentación de la información.

En la nota publicada por la SMA se señala que el presente protocolo permite mejorar la fiscalización de este tipo de fuente, ya que establece criterios y términos estandarizados para las distintas etapas del proceso productivo, aportando a la homogenización de las metodologías utilizadas para los balances de emisión de Arsénico y Azufre. Adicionalmente, aumenta la precisión de los resultados de las mediciones.

Cabe destacar que es facultad de esta Superintendencia establecer los requerimientos técnicos mediante el cual se realizan las mediciones, muestreos y análisis, necesarios para la verificación del cumplimiento de algún instrumento de gestión ambiental vigente.

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